Datos, mentiras y verdades del impuesto a los servicios digitales
Como era de esperarse, el proyecto de ley sobre la implementación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los Servicios Digitales, mal llamado “impuestazo digital” o peor aún “impuesto al Internet”, fue y sigue siendo tema de debate. En las últimas semanas surgieron muchas opiniones partidistas expresamente parcializadas, afirmaciones sin fundamento estadístico, incluso dijeron que “pagaríamos impuestos por facebookear” o que “hasta los niños pagarían impuestos”. Ante esta carencia de ética por parte de actores políticos, considero un deber realizar aclaraciones al respecto.
De acuerdo con la propuesta de modificación del inciso b), artículo 1 de la Ley N° 843, el IVA a los servicios digitales está dirigido a las empresas extranjeras que reciben dinero del consumidor boliviano por un servicio cobrado, como por ejemplo por poner publicidad en Facebook o en Youtube, entre los más conocidos, y en ninguno de sus artículos dispone un “impuesto al Internet”.
Para que quede claro, el mecanismo funciona de la siguiente manera: cuando una persona decide pagarle a una transnacional como Netflix por ver un video estreno de Los Avengers, esta empresa le cobra ocho dólares, por lo tanto, es a este monto de dinero al que se aplica el IVA y no así a la conexión de Internet (nótese que cada mes recibimos la factura por este servicio de forma separada); en ese sentido, el pago de impuesto por el uso de Internet no forma parte del proyecto de norma.
Ahora bien, ¿Cuántas personas en Bolivia suelen pagar por Netflix?, ¿Es verdad que afecta a la clase media, pobre y a niños? Para responder a estas interrogantes es preciso utilizar datos estadísticos.
A este efecto, como no se cuenta con información regionalizada o por país, recurrimos a estimaciones a nivel mundial para determinar el grado de consumo global. Según información del Banco Mundial, para 2019 contábamos con una población de 7,7 mil millones habitantes en el mundo; de acuerdo con el portal de estadísticas para datos de mercado, Statista, para el mismo año fueron 167 millones de personas a nivel mundial que se suscribieron a Netflix; para Spotify fueron 155 millones; y para Uber se registraron 91 millones de usuarios activos (éste último según el sitio web Merca20).
Con esta información, se concluye que únicamente el 2% de la población mundial compra Netflix o Spotify; más aún, tan sólo el 1% es usuaria de Uber. Por ello, podemos inferir que en Bolivia no más del 2% de ciudadanos pagan por estos servicios digitales, quedando estadísticamente refutado el falso argumento de que es un impuestazo digital y que los niños, clase media, área rural, etc. se verían dañados económicamente.
Si además consideramos que la población en su mayoría no suele comprar libros por Amazon, y más por el contrario hace consultas directas a Google o descargan libros gratis de Internet; que gran parte de los bolivianos toma un micro o minibús para desplazarse y no se da el lujo de contratar un taxi por Uber para ir al trabajo; que muy pocos son los que pagan por usar Netflix Pro o escuchan música pagando a Spotify Premium; y que muchos pasan clases utilizando plataformas gratuitas como Zoom free o Google Meet, queda claro que las personas que tendrán que asumir el pago del impuesto como consumidores son quienes están en condiciones de hacerlo; por lo tanto, ni los estudiantes, ni mucho menos los niños “pagarán impuestos”. A ello debe sumarse el hecho de que si un colegio privado tiene la posibilidad de usar un servicio digital de pago, podrá hacer uso del Crédito Fiscal del IVA contenido en el precio pagado, conforme la modificación prevista para el artículo 8 de la Ley N° 843, por lo que es más que evidente que no afectará al bolsillo del padre de familia.
Las estadísticas mencionadas y las proposiciones precedentes dejan en claro que no más del 2% de los bolivianos suele comprar estos servicios. Ello significa que de una población boliviana estimada, según el Instituto Nacional de Estadística, de 11.842.000 de habitantes, el impuesto implica sólo a 237.000 mil personas, con la capacidad económica suficiente como para adquirir estos servicios.
En conclusión, el tributo se da por cobros que hacen empresas transnacionales por vender algún contenido digital exclusivo, no es un impuesto por el simple uso de Internet, no es un impuesto que pagarán los niños, no te van a cobrar por “facebookear”, y, por lo fundamentado, sólo un 2% de la población boliviana estaría pagando por estos servicios digitales provistos por empresas extranjeras.
El autor es economista