Anulación del despido indirecto es flexible para el sector público
El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 3770 que anula el retiro indirecto por disminución de salarios como fue demandado por la Central Obrera Boliviana (COB), pero se flexibiliza para el sector público cuando se trata de procesos de reestructuración.
La norma regía desde hace 89 años (1937).
“Se prohíbe a toda las empresas o establecimientos laborales sujetos al régimen laboral de la Ley General del Trabajo, aplicar el retiro indirecto por rebaja de sueldos o salarios como modalidad de conclusión de la relación laboral”, señala el artículo 2 del decreto aprobado el miércoles 9 en reunión de gabinete.
Pero en la Disposición Final Segunda del Decreto Supremo 3770 se menciona que la prohibición del retiro indirecto no se aplicará a las empresas públicas “en caso de que las mismas deban realizar un proceso de reestructuración”.
De acuerdo a la norma, si un trabajador considera que se ve vulnerado su derecho al trabajo y a la estabilidad laboral como emergencia de anuncio o comunicados de rebaja de sueldos o salarios podrá acudir ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social para su reincorporación.
Será esa instancia la que “conminará al empleador proceda a la reincorporación inmediata de la trabajadora o trabajador, más la reposición de la remuneración al nivel percibido hasta antes de la rebaja, salvo la existencia de acuerdo de partes debidamente justificado”, según el artículo 3.
EMPRESARIOS OBSERVAN NORMA
Los empresarios privados consideraron el 5 de enero que el acuerdo entre el Gobierno y la COB para anular la vigencia del despido indirecto ocasionará que haya inamovilidad laboral y que se preferirá ya no contratar.