Leyes de mecenazgo
Con la Ley de Participación Cultural, el gobierno de la ciudad de Buenos Aires ha dado un gran impulso a las actividades artísticas en los últimos años, mediante exenciones tributarias a los contribuyentes que son redirigidas hacia el apoyo de la creación en diversas áreas.
Junto al ejemplo de esta iniciativa, que es de orden municipal, existen en la región otros casos de éxito con normativas nacionales, como la Ley Rouanet, de Brasil y la Ley Valdés, de Chile, que datan de los años 90 y que igualmente han logrado impulsar el mecenazgo de manera importante, disparando el apoyo privado a las industrias culturales en un 200% en el caso chileno y en un 300% en el brasileño.
Las modalidades varían desde el modelo implementado en Buenos Aires, que incluye un filtro meritocrático-estatal para aprobar proyectos culturales a través de jurados (lo que acerca el mecanismo a un fondo concursable), hasta otras más libres, donde el artista y el empresario acuerdan de manera directa los apoyos que serán presentados para la exención impositiva.
Siguiendo con el caso porteño, las deducciones al impuesto sobre los ingresos brutos van desde un 50% cuando se exige el uso de la imagen corporativa de la empresa en las actividades, hasta un 100% cuando la donación es anónima.
Me parece clave que en Bolivia se discuta la adopción de este tipo de mecanismos, sobre todo a nivel de leyes municipales de mecenazgo, que pueden representar un beneficio para todos, una fórmula win-win (en la que todos ganan) que además colocaría al artista en un escenario de libertad, alejándolo de la sujeción política a un decisor burocrático, para acceder a múltiples fuentes de financiamiento privadas.
Las exenciones tributarias pueden aplicarse por el apoyo a actividades tan diversas como la protección del patrimonio cultural y el impulso a las artes, enseñanza artística, salas de teatro, museos, archivos y bibliotecas, investigación y promoción de los artistas en el exterior, con un largo etcétera.
En el caso concreto de Santa Cruz de la Sierra, donde se estima que un 45% de las viviendas no cuentan con titulación, puede incluirse una deducción relativamente alta para quienes busquen la regularización catastral, dedicando estas exenciones a proyectos culturales en los barrios circundantes a esos domicilios.
Otra modalidad adicional de mecenazgo que pueden implementar los gobiernos municipales es la creación de plataformas digitales de crowfunding (financiamiento colectivo), que ayuden a difundir los proyectos de los artistas y a captar microdonaciones a través de las redes sociales.
Es oportuno plantear este tipo de iniciativas, pensando tanto en la reactivación económica de las empresas (que podrían apalancar su imagen corporativa y de responsabilidad social empresarial, RSE) como de las actividades artísticas, que han sufrido un fuerte embate por la pandemia y los confinamientos.
El autor es escritor y periodista
Columnas de EMILIO MARTÍNEZ CARDONA