La Paz | ABI
La Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de La Paz, rechazó el recurso de Amparo Constitucional presentado por la bancada de Poder Democrático Social (Podemos) contra el presidente de la Cámara de Diputados, Edmundo Novillo.
Esa instancia judicial estableció que Novillo no restringió ni suprimió los derechos de petición y fiscalización, consagrados en la Constitución Política del Estado y en el Reglamento General de la Cámara Baja, del que gozan todos los legisladores.
En la audiencia que se celebró hoy, Novillo expuso que la solicitud de interpelación presentada por los diputados Claudia Paredes, Jorge Solari, José Felipe Oña, Silvia Pérez y Patricia Seguers presentaba errores, entre ellos la imprecisión en la identificación de los ministros a ser interpelados, pues pedían la presencia del Ministro de Relaciones Exteriores y del Ministro de Desarrollo Económico, siendo que la Ley de Organización del Poder Ejecutivo suprimió esa última cartera de Estado.
Según el Presidente de los Diputados, los parlamentarios de Podemos no agotaron los medios que la Ley y el Reglamento de Debates les brinda para hacer valer su solicitud de interpelación.
Los magistrados del Tribunal de Amparo, luego de escuchar las explicaciones y argumentos de ambas partes, se pronunciaron en contra de la demanda de Amparo Constitucional.
Con el pronunciamiento se estableció que los derechos de petición y fiscalización de los parlamentarios recurrentes de Podemos, no fueron restringidos ni suprimidos por el presidente de los Diputados.