Supremo invalida amnistía en Venezuela
Caracas |
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró ayer “inconstitucional” la ley de amnistía aprobada por el Parlamento para liberar a varios opositores presos, entre ellos Leopoldo López, condenado a 14 años por la violencia desatada en una protesta en febrero de 2014.
La decisión del máximo tribunal fue publicada en su página web cuatro días después de que el presidente venezolano, Nicolás Maduro, pidiera a la Sala Constitucional una interpretación de la norma, sobre la que el Mandatario aseguró que “jamás” sería aprobada.
“Puede advertirse la pretensión de otorgar amnistía a favor de todas aquellas personas ‘investigadas, imputadas, acusadas o condenadas como autores o partícipes’ de delitos claramente comunes y no políticos”, señala la sentencia firmada por la presidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez.
El tribunal considera que la ley beneficiaría a los investigados, imputados o condenados, bien sean autores, determinadores, cooperadores inmediatos o cómplices, lo que “en nada conduce o colabora a una reconciliación nacional sino a una impunidad escandalosa”. “En virtud de lo expuesto, habiéndose incluido en la ley en cuestión delitos comunes ajenos a esta figura constitucional, esta Sala no puede impartir su conformidad constitucional; y así se declara”, indicó.
La sala indica que el “ejercicio de libertades ciudadanas y con fines políticos” en manifestaciones públicas “no es ilimitado, y, por tanto, no cualquier protesta, manifestación, reclamo o llamado contra el orden institucional es admisible”.
El TSJ señala como límite constitucional a esta posibilidad “su necesaria realización de forma pacífica”, algo que, a su juicio, no discriminó la ley.
Sostiene que varios artículos de la norma aprobada por el Parlamento el pasado 29 de marzo se refieren al beneficio de amnistía para opositores en el exilio y considerados “prófugos” por la Justicia.