Ed. Impresa
El proyecto respeta la orientación sexual
Por Redacción Central - Los Tiempos - 13/01/2009
nio y la unión entre personas del mismo sexo no son reconocidos e incluso los artículos que hacen referencia al tema señalan que son el hombre y la mujer los actores de las alianzas.
En la CPE actual no existe esa especificación de género. El artículo 194 indica, por ejemplo, que el matrimonio descansa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges. Las uniones libres o de hecho, que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad y sean mantenidas entre personas con capacidad legal para contraer enlace, producen efectos similares a los del matrimonio .
El proyecto de CPE enfatiza la unión de hombre y mujer en el artículo 63 señalando que: el matrimonio entre una mujer y un hombre se constituye por vínculos jurídicos y se basa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges. Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad y sean mantenidas entre una mujer y un hombre sin impedimento legal producirán los mismos efectos que el matrimonio civil .
EN LA CONSTITUCIÓN
ARTÍCULO 14
DERECHOS FUNDAMENTALES
Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta Constitución, sin distinción alguna.
El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil (...).
Más en Nacional
Ed. Impresa Cada magistrado debe resolver una causa por día
Ed. Impresa Campesinos refuerzan el bloqueo Beni-Santa Cruz
En Portada
Ed. Impresa Economia
Ed. Impresa Local
Ed. Impresa Economia
Ed. Impresa Local
Ed. Impresa Internacional
09:11 Vida y Futuro
Irán bloquea el acceso a las páginas de internet de google.com y hotmail.com


