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Los sectores vulnerables protegidos

Por Redacción Central - Los Tiempos - 13/01/2009


SITUACIÓN. Personas con discapacidad en una pasada protesta. - Redacción Central Los Tiempos

SITUACIÓN. Personas con discapacidad en una pasada protesta. - Redacción Central Los Tiempos

El proyecto de Constitución Política del Estado (CPE), que será votado en el referéndum del próximo 25 de enero, contempla a varios grupos vulnerables del país, define sus derechos y los protege.

Los niños, adolescentes, los adultos mayores, las personas con discapacidad y las privadas de libertad se encuentran nombrados en la propuesta constitucional entre los artículos 58 y 72.

La CPE vigente no señala directamente a estos grupos, pero identifica derechos y garantías de una manera general.

La propuesta constitucional hace especial énfasis en los derechos de la niñez, adolescencia y juventud.

El artículo 58 indica que toda niña, niño y adolescente tiene derecho a vivir y a crecer en el seno de su familia de origen o adoptiva.

Además, el proyecto constitucional prohíbe y sanciona  toda forma de violencia contra las niñas, niños y adolescentes, tanto en la familia como en la sociedad. Se prohíbe el trabajo forzado y la explotación infantil .

La propuesta toma en cuenta también a la familia, a la que considera el núcleo fundamental de la sociedad, y establece que el Estado deberá garantizar las condiciones sociales y económicas necesarias para el desarrollo integral.

Adultos y discapacitados

El proyecto de CPE incluye tres artículos destinados a los adultos mayores. El 67 dice que  además de los derechos reconocidos en esta Constitución, todas las personas adultas mayores tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana .

De acuerdo a la propuesta constitucional, el Estado proveerá una renta vitalicia de vejez, en el marco del sistema de seguridad social integral, de acuerdo con la ley, y agrega que el Estado adoptará políticas públicas para la protección, atención, recreación, descanso y ocupación social de las personas adultas mayores, de acuerdo con sus capacidades y posibilidades.

 Se prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación a las personas adultas mayores , señala. Además, los Beneméritos de la Patria son reconocidos.  Merecerán gratitud y respeto de las instituciones públicas, privadas y de la población en general, serán considerados héroes y defensores de Bolivia y recibirán del Estado una pensión vitalicia, de acuerdo con la ley .

Las personas con discapacidad tienen derecho, en la propuesta, a la protección estatal, a la educación y salud gratuita, y está prohibido cualquier tipo de maltrato, discriminación, violencia y explotación.

Los privados de libertad podrán ser reinsertados en la sociedad con la ayuda del Estado.

Derechos de las personas

El proyecto de CPE define también los derechos fundamentales de las personas. En el artículo 15 indica que  toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual. Nadie será torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhumanos, degradantes o humillantes. No existe la pena de muerte .

Añade que todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad.

Ninguna persona podrá ser sometida a desaparición forzada por causa o circunstancia alguna, ni ser sometida a servidumbre ni esclavitud, añade el texto.

El artículo 16 dice que toda persona tiene derecho al agua y a la alimentación y que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.

Entre los derechos civiles destaca que  toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley .

ARTÍCULOS RELACIONADOS

CPE VIGENTE

Derechos y deberes de la persona

No se reconoce ningún género de servidumbre y nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin su pleno consentimiento y justa retribución. Los servicios personales sólo podrán ser exigibles cuando así lo establezcan las leyes.

Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica, con arreglo a las leyes. Goza de los derechos, libertades y garantías reconocidos por esta Constitución, sin distinción de raza, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen, condición económica o social, u otra cualquiera.

La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado. Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio: A la vida, la salud y la seguridad, entre otros.

PROYECTO

Los derechos civiles de las personas

Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdiccionales.

Se evitará la imposición a los adolescentes de medidas privativas de libertad. Todo adolescente que se encuentre privado de libertad recibirá atención preferente por parte de las autoridades judiciales, administrativas y policiales. Éstas deberán asegurar en todo momento el respeto a su dignidad y la reserva de su identidad. La detención deberá cumplirse en recintos distintos de los asignados para los adultos, teniendo en cuenta las necesidades propias de su edad. Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según formas establecidas por la ley.

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