Misma constitución, nuevos contenidos

Columna
Publicado el 07/11/2019

Gobierne quien gobierne, una cosa esta quedando ya bastante clara, los hechos nos están demostrando que los símbolos de cohesión, tan afanosamente construidos desde el poder durante los últimos diez años, concretamente a partir del texto constitucional aprobado en 2009, muestran signos de un prematuro agotamiento, pues están dejando de funcionar como ejes articuladores entre nuestra abigarrada pluralidad y la necesidad de sentirnos, pese a nuestras diferencias, como parte de un mismo proyecto nacional, una ecuación sin duda delicada y difícil de instaurar, peor mantener.

Tales elementos de conexión, al menos los centrales, se encuentran en el art. 1 de nuestra Carta Magna, precepto en el que se describe a la Bolivia  imaginada por el legislador constituyente, como un “Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías, fundado en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”, esbozando un constructo lingüístico sin duda complejo y no exento de ambigüedades y contradicciones, con inconsistencias y vacíos que tuvieron que ser, al final, rellenados, de forma parcial y con alcance temporal, por el desarrollo jurisprudencial constitucional. 

Esta base axiológica, que pareció funcionar medianamente bien hasta hace poco, desnuda hoy sus debilidades tanto técnicas como políticas, puesta en evidencia por los últimos acontecimientos en los que se observa el resurgimiento de viejas fisuras en una sociedad nuevamente dividida –que en realidad nunca dejó de estarlo– con símbolos y formas de liderazgos diferentes y, lo peor, con concepciones de Estado, sociedad y democracia cada vez más disímiles. Preocupan de sobremanera las manifestaciones de racismo de uno y otro bando, o los cuestionamientos a la concentración del poder público, tanto en lo territorial con demandas incluso de federalización, como en lo funcional, criticándose ácidamente el irrespeto a la separación de poderes y órganos.

A ello se añade con intensidad inusitada la variable generacional, cuyas demandas se discuten y transmiten por vías paralelas a los mecanismos de intermediación clásicos (partidos y plataformas), circulando bajo códigos que no pueden ser correctamente descifrados y peor procesados por un sistema hundido en formas decimonónicas de pensar y actuar en política. Nuestros chicos se han politizado y han asumido, a su manera, su rol histórico en el permanente y a veces no tan pacífico proceso de construcción y reconstrucción del espacio común, para ellos tan virtual como físico. Se han asumido, por fin y felizmente, como parte del problema y, con ello, en un componente central para su resolución, siendo por demás curioso que aun habiendo sido formados –incluso nacidos– bajo la simbología mencionada, la cuestionan hoy descarnadamente, pues a más de haber sido gestada en “otro tiempo”, la sienten estrecha, ajena a sus anhelos y ambiciones, insuficiente.

En estas circunstancias, la ausencia de un norte de unidad nacional y reconciliación colectiva podría degenerar de formas perversas. Para ello, es necesario comprender, en primer término, que una reforma constitucional en toda regla es impensable en estos momentos, al menos no en el mediano plazo, pero lo que sí es posible hacer es trabajar en los contenidos, es decir, en cambios de profundidad variable en el desarrollo jurisprudencial, ya que el texto constitucional es, por naturaleza, genérico, un entramado de valores, principios y disposiciones normativas del más amplio espectro, creadas con la pretensión de regular la ambivalente complejidad social, a veces con un grado menor de orden y coherencia que el deseado, razón por la que el marco normativo interno ha previsto mecanismos legales, entre ellos la jurisprudencia, para actualizar los contenidos constitucionales sin necesidad del engorroso y siempre riesgoso proceso formal de reforma.

Esto precisará, sin embargo, de dos condiciones esenciales: a) Un Tribunal Constitucional Plurinacional técnicamente fortalecido, a la altura del desafío histórico, abriéndose a la posibilidad de revisar sus líneas jurisprudenciales sin mayores límites que los establecidos por la propia Constitución, especialmente en lo relacionado a su parte orgánica, estando, del mismo modo, proclive a cambiarlas fundadamente; y b) Una comunidad académica dispuesta a repensar nuestro sistema jurídico y la forma en la que nuestra sociedad y nuestra institucionalidad sienten y entienden el derecho y la justicia, asumiendo una postura crítica respecto a ciertas corrientes que ingresaron a nuestro sistema hace poco más de una década, de la mano de propuestas y planteamientos ideológico-políticos de corte progresista, estableciéndose primero en la práctica procesal desplegada principalmente en algunos de nuestros más altos tribunales, para luego abrirse paso –y este es el riesgo central–, en nuestras aulas.

 

El autor es doctor en gobierno y administración pública

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