Colombia modifica ley para castigar protestas y bloqueos
El Gobierno colombiano anunció ayer que modificó un decreto presidencial para limitar la definición de protesta pacífica y especificar que los bloqueos de vías, ya sean temporales o permanentes, no constituyen una forma de manifestación y por ello permite el “uso legítimo de la fuerza”.
El ministro colombiano del Interior, Daniel Palacios, detalló en una comparecencia que se modificará el Decreto 003 de 2021, que “amplía la definición de manifestación pacífica”.
De ese modo, ahora “no constituyen manifestación pacífica aquellas que promuevan el empleo de medios para obstaculizar temporal o permanente vías o infraestructura, (…) así como las que se convocan con fines ilegítimos, violencia, estigmatización”.
Al hacer esas especificaciones sobre lo que no es protesta pacífica también recalcó que se “reitera el uso legítimo de la fuerza bajo principios de necesidad, legalidad, proporcionalidad y diferenciación para neutralizar daños graves, ciertos y verificables que afecten el orden público y la convivencia poniendo en riesgo la vida y la integridad de las personas, así como de los bienes públicos y privados”.
El pasado 28 de abril se iniciaron en varias ciudades del país multitudinarias protestas en contra de la política social y económica del Gobierno del presidente colombiano, Iván Duque, donde se denunció el uso abusivo de la fuerza por parte de la Policía.
Las protestas dejan, según organizaciones de derechos humanos, unas 74 víctimas mortales, al menos 20 de ellas por disparos de la Policía, mientras que la Fiscalía vincula a las manifestaciones 20 fallecidos.