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Gobierno hará cumplir con la ley el incremento del 10% a los salarios | | 06-03-2008 - 18:40 h. | | La Paz | ABI
El ministro de Trabajo, Walter Delgadillo, informó este jueves que con la ley hará cumplir el incremento salarial del 10 por ciento en el sector privado, de acuerdo a la experiencia adquirida en la gestión 2007.
"Toda la norma está abierta a la aplicación porque esta norma está en vigencia. El Tribunal Constitucional el año pasado ha recibido un requerimiento del sector privado y mientras no se pronuncie esta norma es ley", dijo Delgadillo.
La autoridad gubernamental señaló que la justicia es para todos y que los empresarios no pueden ajustar sus variables para generar ganancias empresariales y despreocuparse de los trabajadores.
"Un empresario cuando emprende una gestión debe tomar en cuenta que debe pagar salarios, incrementos y beneficios, como también pensar en el medio ambiente que es un requisito fundamental para una gestión empresarial exitosa", dijo.
Delgadillo aludió que una parte importante de las empresas se concentran en Santa Cruz, a través de sus representantes, anunciaron un salario mínimo departamental de 1.000 bolivianos para la gestión 2007 y que con ese antecedente hoy no tienen argumentos para negarse a la disposición gubernamental.
SU APLICACIÓN
"Este decreto es complementario de otro anterior que salió el 27 de febrero pasado que fija el incremento del salario básico en los sectores de Salud y Educación en un 10 por ciento", dijo Delgadillo.
Esa norma legal fijó el nuevo en 577,50 bolivianos y su alcance es tanto para el sector público como para el sector privado y que servirá para calcular el bono de antigüedad, lactancia y beneficios sociales en general.
En el caso del sector privado, este incremento servirá como punto de referencia para iniciar las negociaciones entre trabajadores y empresarios.
"Las empresas privadas están obligadas a incrementar el 10 por ciento al salario básico de los trabajadores como punto inicial de negociación y a partir de esto los trabajadores pueden lograr mayores incrementos de acuerdo a las posibilidades empresariales", añadió.
EL DECRETO
El artículo 1 de la mencionada norma legal establece: " El presente decreto tiene por objeto establecer el nuevo salario mínimo nacional y la base porcentual del incremento salarial en el sector privado para la gestión 2008".
El artículo 2, parágrafo I, dispone que "con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2008, el monto determinado para el Salario Mínimo Nacional es de 577,50 bolivianos (quinientos setenta y siete 50/100 bolivianos), lo que corresponde a un incremento del salario mínimo de un diez por ciento (10%)".
El parágrafo II, establece que esta determinación es de aplicación obligatoria para los sectores público y privado; por lo que tienen la obligación de reajustar el monto del salario mínimo nacional, debiendo el Ministerio de Trabajo realizar acciones de su supervisión que correspondan.
El artículo 3 (base del incremento salarial en el sector privado), manifiesta que "el incremento salarial en el sector privado para la gestión 2008, será acordado entre los sectores patronal y laboral sobre la base de un aumento del diez por ciento (10%) en la remuneración básica".
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