Novedades desde el frente
L a ch’ampa guerra está que arde en el frente de batalla entre los “hermanos” del proceso de cambio y, como escribiría nuestro siempre extrañado Paulovich, no hay orden de parar. Entre varios, uno de los frentes de hostilidades se sostiene en el ámbito del derecho, sea en la Asamblea Legislativa o en el estrictamente jurisdiccional, con el ya —a estas alturas de los disparos— inocultable propósito de evitar o lograr que el cocalero obtenga la candidatura del oficialismo o, de lo que queda del mismo. Veamos pues, a título de especulación —aunque con base fáctica— por dónde vendrían los tiros:
Un frente de batalla se libra en la Asamblea Legislativa y tiene que ver con el, hasta el momento, infructuoso proceso para la elección (también demostrablemente fracasado) de altos cargos del sistema de justicia.
Luego de la jalada de orejas desde nada menos que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) con su sentencia No. 060/2023, no parece existir luz al final del túnel y la espada de Damocles de los tiempos está en la cabeza no sólo de la clase política ahí representada, que sigue sin dar la talla, sino también del soberano.
Obviamente, ese laberinto resulta, en parte importante, de esa ch’ampa guerra y de los cálculos de las facciones para volver a poner a los suyos, para que se los inventen algunas cosillas, se los saquen de circulación a otros, etc.
Naturalmente, esos cálculos incluyen lo que eventualmente esos tribunales de cierre del sistema podrían decidir en el inmediato futuro sobre la constitucionalidad, convencionalidad o legalidad de la candidatura del cocalero, etc. Más abajo, amplío.
Otro frente que acaba de ser abierto, es el anuncio del ministro de Justicia de pleito a su ex amado y venerado jefazo, por delitos contra el bien jurídico del honor. Si bien, dada su naturaleza privada y punibilidad, en caso de una eventual condena ocurre que, precisamente una sentencia de culpabilidad ejecutoriada —por muy perdonada o suspendida por el procedimiento que sea— podría generar la imposibilidad de habilitación del condenado para su candidatura, y/o la cesación de un eventual mandato.
La Constitución Política del Estado (CPE) usa un término bastante indeterminado (Mostajo Machicado dixit) sobre las “condiciones generales de acceso al servicio público” para postularse a la presidencia del Estado y, es práctica común, exigir para ese tipo de postulaciones o posesiones, un certificado del Rejap (Registro de Antecedentes Penales) completamente limpito e inmaculado, es decir, sin sentencia ejecutoriada, etc. (Dejo a mis colegas la deliciosa discusión sobre los alcances de los beneficios postcondena).
Naturalmente, un tribunal adicto al poder o convenientemente “aceiteado”, podría interpretar “maravillas” para evitar que algún condenado —así sea por delitos privados, perdonados o suspendidos— se postule o se posesione a la presidencia. Peor en el caso del que sabemos…
Otro frente acaba de ser introducido por el ministro de Justicia al indicar que el TCP tendrá que dilucidar los alcances futuros de la ya famosa Opinión Consultiva No. 28/21 de la Corte IDH sobre la reelección presidencial indefinida en sistemas presidenciales; aquella que resolvió precisamente que los “fundamentos” del esperpento de la SCP No. 084/2017 del “derecho humano” de su jefazo para candidatear sin límites, no daban ni para chiste de mal gusto.
Pues bien, sostengo que a esta altura del partido, toda vez que las opiniones consultivas no son retroactivas, ya no es necesario declarar la nulidad o lo que sea de tal esperpento (muy bien cuidado por los actuales tribunos) a partir de la vinculatoriedad de aquella opinión consultiva 28/21, sino, simplemente, lo así resuelto deberá ser acatado por los agentes estatales internos, incluyendo los bolivianos, por supuesto.
Ello implica un amplio abanico de posibilidades ante eventuales discusiones sobre su aplicabilidad en futuras candidaturas: podría ser el Órgano Electoral el que se manifieste al respecto, directamente o enviándole el pleito al TCP vía consulta de constitucionalidad; una similar del Ejecutivo o una acción de inconstitucionalidad o hasta un amparo contra alguna de esas resoluciones; con lo que nuevamente, la guerra podría dilucidarse en estrados judiciales, siendo de altísima importancia entonces, quienes serán los decisores.
Así el estado del arte de las hostilidades en su vertiente jurídica, todo indica que la madre de todas las batallas se ventilaría en esos ámbitos y con esas mis especulaciones que, insisto, obedecen a los datos de la realidad. Por supuesto que “la calle” también pondrá lo suyo, incluyendo los congresos, bloqueos, denuncias y “khaleaduras”, ya anunciadas o en curso.
En todo caso y a la vista de ese estado, me es imposible no acordarme de aquello de H. C. F. Mansilla: “Conociendo las actividades políticas en América Latina, paulatinamente me di cuenta de que el ejercicio continuado de la política es la suma de la indignidad y la obscenidad”.
Columnas de ARTURO YÁÑEZ CORTÉS