Ed. Impresa LIBERTARIA
Urgente defensa de la propiedad privada en Bolivia
Por Rivas Salazar Luis Christian - Columnista - 2/06/2010
El presidente venezolano Hugo Chávez volvió a pedir a la Asamblea Nacional legislar para otorgar la propiedad a los inquilinos que han ocupado inmuebles por más de 20 años. Ante esta orden, como en cualquier Estado complaciente con la autocracia, el parlamento legislará para viabilizar y hacer realidad esa posibilidad.
La Ley de Arrendamientos Inmobiliarios de Venezuela garantiza la primera opción al arrendatario en el momento en que el arrendador decida vender su propiedad, y ahora se pretende incluir la obligación del propietario de vender el inmueble al inquilino; el precio de la venta estará regulado por un burócrata al igual que los cánones de alquiler que estarán sujetos en función del salario del inquilino, esto significa control estatal del mercado inmobiliario.
Bolivia va por el mismo camino, las libertades individuales están en peligro y el derecho de propiedad está siendo afectado por leyes arbitrarias.
Estamos refiriéndonos a la propuesta de Ley de Regulación de Propiedad Urbana y Regularización del Derecho de Propiedad sobre Bienes Inmuebles Urbanos, que viene siendo discutida principalmente por organizaciones afines con el gobierno, movimientos sociales como los “sin techos” y los “sin tierra”, aspecto totalmente interesante, dramático y al mismo tiempo jocoso, ya que se trata de sectores que no tienen propiedad privada y más bien, buscan acceder a ésta de cualquier forma, incluso con avasallamientos, hecho común en sociedades donde existe poco respeto por la propiedad y no existe justicia.
Pero le preguntamos al ciudadano boliviano, como en algún momento se le preguntó al venezolano: ¿Cómo te sentirías si te quitaran tus años de esfuerzo? ¿Si te quitaran tus ganas de seguir para adelante? ¿Si te quitaran lo que soñaste para tus hijos? ¿Si te quitaran tu futuro?
Basta echarle una leída al proyecto de ley, para darnos cuenta de lo que hemos venido diciendo desde hace tiempo, e ingenuos nos decían que exagerábamos, como gritos de Casandra, sostenemos que nos vamos al abismo de la pobreza por la vía socialista.
Esta propuesta de ley indica que su objeto, por razones de “interés social”, es la regulación de las condiciones de ocupación del hábitat urbano; la definición de la función social de la propiedad urbana; establecer procesos excepcionales, extraordinarios y temporales de regularización individual y regularización colectiva del derecho de propiedad sobre inmuebles urbanos, etc.
Del mismo modo, se indica que sólo se podrá regularizar las propiedades urbanas que no excedan los 500 m2., si se presentan casos excedentes a la superficie mencionada, el Gobierno Autónomo Municipal (GAM) expropiara estas áreas que serán utilizadas con fines habitacionales o fines de equipamiento según la superficie excedente.
Al mismo tiempo, se crean los Juzgados Especiales de Regularización del Derecho de Propiedad Urbana, que conocerán de usucapiones individuales y colectivas.
¿Pero cuál es la función social de la propiedad urbana? Dice el proyecto que es el conjunto de deberes y derechos previstos por la legislación urbanística, equilibrando los intereses colectivos del derecho social con los derechos individuales de propiedad y uso. Se cumple la función social cuando se acata la legislación urbanística de las entidades territoriales autónomas, en base a la legislación nacional. Éste es un argumento en círculo, que nos lleva de la ley general a la ley especial, demostrándonos su ambigüedad, que será aprovechada para cometer atropellos.
De lo que se trata, dice la ley, es de “aprovechar” los bienes inmuebles públicos y privados, no edificados, subutilizados y no ocupados, ya que todos los humanos tienen “igualdad de derecho y oportunidades en el acceso al suelo urbano”. La ambigüedad de este derecho colectivo, nos hace suponer que esa igualdad se la conseguirá violando la libertad de los demás, redistribuyendo la propiedad mediante una “revolución”.
Se prohíbe la especulación inmobiliaria y se sanciona los bienes inmuebles públicos y privados, no edificados, subutilizados y no ocupados, aplicando impuestos progresivos.
Las dimensiones mínimas y máximas de propiedades serán establecidas en el reglamento de la ley, y la regulación de las propiedades que no cumplan la función social será sujeto a expropiación, las expropiaciones también se harán para fines habitacionales y la tenencia de más de dos propiedades inmuebles estará sujeta a la aplicación de impuestos específicos siempre y cuando éstas no cumplan la función social, ¿debemos interpretar que no estén habitadas?
Los propietarios que posean bienes inmuebles que carezcan de urbanización consolidada deberán ceder obligatoria y gratuitamente a los GAM`s las áreas necesarias para equipamiento, vías y áreas verdes.
Con estas órdenes cabe suponer que el campo de las construcciones caerá dramáticamente; así como el negocio de los bienes raíces por la interferencia estatal sobre la libertad; ambos campos laborales que sustentan la alimentación de muchos bolivianos, quienes se encontrarán en situación de desempleo y desesperación.
Una sola vez se menciona la palabra “propiedad privada” y no es necesariamente para indicar que se la respetará. Con esto se pretende echar mano sobre la propiedad privada y sumergirnos en el socialismo, donde agoniza la libertad y la aprobación de esa ley sería un paso más al despeñadero.
Con la aprobación de esta ley, cada persona natural o jurídica, tendrá que demostrar la utilización del bien inmueble que posee, de lo contrario, éste podrá pasar a manos del Estado, con lo que se condiciona la propiedad a su utilización. Así se restringe el concepto de propiedad privada a su mínima expresión. La propiedad privada estará sujeta a la opinión de un burócrata, la naturaleza privada del bien estará subordinada a su uso y lo privado se subordina a lo colectivo.
La defensa de la propiedad privada es la defensa misma, de la libertad y de la vida.
El autor es abogado
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