Rige decreto de incremento de 2% al salario mínimo y fija hasta el 31 de mayo el pago retroactivo
La Gaceta Oficial publicó el Decreto Supremo 4501 que establece el incremento de 2 por ciento al Salario Mínimo Nacional, por lo que la norma entra en plena vigencia.
El documento señala que el incremento es retroactivo al 1 de enero y debe ser cancelado hasta el 31 de mayo.
“El monto determinado para el Salario Mínimo Nacional, en los sectores público y privado, es de Bs2.164.- (DOS MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS), que representa un incremento del dos por ciento (2%) con relación al establecido para la gestión 2019, siendo su aplicación obligatoria y sujeta a las acciones de control y supervisión del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social”, señala el artículo 2 de la normativa.
Asimismo, la disposición final primera indica que “la aplicación del Salario Mínimo Nacional, dispuesto por el presente Decreto Supremo, tendrá efecto retroactivo al 1 de enero de 2021”.
El mismo parágrafo señala que “el pago retroactivo, por la aplicación del Salario Mínimo Nacional, podrá ser efectivizado hasta el 31 de mayo de la presente gestión”.
El incremento del 2 por ciento al salario mínimo fue consensuado entre el Gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB) y promulgado por el presidente Luis Arce el pasado 1 de mayo.
Los empresarios privados advirtieron que este incremento causará el cierre de muchas empresas y la pérdida de empleo.