La sucesión constitucional
La convulsión originada en la violación por parte del gobernante de las reglas democráticas de convivencia mediante su intento de reelección ilegal, sólo concluirá si se logra restablecer tales normas.
Esa posibilidad corre el riesgo de fracasar debido a un movimiento de carácter sedicioso que pretende reemplazar al ilegal gobernante con una Junta de Gobierno que, de suyo, es tan contraria a la forma de gobierno democrática participativa y representativa como la puesta en práctica por quien hizo burla y mofa de ese sistema desde el 21 de febrero de 2016 en que desoyó la voz del pueblo.
El orden de sucesión a la función presidencial está previsto en el artículo 169 de la Constitución que pone en línea sucesiva al Vicepresidente de la República, al Presidente de la Cámara de Senadores y al Presidente de la Cámara de Diputados. Cada una de las Cámaras cuenta a su vez con Vicepresidente para los fines de legítima continuidad democrática ante renuncia, impedimento definitivo, sentencia ejecutoriada en materia penal, revocatoria de mandato o muerte de todos los de esa primer línea. Igual que en situaciones bélicas o cuando un barco se hunde, a los oficiales de mayor grado van sucediendo en escala descendente los reemplazos incluyendo a soldado raso y a grumete.
Desde estricta visión democrática, mientras existan en funciones parlamentarios que continúan en funciones, la Juntas de Gobierno conformadas por ciudadanos civiles o por militares son inadmisibles. Son remedio que causa mas daño que una enfermedad.
La reacción colectiva de las fuertes proporciones a que llegó hasta lograr la renuncia del Presidente de la República, tuvo una larga gestación surgida cuando él hizo caso omiso a la decisión del pueblo soberano que rechazó en referéndum su pretensión de continuar gobernando pese al ineludible mandato constitucional de obligada alternabilidad en el mando, prosiguió cuando el Tribunal Constitucional siguiendo sus instrucciones emitió una sentencia declarando que tiene derecho a ejercer sus funciones con carácter indefinido, continuó como consecuencia del Órgano Electoral que permitió que se registre como candidato para optar a una reelección prohibida por imperio de la Constitución.
El Golpe de Gracia fue dado por el mandatario boliviano al ordenar a los sumisos funcionarios del Órgano Electoral que lo declaren ganador del acto electoral del 20 de octubre basándose en datos brindados sobre la base del engaño que fue calificado como fraude.