ALP modifica reglamento de selección y designación de Fiscal General
El pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó ayer la resolución que modifica el Reglamento de Selección y Designación de la o el Fiscal General del Estado con el fin de adecuarlo a la Constitución Política del Estado (CPE).
En ese sentido, se eliminó el parágrafo V del artículo 8 que hacía referencia al artículo 238 de la CPE, la cual determina que no podrán acceder a cargos públicos electivos, quienes no hayan renunciado a su fuente de empleo, tres meses antes, según una nota de prensa de la Cámara de diputados.
Este artículo constitucional no aplica para el cargo de Fiscal General, pues dicho cargo no tiene naturaleza electiva (mediante voto popular), sino que es un cargo de designación sometido a un proceso que lleva adelante la ALP, de acuerdo a mandato, también constitucional.
En lugar del citado parágrafo, se añadió un artículo que establece que si la persona designada en ese cargo fuera servidora o servidor público debe acreditar a la ALP, antes de su posesión la renuncia al cargo que desempeña.
Asimismo, se cambió el artículo 9 que determinaba que la certificación de "no haber sido sancionada o sancionado por faltas graves o gravísimas disciplinarias o ética en el ejercicio de la profesión" debía ser extendida por el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional y por el Colegio de Abogados.
La modificación consiste en que sólo una de las dos entidades nombradas en el párrafo anterior puede emitir dicha certificación, cambiando la conjunción "y" por "o" se evita una doble certificación.