La primer parte de la norma, del artículo 1 al 6, está destinada a reconocer el “empleo legítimo de la fuerza” de las FFAA y la Policía en casos de ilícitos flagrantes aduaneros.
"Los efectivos policiales no dispararán de forma discrecional, sólo cuando estén protegiendo la vida de otro o la suya, estas figuras son claras, las facultades están claramente señaladas para este caso", dijo citado en un boletín de prensa.