¿Qué impide convocar a elecciones judiciales?
Es difícil explicar cómo el proceso legislativo para la realización de las elecciones judiciales está entrampado en el Parlamento sin considerar la posibilidad de propósitos político-partidarios que desdeñan la institucionalidad o la incapacidad real de los asambleístas.
“Parece una metáfora de la actual democracia boliviana, pero es, en realidad, un delicado problema que puede dar lugar a un descalabro en el andamiaje jurídico del país”, dijimos el pasado 29 de agosto en este espacio refiriéndonos al trámite legislativo necesario para la realización de las elecciones judiciales.
Ese proceso era y es urgente, pues, como lo establece la Constitución, las máximas autoridades del Órgano Judicial terminan su mandato el 31 de diciembre y deben ser reemplazadas, el 2 de enero de 2024, por otras electas en unos comicios imposibles de realizarse a tiempo.
Pero no es tiempo lo que les faltó a los asambleístas para debatir y sancionar las normas necesarias. El proceso comenzó la primera semana de marzo y el 27 de ese mes la ALP aprobó el reglamento y convocatoria para la preselección de postulantes habilitados para participar de las elecciones que debían realizarse el primer domingo de diciembre de este año.
Tres semanas después, una sala constitucional de Beni anulaba la normativa para la preselección de candidatos judiciales. El 20 de abril, la ALP aprobaba una nueva convocatoria y un nuevo reglamento, y, una semana más tarde, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) congelaba todo el proceso como efecto de la admisión de un recurso de inconstitucionalidad abstracta presentado por un diputado opositor contra las mencionadas normativas.
Previendo que el TCP demoraría en emitir el fallo correspondiente, el Órgano Ejecutivo presentó un proyecto de ley para modificar los plazos que la ALP aprobó y el Presidente promulgó el 5 de junio.
El TCP emitió su fallo el 31 de julio, anulando por inconstitucionales la convocatoria, el reglamento de preselección de candidatos a magistrados y la denominada ley corta para garantizar los comicios, y obligando a la mayoría oficialista, del MAS, en el Parlamento a consensuar con la oposición la normativa necesaria para los comicios judiciales.
Ese pudo lograrse el 31 de agosto, pero sólo en la Cámara Senadores que aprobó un proyecto de ley para realizar las elecciones judiciales en 90 días. Una comisión de la Cámara de Diputados elevó en consulta ese proyecto ante tres ministerios, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el Consejo de la Magistratura.
Y ayer el TSJ pidió al TCP paralizar el tratamiento de ese texto legislativo por dudas acerca de su constitucionalidad y porque “carece de legitimidad material”.