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Ed. Impresa Control social | A pocas horas del Referéndum Constitucional las restricciones de ley resguardan la antesala de la votación

Arrancan sanciones, multas y prohibiciones

Por Luz Marina Canelas - Periodista Invitado - 21/01/2009


campañas. Grupos a favor y en contra del proyecto de Constitución separados por la Policía - Luz Marina  Canelas Periodista Invitado

campañas. Grupos a favor y en contra del proyecto de Constitución separados por la Policía - Luz Marina Canelas Periodista Invitado

Si tenía prevista una reunión, festejo de cumpleaños o un viaje corto antes del fin de semana, más vale descartarlos a partir de las cero horas de este jueves debido a que entran en vigencia varias normativas establecidas por el Código Electoral y salvaguardas por la Policía Nacional, con objeto de garantizar el tranquilo desarrollo de las elecciones de este domingo, cuando la población boliviana acuda a las urnas para aprobar o rechazar el nuevo proyecto de Constitución Política del Estado.

Se trata de una cantidad de restricciones y sanciones que van desde la prohibición de trasladarse de localidades en grupo, al igual que la venta y consumo de bebidas alcohólicas. También está la suspensión de portar armas de fuego y blancas, demás de los castigos punitivos por el incumplimiento de los ciudadanos que no respeten la obligatoriedad de la votación, explicó Fernando Berríos, personero de la Corte Departamental Electoral.

Quienes no se hayan inscrito en el Padrón Electoral serán sancionados con una multa de Bs. 150, monto que también debe ser cancelado por quienes no acrediten el certificado de sufragio, que no hayan votado en el Referéndum Constituyente o que hayan proporcionado datos falsos o incompletos al momento de inscribirse.

La mayor multa, de Bs. 600, corresponde a los ciudadanos que inciten o realicen manifestaciones o reuniones en las proximidades de los recintos electorales.

Jurados electorales

Los jurados electorales que no se presenten a las juntas convocadas por el juez o la CDE serán sancionados con Bs. 150 de multa; el doble a quienes no se presenten en sus mesas el día del Referéndum y con 15 días de arresto a los jurados que se rehúsen a firmal las actas de escrutinio y cómputo de la mesa de sufragio.

Los funcionarios públicos que no exijan el certificado de sufragio para cualquier trámite los siguientes 90 días de la votación, deberán cancelar Bs. 200.

Notarios electorales

Los notarios que hubieran inscrito a un ciudadano sin asentar en la partida todos los daros requeridos, será sancionado con una suma de Bs. 250; de no cumplir con el pago serán arrestados durante 10 días.

Quienes omitieron enviar oportunamente la nómina de ciudadanos inscritos a la CDE para su incorporación al listado del Padrón Electoral deberán cancelar Bs. 250, y en caso de reincidencia serán destituidos de su cargo.

Para tomar en cuenta

Arresto

De incumplir las multas económicas, la Corte sancionará con un día de arresto a las multas de Bs. 150 incumplidas; las sanciones de Bs. 151 a Bs. 600 serán castigadas con dos días de arresto, y las de Bs. 601 adelante recibirán la pena de privación de libertad por tres días consecutivos.

Prohibiciones

El Código Electoral determina en su artículo 144 la prohibición de expendio y consumo de bebidas alcohólicas, ya sea en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier establecimiento público o privado 48 horas antes de las elecciones y hasta 12 horas luego de transcurrido el día de la votación.

Restricciones

El artículo 145 del mismo código penaliza el potar amas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos, salvo las fuerzas del orden público. También prohíbe la realización de espectáculos públicos y el traslado de ciudadanos de un recinto electoral a otro por cualquier medio de transporte.

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