Vicisitudes de la reforma judicial (II): la formación profesional
Debemos partir de una premisa irrefutable: la necesaria y urgente reforma judicial que está exigiéndose en el país para poder recuperar un mínimo del sitial de responsabilidad y seguridad que deben tener los operadores de justicia (magistrados, jueces y funcionarios de menor rango) para el cumplimiento de sus delicadas labores, es la formación profesional de sus componentes que deben ser abogados.
Es una verdad de Perogrullo que solo los abogados pueden ser magistrados o jueces y, consecuentemente, los aspirantes a estas funciones deben primero profesionalizarse y titularse de abogados para después poder pretender ser elegidos o designados como magistrados o jueces (salvo los funcionarios de rango menor que serán, en todo caso, estudiantes de derecho), y eso nos lleva al origen mismo de la formación como profesionales abogados que los estudiantes reciben en las facultades de derecho de las diferentes universidades públicas o privadas.
Esto nos lleva a considerar algunas reflexiones, inherentes al comportamiento de los profesionales encargados y responsables de administrar justicia.
Desconozco la cantidad de facultades de derecho que existan en Bolivia, aunque es obvio que la mayoría absoluta de las universidades públicas o privadas tienen en su oferta de estudios la carrera de derecho. No es un secreto que muchos de los estudiantes de derecho escogen esa carrera porque no se sienten capacitados para las matemáticas u otras materias técnicas, dejando de lado un elemento primordial en la vida de las personas que es la vocación. Este aspecto tiene una lógica consecuencia: la deficiente profesionalización al acceder a actividades para las cuales ese profesional estará capacidad técnicamente en el derecho, él no va a sentir, en lo profundo de su ser, que es el operador de un alto valor moral como es la justicia y la defensa de los derechos de las personas.
No es materia de este artículo analizar el comportamiento institucional de las universidades en sus carreras de derecho, sobre la formación profesional de los estudiantes, pero sí es parte inherente al conocimiento del graduado y en especial al comportamiento que deba mostrar en su vida profesional.
Hay una materia o, por mejor decirlo, un aspecto que no creo que ninguna universidad pública o privada tenga en su pensum: es el estudio y la formación en ética, del estudiante de derecho. Sabemos que este alto valor axiológico tiene dentro de sí el conjunto de normas morales que rige la conducta humana, es una cuestión de responsabilidad práctica, personal y cotidiana. La ética se debe aplicar en cada momento, y en todas las actividades que tenemos, porque es o debiera ser una cualidad esencial de las personas, debe formar parte integrante de la vida cotidiana.
El desempeño en la vida profesional de un abogado que no se encuadre en la ética ya es desdeñable, pero se agrava tremendamente cuando ese profesional abogado desempeña las funciones de magistrado o juez y su conducta, por ausencia de ética, destroza la seguridad, la confianza, y afecta de diferentes maneras la vida de relación en sociedad, al atentar contra la seguridad jurídica. Así quien debe defender el derecho y aplicar la justicia, por ausencia de ética, tuerce la verdad y beneficia lo incorrecto.
Si buscamos una verdadera revolución transformadora en la administración de justicia, se debe empezar por revolucionar el pensum y la formación académica de las facultades de derecho en todas la universidades públicas o privadas, de modo que el estudio y formación del estudiante de derecho esté sustentado en la ética.
Así podrá ser posible que cuando esos estudiantes sean profesionales, exista una seguridad moral que dé seguridad jurídica a la población en general, en el accionar de quienes sean designados magistrados o jueces.
El autor es abogado
Columnas de FERNANDO RODRIGUEZ MENDOZA