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El turno es de los periodistas

Por Zapata Zurita J. Gunnar - Periodista Invitado - 19/03/2010


“Si los periodistas no controlamos nuestro trabajo, el Gobierno estará tentado a hacerlo”. Rescato estas palabras señaladas por Javier Darío Restrepo, en el seno del Seminario - taller “Fortalecimiento del ejercicio del periodismo en la promoción de la estabilidad y la paz en Bolivia”, organizado por la Unión Europea y el Centro Carter. Parto de la premisa de por qué tener miedo al control y si el control, adecuadamente utilizado es necesario para toda actividad social.

Administrativamente el “Control” es el proceso continuo de comparación entre lo planeado y lo logrado o realizado. El control comprueba si lo realizado se ajusta a lo planteado previamente. No se puede corregir acciones o actuaciones si no fue realizado un proceso de control previamente. La actividad periodística está sujeta a los márgenes del control determinados por el derecho a la información y las libertades de expresión y de prensa, pero no están sujetas a ningún tipo de restricción.

Nadie puede restringir la libertad de expresión. La libertad de expresión es garantizada por la Constitución Política del Estado.

Cada persona define qué desea expresar y, claro, asume responsablemente las consecuencias de lo expresado. La libertad de expresión no es libertinaje de vocabulario, puesto que conlleva responsabilidades establecidas en el Código Penal.

La libertad de prensa es la facultad del periodista para acceder a toda información de interés público, con el propósito de difundirla abiertamente. Su restricción determina el perjuicio de la población, considerando que ella confía al periodista sus facultades de investigar y difundir información. Si el periodista no logra acceder y difundir información confiable, la población no tendrá los suficientes elementos para tomar decisiones necesarias o adoptar posturas específicas. La libertad de prensa es protegida por la Ley de Imprenta de 1925, el Estatuto Orgánico del Periodista y el Código de Ética del Periodista Boliviano.

El control en necesario, pero considerando que no se debe restringir la libertad de expresión y de prensa. ¿Cuáles son los aspectos vinculados al periodismo que requiere control? Dentro de la investigación científica denominada “Derecho a la información: Situación actual y reformas a la legislación boliviana”, adscrita al Instituto de Investigaciones de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Mayor de San Simón, se ha identificado una ausencia en la regulación en la gestión de medios. La única normativa referida a la gestión de medios en Bolivia es el Código de Comercio; éste no diferencia la gestión de los medios de comunicación como si, administrar un medio fuese lo mismo que administrar una empresa cualquiera.

Un medio de comunicación no es una empresa cualquiera; los fines de lucro naturales de cualquier entidad comercial se subordinan ante los derechos de la población en general. Por eso, un medio de comunicación es de carácter social y no comercial. Bajo esta premisa, si estas empresas son distintas al resto, por qué se regula su gestión bajo el mismo código.

Estos aspectos están íntimamente ligados al derecho a la información de la población en su integridad, por lo tanto, es menester una ley que fomente y garantice el ejercicio y la defensa de este derecho para la población; que no pase de largo a la gestión periodística, en lugar de una ley orientada a controlar el contenido difundido en los medios de comunicación.

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