Promulgan la Ley de Identidad de Género
LA PAZ |
En un día histórico para la población transexual y transgénero de Bolivia, se promulgó hoy la Ley de Identidad de Género que les permite cambiar su nombre y género en documentos de identidad, cuentas bancarias, títulos profesionales, etc.
"No van a desaparecer si les damos la espalda y los discriminamos. Lo que ha pasado ahora es que este colectivo se ha visibilizado y ha reclamado su parte (...) Hoy el colectivo transexual y transgénero está enriqueciendo la democracia del Estado de Bolivia", dijo el presidente en ejercicio, Álvaro García Linera durante el acto en Palacio de Gobierno.
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— Los Tiempos (@LosTiemposBol) May 21, 2016
"De todos los derechos adquiridos por esta población, el derecho a la identidad es el primero de todos. Porque a partir de este pueden ser sujetos a otros beneficios", explicó la diputada Valeria Silva (MAS) a ANF.
"La norma establece un procedimiento para que las personas transgénero y transexuales puedan modificar los datos de su Carnet de Identidad (CI) y que a partir de un proceso administrativo se pueda modificar el resto de sus documentos personales", complementó la legisladora, una de las impulsoras de la medida.
Puso como ejemplo el caso de una madre transexual que, si adquiriere la nueva identidad, podría ser beneficiada en el ámbito laboral con días de permiso y horarios especiales según corresponda, como cualquier otra madre.
La ley incluye una disposición especial que permite "la reversión de la elección por una sola vez", es decir que el cambio de nombre, dato de sexo e imagen será reversible si es que la persona cambia de opinión. En caso de reversión se vuelve al nombre, dato de sexo e imagen iniciales y éstos ya no podrán cambiar. También se aclara que queda prohibido el uso de los documentos personales anteriores al cambio de identidad, una vez realizado el cambio.
Silva añadió que según tratados y acuerdos internacionales en vigencia en Bolivia y de acuerdo al reconocimiento de los derechos de esta población en la Constitución Política del Estado (CPE), el derecho a la identidad de género es el primero que debe ser reconocido por los Estados.
Bolivia es uno de los países de la región que más ha tardado en la promulgación de esta norma, ya que desde los años 70 y 80 lo hicieron países como Argentina, Chile, Uruguay, Brasil entre otros. Perú es uno de los que tiene pendiente tratar este tema.
Otra de las demandas del sector es el matrimonio de personas del mismo sexo, misma que no puede ser aprobada mediante una ley sino a través de la modificación de la CPE.
Silva aclaró que el principal objetivo de la norma es trabajar y avanzar para alcanzar la eliminación de la discriminación a este sector de la población.
La norma beneficiará a todas las personas transexuales y transgénero mayores de 18 años que deseen realizar las modificaciones en sus documentos personales.
Una vez aprobado el cambio de identidad, el Servicio de Registro Cívico (Sereci), notificará a instancias como el Servicio de Identificación Personal (Segip), Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), Dirección General de Migración, Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) y otras instituciones que el Sereci considere necesarias, para que se haga el mismo cambio de identidad. Por lo que todas las instancias públicas y privadas tendrán un lapso de tres meses para adecuar sus normas internas para ese fin. En caso de detectar casos de discriminación o a quienes incumplan la disposición podrán ser sancionados en el marco de la ley de Lucha contra el Racismo y toda forma de Discriminación.