Ed. Impresa Obliga a emitir facturas
Fisco pone límite a transacciones en efectivo
Por Redacción Central | - Los Tiempos - 27/01/2011
Una persona realiza una transacción financiera en una entidad bancaria de la ciudad. - Hernán Andia Los Tiempos
Las transacciones comerciales por la compra o venta de un bien o servicio por un monto superior a los Bs 50 mil, no se podrá realizar en efectivo, sino por medio de cheques y/o tarjetas de crédito y débito a partir del 1 de febrero de este año.
La nueva determinación, que obliga a dar facturas, se basa en el artículo 20 de la Ley del Presupuesto General del Estado 2011, que incorpora modificaciones al Código Tributario a fin de que “toda compra y venta de bienes y servicios, por un monto superior a los Bs 50 mil, se realice a través de un medio fehaciente de pago que sea autorizado por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI)”.
El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Roberto Ugarte, en una nota publicada en el periódico Cambio, aseguró que con este nuevo mecanismo de control, en el que participará además la Aduana Nacional de Bolivia (ANB), se podrá identificar a las empresas y personas que efectúan transacciones y no emiten la factura correspondiente.
Explicó al diario que cuando se pague por la compra de un bien que supere los 50 mil bolivianos, se tendrá que hacerlo a través de este medio (sea cheque o tarjeta), ya no en efectivo, y con eso van a controlar a las personas que compran cierta cantidad de productos y lo venden sin extender la factura.
Dijo que si una persona decide adquirir una moto o un vehículo cuyo precio supere los 50 mil bolivianos, debe recurrir a uno de los mecanismos fehacientes de pago (cheque o tarjeta de crédito o débito, o cualquier otro) que será establecido por la entidad reguladora del sistema financiero.
La transacción será registrada en el sistema informático de la banca privada y monitoreado por funcionarios del SIN. Pero además de ello, “el comprador y el vendedor tienen que especificar (en la Aduana y el SIN) el medio por el cual han cerrado la transacción comercial”, precisó Ugarte, quien añadió que “así se va a poder identificar el monto y la persona que ha adquirido uno u otro producto”. El ejecutivo del SIN dijo que este es un instrumento más para efectivizar los controles para que estas compras grandes se las realicen con factura.
El presidente Evo Morales, durante su mensaje informe a la Asamblea Legislativa Plurinacional el 22 de enero, pidió al ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, crear los mecanismos que permitan concienciar a la población para que paguen sus impuestos y exijan factura.
“Mi recomendación, especialmente al Ministro de Economía y Finanzas, (Luis Arce), a ver cómo podríamos hacer campañas para que el pueblo sepa pagar sus impuestos (y) que sepamos también exigir nuestras facturas”, dijo entonces el mandatario.
“No todos somos iguales (porque) hay (personas que) necesitan una dedicación, una información, una educación para que todos podamos pagar nuestros impuestos y mejore la economía nacional”, insistió.
Según los datos del SIN, el año pasado las recaudaciones por impuestos llegaron a 21.180 millones de bolivianos, lo que representó un crecimiento del 11,4 por ciento respecto del año 2009 (19.016 millones de bolivianos).
Ugarte advirtió ayer de que “las empresas y personas que vulneren la nueva disposición” serán sancionadas de acuerdo con el reglamento que vienen diseñando el Servicio de Impuestos y la Aduana Nacional.
Marco normativo
Artículo 20 de la Ley Financial 062 (Modificación a la Ley N° 2492 – Código Tributario Boliviano). Se modifica el numeral 11 del artículo 66 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, por el siguiente texto:
“11. Aplicar los montos mínimos establecidos mediante decreto supremo a partir de los cuales los pagos por la adquisición y venta de bienes y servicios deban ser respaldados por los contribuyentes y/o responsables a través de documentos reconocidos por el sistema bancario y de intermediación financiera regulada por la Autoridad de Supervisión Financiera (ASFI)”.
El gabinete ministerial aprobó el 19 de enero de 2011 el Decreto Supremo 772, que autoriza la regulación como un mecanismo de contro, sobre todo, en la emisión de facturas.
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