Para beneficiarse con los incentivos que ofrece la nueva Ley, los inversionistas deben presentar sus propuestas de inversión o ampliación de actividades productivas a los municipios en cuya jurisdicción proyectan instalarse, para su calificación y aprobación respectiva.
Tienen como obligaciones: cumplir con el plan de inversiones aprobado por el municipio respectivo; acatar las normas establecidas en la Ley General del Trabajo y sobre todo la Ley 1333 del medioambiente y sus disposiciones sectoriales; e informar a Impuestos Nacionales, Aduana Nacional y el municipio sobre el inicio de operaciones productivas para fines de verificación posterior.
Se creará un Consejo Impulsor, encargado de calificar las propuestas de inversión y suscribir contratos de adhesión a la nueva Ley con empresarios que decidan instalarse en el trópico.
Los beneficios que otorga el instrumento jurídico cesarán automáticamente desde el momento que los inversionistas incumplan cualquiera de las obligaciones y requisitos establecidos en la Ley de Zona Económica Especial.
El presidente de la Brigada Parlamentaria aclaró que quedan excluidos de los beneficios que otorga la Ley: las personas jurídicas o naturales, las empresas privadas o de economía mixta que realicen actividades extractivas en los ámbitos mineros e hidrocarburífero; así también las entidades bancarias, financieras y aquellas que prestan servicios conexos.