JOSÉ LUIS BAPTISTA MORALES

MISCELANEA

21/11/2021

Quienes ejercieron funciones de gobierno desde el año 2006, violaron las reglas constitucionales sobre separación, independencia e igualdad de los tres Poderes del Estado. Ellos tienen, sin duda alguna, el propósito de mantener el sistema de selección de magistrados de la cúpula del Poder Judicial para ejercicio de esas funciones únicamente con militantes suyos o afines, pese al claro hecho de que tal decisión contradice abiertamente a las indicadas normas.

14/11/2021

Las fuerzas que militan en el bando gubernativo tuvieron grave división en la fase del acto electoral del pasado año, dando lugar a la aparición de serios antagonismos en su seno. Durante este primer año de gestión del actual gobernante, es notoria la pugna interna que dio lugar a la aparición de distintas facciones.

07/11/2021

Desde los inicios de nuestro sistema republicano se creó la función denominada del “Ministerio Público” encomendada al Fiscal General de la República y a los Fiscales Departamentales, con la misión de promover la acción de la justicia y defender la legalidad ante hechos delictivos cometidos por los ciudadanos en general.

31/10/2021

El partido político denominado “Movimiento al Socialismo - Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos”, presentó al Tribunal Supremo Electoral su nuevo estatuto político que, con sujeción a disposiciones fundadas en la Ley 1096 de Organizaciones políticas, promulgada el 1° de septiembre de 2018, debía forzosamente ceñirse a las reglas establecidas acerca de los derechos civiles y políticos reconocidos por la Constitución Política del Estado.

24/10/2021

El que en esta columna, simultáneamente con otros analistas, insista en que se proceda a la reforma parcial de la Constitución para privar al partido político gobernante de su atribución anticonstitucional de elegir a los magistrados del Poder Judicial, tiene origen en la necesidad de que ese Poder ejerza sus funciones con la independencia establecida en la Constitución, y se proceda en consecuencia a la recuperación de la democracia.

17/10/2021

La debilidad del Poder Judicial surge de la modalidad establecida para sus designaciones. Los Poderes Ejecutivo y Legislativo impidieron desde 1826 que ejerza sus funciones en el marco de independencia, separación e igualdad previsto en las veinte versiones de la Constitución Política del Estado.

10/10/2021

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos se pronunció en sentido de que corresponde que la ciudadana Jeanine Áñez continúe encarcelada sin previo proceso, pero agregó luego que los tribunales de justicia deben actuar al respecto dando cumplimento a las reglas del debido proceso.

03/10/2021

El primer cambio corresponde al artículo 12, en el que existe anomalía. Desde 1831 se estableció que los Poderes del Estado son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. La Constitución Política del Estado promulgada el 7 de febrero de 2009 otorgó ese carácter a la trascendental entidad encargada imparcialmente de organizar, administrar y ejecutar los procesos electorales, a la cual otorgó el mismo rango de los tres Poderes del Estado.

26/09/2021

La base del ordenamiento jurídico es el principio de legalidad, según el cual es inválido todo acto contrario a la Constitución Política del Estado que estableció las instituciones destinadas a la función de gobierno con capacidad de regirse en forma autónoma. Esas instituciones son los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

19/09/2021

Por instrucción del Poder Ejecutivo, fiscales departamentales abrieron la etapa preparatoria para juzgamiento por diversos delitos a dos expresidentes de la república, a exministros de Estado, a militares de distintos grados, al gobernador del Beni y al alcalde del municipio de La Paz. Respecto del alcalde de Cochabamba, Manfred Reyes-Villa Bacigalupi, se afirma que está en vías de concluir con sentencia ejecutoriada un proceso iniciado hace más de diez años por delitos atribuidos a él cuando ejerció la función de Prefecto de Cochabamba.

Páginas