Defensor prepara un recurso en caso León
La Paz | Los Tiempos
El defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, dijo ayer que una vez que su despacho defina las vulneraciones que se cometieron en contra del abogado Eduardo León, planteará un Amparo Constitucional o una Acción de Libertad.
Explicó que en el primer proceso que se le instauró al exdefensor de Gabriela Zapata, por trata, se evidenció una serie de irregularidades en el que incurrieron fiscales y jueces.
Entretanto, el ministro de Educación, Roberto Aguilar, aclaró ayer que no se anuló las notas ni los estudios de León en la UMSA ni en la Universidad Contemporánea, “sino la resolución que le otorga el título en provisión nacional”.
El defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, cuestionó la actitud de los jueces cautelares que suspendieron en reiteradas oportunidades las audiencias de medidas cautelares y de Acción de Libertad del abogado Eduardo León, además de la falta de pronunciamiento de las autoridades jurisdiccionales sobre la ilegalidad o no de la aprehensión.
“Hay responsabilidades de quienes han suspendido las audiencias así como se estableció la ilegalidad de la aprehensión”, afirmó Tezanos al indicar que todas las observaciones y violación al debido proceso en el caso de León serán presentadas en un informe la semana venidera.
Respecto a las acciones que tomará la Defensoría al haberse evidenciado faltas al debido proceso, tal como lo expresó también la Oficina en Bolivia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, manifestó que es necesario agotar la representación de las ilegalidades en las diferentes instancias jurisdiccionales del país.
“Si la parte ya ha agotado las instancias, se puede como Defensor del Pueblo, nosotros vamos inclusive a agotar los recursos constitucionales, que pueden ser un Amparo Constitucional o una Acción de Libertad”, aseguró.
Aclaró que el recurso que se interpondrá ante la autoridad competente se establecerá según las vulneraciones identificadas en el proceso instaurado a León.
Cabe recordar, que el Defensor del Pueblo señaló que el exabogado de Gabriela Zapata debió ser liberado de forma inmediata después que la jueza Milenka Gutiérrez de El Alto dictara, el 26 de mayo, la detención domiciliaria. No obstante continuó detenido por problemas administrativos.
“Como procesalista penal que soy, es que correspondía la libertad inmediata al terminar la audiencia que concedió la detención domiciliaria, porque no se habría dispuesto una medida cautelar y él no se encontraba con privación de libertad, sino con una cesación de la detención preventiva. Entonces, podía haber dispuesto un tiempo prudente para presentar los requisitos”, indicó en su oportunidad.
De la misma forma la Oficina de las Naciones Unidas en Bolivia sostiene en un comunicado del jueves, que “el arresto domiciliario para el abogado León no fue acatada, como tampoco se cumplió con la orden judicial para procurar la custodia policial con el fin de vigilar dicha medida cautelar, alargando arbitrariamente la permanencia del abogado en celdas judiciales”.
USAN UNA LEY ABROGADA
Ayer, el ministro de Educación, Roberto Aguilar, aclaró que esa instancia anuló una resolución mediante el cual se le otorgó a Eduardo León el título de abogado en provisión nacional que le permite el ejercicio en todo el país y no así su grado académico.
Manifestó que se procedió de esta manera ante una solicitud del Ministerio de Defensa que remitió una nota en el que indicaba que la libreta de servicio militar que presentó el exabogado de Gabriela Zapata para obtener su título no existía en los registros de esa dependencia gubernamental. “No se ha anulado ni estudios en la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) del señor León ni estudios en la Universidad Contemporánea, sino la resolución que le otorga el título en provisión nacional”, señaló.
Sin embargo, la ley que supuestamente utilizó Aguilar para anular el título profesional de León fue declarada inconstitucional en 2006. Según ANF, el presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Raúl Jiménez, recordó ayer que el requisito de presentar la libreta militar para obtener un título profesional fue abolido por el TCP en 2006. Se trataba de un decreto ley aprobado en 1966 por Alfredo Ovando Candia. “El Tribunal Constitucional anuló el requisito de la libreta de servicio militar para obtener algún título mediante su Sentencia Constitucional 007/2006, por tanto la resolución del Ministerio de Educación es ilegal en todo”, indicó Jiménez.