La revolución democrática y la inconstitucional candidatura
La llegada de Evo Morales Ayma a la presidencia de la república el año 2006 inicia un nuevo tiempo de vida democrática del país, después de siete presidentes militares y cuatro juntas de gobierno entre julio de 1978 y julio de 1982.
Morales, fiel a las propuestas de cambio que hizo, convocó a la Asamblea Constituyente, refundó YPFB, readecuó contratos con las empresas petroleras –no nacionalizó–, compró acciones que las transnacionales tenían en Entel y otras, instituyó los bonos Juancito Pinto, Juana Azurduy, cambió el nombre de Bonosol por Dignidad, siendo el mismo beneficio que reciben las personas mayores de 60 años, entre muchas otras medidas que le permitieron reelegirse de manera directa en 2009 y 2014.
Sin embargo, de repente la denominada revolución democrática y cultural y el proceso de cambio comenzaron a embadurnarse con actos de corrupción, narcotráfico, contrabando, vulneración de derechos humanos, entre otros. Inventaron procesos por separatismo, terrorismo, asesinatos y otros con el solo afán de demoler a la oposición política que en ese momento –2008– eran los prefectos elegidos por voto popular, resultando alguno de ellos traidor que se sumó a la estrategia circundante de Morales y García Linera, que encontraron en el prefecto Costas y en Tuto Quiroga sus mejores aliados, junto a Óscar Ortíz, presidente del Senado Nacional, el 2008 y operador político de ambos.
En medio de todo ello, salió a la luz el caso Zapata o “cara conocida” y el Jefe del Estado reconoció que convivió y procreó un hijo con Gabriela, y después del 16 de febrero de 2016 dijo que “tal hijo no había habido”, culpando de esa maquinación “al imperio norteamericano”, afirmación que racionalmente ningún boliviano acepta, salvo sus seguidores.
Fue entonces que, a consecuencia del resultado del referéndum del 21F, el Gobierno comenzó la arremetida contra lo que manda el Art. 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) forzando a magistrados del Tribunal Constitucional a emitir la sentencia Nº 0084/2017, misma que no se refiere a la reelección, sino que dispone la aplicación preferente del Art. 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), pero ese fallo está sustentado en un fraude y engaño constitucional y convencional, porque dicha Convención no reconoce el derecho humano de ser reelegido indefinidamente, pues sólo reconoce el derecho de votar y de ser elegido en elecciones normales y legítimas.
Y como la CADH no reconoce el derecho de reelegirse para toda la vida, el binomio del MAS, Evo Morales y Álvaro García Linera es inconstitucional porque vulnera lo que manda el Art. 168. de la CPE y las decisiones adoptadas por el Tribunal Supremo Electoral son ilegales porque vulneran las leyes, pero que una vez más, la oposición política sin medir las consecuencias, entra al juego diseñado por el MAS, dando así legitimidad, no la legalidad, al binomio oficialista para las elecciones de octubre próximo.
La izquierda democrática debe ser consecuente con lo que manda la CPE, no debe ser oportunista, porque decidí que mi voto no será por Morales porque su postulación es inconstitucional, ni por Carlos Mesa porque entre 2003 y 2005 destruyó el sistema de partidos políticos y hoy busca su beneficio personal, ni por Óscar Ortiz porque en 2008 fue aliado del MAS y porque hoy representa a una burguesía oriental excesivamente arrogante.
El autor es abogado
Columnas de HENRY GONZALO RICO GARCÍA