Sumisión de las Fuerzas Armadas
Recientemente, el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, con virulento ataque a quienes tienen posiciones contrarias al partido político en función de gobierno, hizo virtualmente un llamamiento a los miembros de su institución para que favorezcan al candidato que se postula a la función de presidente de la República. Ello, a sabiendas de la existencia de prohibición constitucional para ese intento.
Fue una acción política con violación de la regla contenida en el artículo 245 de la Constitución, la cual declara que las Fuerzas Armadas no deliberan ni participan en acción política partidaria. Por ese comportamiento debería ser procesado en sede castrense por transgresión de reglamentos institucionales. Tal posibilidad es irreal porque tal pronunciamiento no tuvo el carácter de una decisión individual surgida de sentimientos incontrolables, sino que fue consecuencia de la sumisión de las Fuerzas Armadas al Gobierno.
La sumisión que caracteriza a las Fuerzas Armadas tuvo su primera expresión cuando les reemplazaron un antiguo lema de orden disciplinario por otro ligado a determinada ideología política. Prosiguió con aceptación plena de una “Escuela de Comando Anti-Imperialista” de igual posición doctrinal. Llegó a extremo de humillación cuando hicieron entonar a los soldados himnos laudatorios.
El sector militar es tratado con excesivo regalo. Según noticias difundidas por los medios de comunicación, sus rentas en mérito a jubilación son pagadas en monto igual al cien por ciento de sus emolumentos. Son actualmente mayores sus posibilidades de beneficio económico pues el gobernante, en ejercicio de su campaña como candidato a la presidencia, anunció que ellos serán incorporados a los directorios de empresas estratégicas del Estado.
Esa sumisión está originada en la Constitución que, después de señalar que las Fuerzas Armadas tienen por misión fundamental defender y conservar la independencia del Estado, su seguridad, su estabilidad y su honor, y expresar que no realiza acción política, las pone bajo dependencia del poder civil declarándolas esencialmente obedientes. El Presidente de la República tiene el poder de designar y destituir a los comandantes.
El autor es abogado
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