Trabajo instruye pago de aguinaldo hasta el 20 de diciembre de manera impostergable
El Ministerio de Trabajo, a través de un instructivo, determinó que el pago del aguinaldo de Navidad correspondiente a la gestión 2017 debe realizarse hasta el 20 de diciembre de manera impostergable.
Todas las instituciones, empresas públicas y privada, y de cualquier actividad, cuyos trabajadores se encuentren regidos por la Ley General del Trabajo, deben cancelar el aguinaldo sin excepción alguna.
El pago del aguinaldo corresponde a un mes de sueldo; sin embargo, cuando no se hubiese trabajado los doce meses completos del año, su pago se realizará por duodécimas en proporción al tiempo trabajado en la gestión.
Este bono no es susceptible de embargo judicial, retención, descuento por concepto de impuesto o aportes, renuncia, compensación o transacción. Debe ser pagado en su integridad de acuerdo a la proporción fijada por la Ley.
Lea el instructivo completo en el siguiente documento.