Acuso a Kalimán
Según la Constitución Política del Estado, la Policía tiene como misión específica la defensa de la sociedad, la conservación del orden público y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano (art. 251), y las Fuerzas Armadas tienen como misión defender y conservar la independencia, seguridad y estabilidad del Estado, honor y soberanía del país; asegurar el imperio de la Constitución, garantizar la estabilidad del gobierno legalmente constituido (art. 244). Estos mandatos están por encima de cualquier restricción normativa.
Debemos cuestionar el trabajo de los altos mandos policiales y militares después de que la población conoció los resultados fraudulentos de las elecciones generales y se instaló el paro indefinido, porque no se conservó la seguridad, paz y el orden público; sabemos que ambas instituciones al tener el monopolio de la violencia son los instrumentos para sofocar cualquier acto que afecte la vida, libertad y propiedad privada, pero los resultados han sido desastrosos. Debemos pensar seriamente en flexibilizar la rigidez de las normas que impiden la regularización de empresas privadas de seguridad.
Recordemos que el comandante Williams Kalimán se ha proclamado como soldado antiimperialista hasta la muerte, conscripto del proceso de cambio, comprometiendo a las Fuerzas Armadas a la ideología del gobierno de turno, deliberando y parcializándose frente a los ciudadanos que no se sienten identificados con el “proceso de cambio” masista. Más aún, los soldados juran al socialismo cuando arengan: ¡Patria, socialismo o muerte! Las demostraciones de sometimiento son distintas; desde vestir con ponchos rojos hasta amenazar a opositores. Por eso, Rafael Quispe y otros le iniciaron proceso penal por incumplimiento de deberes, resoluciones contrarias a la Constitución y discriminación.
Pero, Kalimán no renunció como lo hicieron los mandos policiales serviles. Se hizo al desentendido, no garantizó el cumplimiento de la CPE, al someterse a un presidente inconstitucional que violó el art. 169 de la CPE, al ejercer una tercera gestión gubernamental cuando solo se le permitía una reelección. Entonces, Kalimán violó el art. 244 de la CPE, también el art. 108 num. 1, donde se ordena que es deber de todo boliviano cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes. Kalimán obedeció a un gobernante ilegalmente constituido, al mismo tiempo, ilegalmente elegido.
Corresponde investigarlo, junto con sus colaboradores, para establecer si han existido elementos armados irregulares extranjeros operando u comandando hordas azuzadas a la violencia, el manejo y toma de armas, francotiradores, entrenamiento de paramilitares, organización criminal para perpetrar genocidio, destrucción, deterioro de propiedad privada, instalaciones y bienes públicos, terrorismo, inseguridad, alarma, pánico colectivo, organización y financiamiento de estos grupos armados, etc. Las cuatro víctimas muertas, el centenar de heridos, algunos todavía en estado crítico, las mujeres vejadas y sus familiares lo exigen. Además, no sólo se comete delito por acción sino también por omisión de funciones.
De encontrarse responsabilidad, estuviéramos ante una traición a la patria y violación de la soberanía del país, hechos que mancillarían más la imagen de la desgastada institución, que es vista por la opinión pública como un organismo que actuó de forma tardía cuando el terror del Estado, azuzando sus movimientos sociales, rebasó la fuerza de la Policía, por todos estos elementos, es imperioso que se investigue el rol de las Fuerzas Armadas en los luctuosos acontecimientos de noviembre negro.
El autor es representante del Instituto Libertad, Capitalismo y Empresa (ILCE)
Columnas de LUIS CHRISTIAN RIVAS SALAZAR