Impuestos por “feisbuquear”

Columna
PLIEGO DE CARGOS
Publicado el 25/04/2021

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP) ha enviado a la Asamblea Legislativa Plurinacional el anteproyecto de ley para modificar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), regulado en la Ley Nº 843, con el claro objetivo de ampliar los alcances de este impuesto a los servicios digitales provistos desde el exterior (Netflix, Spotify, Amazon, Facebook, Google Ads, etc), de tal modo de consolidar la “igualdad de condiciones entre las grandes firmas del exterior que prestan servicios digitales en Bolivia y las empresas que operan formalmente en nuestro país” (sic). Hasta ahora no he conocido el texto del anteproyecto, por lo que mal podría opinar sobre su contenido y menos atreverme a valorar su utilidad dentro del sistema tributario boliviano. Pero sí me he enterado de algunos denominadores comunes en la región.

Los grandes proveedores de servicios digitales (música, películas, entretenimiento, deportes y otros rubros) cumplen sus deberes tributarios en todos los países que les han gravado sus ventas. Esto no es extraño, ni tampoco nos debe sorprender que después de la aprobación legislativa, estas grandes empresas incrementen sus precios para trasladar la carga fiscal al consumidor final. El gobierno argentino ya pasó por esta experiencia, pese a que antes de aprobar la ley puso uno y mil pretextos para justificar una lucha ficticia contra el capitalismo y las desigualdades sociales, pero en los hechos ese discurso voló como bumerang contra los consumidores y usuarios argentinos. De ser este el caso, lo propio puede que ocurra en Bolivia.

En estos días y de forma paralela, en México, el partido de gobierno ha sugerido una iniciativa para establecer un nuevo impuesto del 7% sobre las tarifas de los servicios de streaming (Netflix o Apple TV). Las características del impuesto, seguramente variarán según las peculiaridades del discurso político que sustenta el proyecto, pero lo que seguramente resultará uniforme es el afán por obtener recursos para “redistribuir la riqueza entre las clases menos favorecidas”. En el caso mexicano, y así está proyectado, el impuesto que se recaude de las empresas de servicios digitales será destinado a estimular y desarrollar beneficios en favor de los pueblos indígenas de México, esto fue lo que escuché a una diputada de Morena, partido político del presidente López Obrador. No nos pasmaría que los servidores del MEFP incorporen en su anteproyecto de ley un destino parecido, para equiparar el discurso político que tanto les une con sus pares mexicanos.

Los servidores del MEFP estiman que la recaudación tributaria será de Bs 100 millones por este nuevo impuesto, y presumo que saldrán de los bolsillos de contribuyentes de la clase media, mayoritariamente consumidores de estos productos digitales; y que ya de por sí sostienen a la economía nacional con el pago total del IVA, a través de las empresas formales que indirectamente lo recaudan.

Si el propósito es modificar el IVA para que estas grandes transnacionales supuestamente abonen el impuesto, lo que el Gobierno debería evitar es que el consumidor final en realidad termine cubriendo el tributo a través de alzas en los precios finales, por efecto de la incidencia que se produce en el último eslabón de la compraventa de servicios digitales.

Puede también ocurrir que el Gobierno del presidente Lucho se haya propuesto obligar a los bancos bolivianos que informen de las remesas de dinero al exterior por estas ventas de servicios a través de tarjetas de débito o crédito, y al mismo tiempo obligarles a que retengan un porcentaje de lo remesado para así fiscalizar a los grandes proveedores digitales. Sólo queda esperar la “socialización real” del anteproyecto de ley para debatir sinceramente con el fisco algo mucho más importante: la reforma integral de nuestro sistema tributario.

 

El autor es abogado

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