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Venezuela y la CIDH

Por Eddie Cóndor Chuquiruna - Columnista - 15/09/2012


Es lamentable que a un mes de una elección política en Venezuela, su Gobierno opte por denunciar la Convención Americana y retirarse, consecutivamente, de la competencia supranacional interamericana. Y lo es más, tomando en cuenta que en el contexto de esa elección el Gobierno tiene la ventaja, pues domina sobre la estructura institucional y ha tenido durante todos estos años un alto nivel de intervención.

Sin asumir necesariamente que el Gobierno de Hugo Chávez pretenda manipular los resultados aprovechando estas ventajas, la impresión es la de una maquinaria política que en lugar de garantizar la pureza de su proceso electoral añade un elemento de cuestionamiento al privar a sus candidatos y a los ciudadanos, en general, de un mecanismo supranacional de protección de los derechos civiles y políticos.

Cabe señalar que una vez que la denuncia de la Convención entre en vigencia en el plazo de un año, Venezuela, como Estado miembro de la OEA, seguirá sujeto a la jurisdicción de la Comisión y a las obligaciones que le imponen la Carta de la OEA y la Declaración Americana, suscritas por el Estado de Venezuela en 1948. Por lo tanto, cualquier caso de violación a los derechos humanos ocurrido hasta la fecha de entrada en vigencia de la denuncia podrá ser conocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de acuerdo al Artículo 78.2 de la Convención Americana. Por tanto, cualquier alteración del proceso político es de conocimiento de esta jurisdicción.

El problema es que, más allá del formalismo, el retiro de un Estado supone la desatención de las obligaciones pendientes, por lo que se vislumbra la ausencia de voluntad política del Estado venezolano por cumplir con las obligaciones que surjan en el período de un año a partir de la denuncia.

Venezuela es un caso especial porque el retiro operaría en un país que acusa debilidades notables en lo que a independencia judicial o separación de poderes se refiere. A partir de la entrada en vigencia de la denuncia, las violaciones a los derechos humanos que pudieran ocurrir en Venezuela no podrán ser conocidas por la CIDH y no tendrán tampoco mecanismos protectores efectivos en las instancias judiciales, por lo que la situación del ciudadano venezolano será de total desamparo frente al abuso del poder político.

Al crear la OEA en 1948, señala la CIDH, los Estados expresaron como un objetivo de la Organización el “consolidar en este continente, dentro del marco de las instituciones democráticas, un régimen de libertad individual y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre”. Ese fue el espíritu. La necesidad de contar con una justicia supranacional crece cuando se trata de un Estado en el que los derechos no están garantizados y en el que las instituciones y poderes han sido doblegados frente a un gobierno autoritario.

La decisión de Venezuela de denunciar la Convención Americana constituye un paso atrás, por lo demás, en el objetivo de universalizar la Convención y darle mayor relevancia y vigencia.

El autor es abogado, especialista en asuntos judiciales y consultor internacional


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