Iglesia dice que el TCP hizo un "grave daño a la democracia" al admitir recurso del MAS
La Conferencia Episcopal Boliviana (CEB), a través de un comunicado, calificó como un “grave daño a la democracia” la admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) al recurso presentado por el MAS, que pide la inconstitucionalidad de cinco artículos de la Ley Electoral y la inaplicación de cuatro de la Constitución Política del Estado (CPE).
“Este hecho constituye un grave daño a la democracia, y desconoce la voluntad popular expresada en el Referendum del 21 de febrero de 2016. Este antecedente puede llegar a socavar la credibilidad y legitimidad de las autoridades y las instituciones llamadas a preservar la salud democrática de nuestro país” indican en el documento.
Asimismo, aseguran que como institución de la sociedad, se suman “a las múltiples voces de la sociedad” que rechazan la intensión de una repostulación del presidente, Evo Morales, y del vicepresidente, Álvaro García Linera.
“Si se da curso a los supuestos derechos políticos ilimitados de los actuales gobernantes, ¿dónde quedan los derechos de los millones de bolivianos que rechazaron esa opción en referéndum?, ¿dónde quedan la normativa y jurisprudencia, tanto nacional como internacional que han respetado en todo momento las reglas de la democracia vigente en un Estado?”, añadió la CEB.
El argumento del MAS para pedir la repostulación de Morales dice que se deben respetar los derechos políticos de todos los ciudadanos para ser elegidos y electores. El jefe de Estado, en conferencia de prensa, dijo hoy que el TCP “legalmente y constitucionalmente” verá si corresponde o no dar curso al recurso presentado.
Rechazo a artículo sobre aborto
La CEB también manifestó su rechazo a la aprobación en detalle del artículo 159 del proyecto del Código Penal, el cual amplía las circunstanciales para el aborto.
“Lamentamos que los legisladores hayan desconocido las miles de firmas entregadas a la Asamblea Legislativa Plurinacional junto con las numerosas manifestaciones a favor del derecho a la vida. Vemos con profundo pesar que se impone una nueva forma de colonialismo ideológico”, indican en el mismo comunicado.
Entre las ocho causales establecidas para la interrupción de embarazo, según el artículo 153, seis son nuevas en relación al actual Código Penal.
Se estipula la interrupción del embarazo durante las primeras ocho semanas de gestión si es que se tuviera a cargo personas adultas mayores, con discapacidad u otros menores consanguíneos o no; si es estudiante. Además, cuando se detecten malformaciones fetales incompatibles con la vida, sea consecuencia de reproducción asistida y la embarazada sea niña o adolescente.
El artículo 266 del actual Código Penal, señala que la interrupción del embarazo cuando éste hubiere sido consecuencia de un delito de violación, rapto no seguido de matrimonio, estupro o incesto no se aplicará sanción alguna, siempre que la acción penal hubiere sido iniciada.