Entre la urgencia de la paz y el peso de la ley
El análisis que propone abordar la crisis actual mediante la anulación de la orden de aprehensión contra Mario Argollo y otros plantea un dilema tan viejo como la política misma: ¿se puede sacrificar la justicia en el altar de la paz social?
Ante una ciudad de La Paz que cumple más de un mes bajo un cerco inhumano, desprovista de oxígeno medicinal y asfixiada económicamente, el pragmatismo de la propuesta es comprensible, incluso tentador. Sin embargo, apagar el incendio de hoy hipotecando los cimientos del Estado de derecho para el mañana es un riesgo que Bolivia no puede permitirse. La ley existe para hacer justicia, no para calmar a los violentos.
Apelar al uso de la fuerza mediante un estado de excepción, de forma irresponsable es, ciertamente, un camino complejo. La memoria colectiva de los años 2000 y 2003 nos recuerda que la represión estatal desmedida en contextos de alta polarización social suele actuar de acelerador de la violencia.
Sin embargo, la salida no puede ser la capitulación. No se trata “solo” de administrar conflictos de forma coyuntural ni de ceder sistemáticamente al chantaje. Para evaluar si el pragmatismo de "ceder hoy para pacificar" realmente funciona, vale la pena recordar a Carlos Mesa, quien en su momento "amnistió" a los golpistas del año 2003, y preguntarse seriamente si ese modelo funcionó o si, por el contrario, solo pavimentó el camino para la normalización de la impunidad.
El problema radica en el mecanismo de concesión propuesto. Dejar sin efecto una orden de aprehensión jurídicamente correcta envía un mensaje devastador: que la ley es elástica y que la asfixia de las ciudades otorga impunidad de facto.
Bolivia vive una profunda desinstitucionalización y la pulverización de su Constitución en los últimos 20 años. Ante este escenario, se hace urgente recordar una verdad elemental: "Los países que funcionan bien son los países que conviven en el marco de la Constitución y el imperio de la ley". Fuera de ella, solo queda la arbitrariedad y la resignación boba.
No hay que romantizar los “bloqueos” revolucionarios bajo el fetiche de que son expresiones puras de protesta social. Cuando una movilización corta el paso de ambulancias, priva a una población de insumos médicos y amenaza con “alfombrar la autopista con cadáveres”, deja de ser un derecho y se convierte en un acto de asfixia criminal.
Las marchas, para ser legítimamente “pacíficas”, no deben portar palos, dinamita y mucho menos armas de fuego; lo contrario queda a la imaginación de los lectores.
Ante esta violencia desatada, el orden constitucional prevé herramientas de defensa que la misma ciudadanía empieza a exigir. Rodrigo Paz cuenta hoy con un claro mandato popular en las urnas y en las calles: cabildos en Santa Cruz, La Paz y Sucre piden formalmente al presidente aplicar el estado de excepción.
La población civil no puede quedar en la total indefensión frente a discursos hipergarantistas que resultan paradójicos. Parecería que a los militares destinados al estado de excepción se les debe tomar un examen previo para que reciten de memoria los derechos humanos; una enternecedora preocupación por la integridad de sujetos que apedrean ambulancias, mientras se ignora olímpicamente a las víctimas del cerco. Parafraseando a Karl Popper: en nombre de la tolerancia, hay que reclamar el derecho de no tolerar a los intolerantes.
Para evitar que la pacificación se funde sobre el vacío legal, la salida no debe ser la anulación de la ley, sino su administración estratégica y firme a través de vías institucionales. Una contrapropuesta viable exige un esquema de tres pasos:
Garantías procesales, no impunidad: En lugar de anular la orden de aprehensión, el Ministerio Público y el Órgano Judicial podrían evaluar la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva o la suspensión temporal de la ejecución de la orden, estrictamente condicionadas a la instalación inmediata de la mesa de negociación y al levantamiento definitivo de los bloqueos. Argollo, y otros, deben comparecer ante la ley; el Estado puede ofrecer garantías para que lo hagan, pero la ley no se negocia ni se archiva.
Institucionalizar el reclamo (la delegación presidencial): Crear una instancia con recursos y capacidad de decisión ataca la raíz del conflicto: el sentimiento de exclusión política y social. Es aquí donde el Gobierno debe mostrar gestión, ofreciendo canales de representación reales para que el agravio se canalice hacia la política pública y no hacia el bloqueo criminal.
Reciprocidad estricta e inmediata: La mesa de diálogo no puede instalarse bajo las condiciones de los movilizados. El restablecimiento del libre tránsito y el ingreso de insumos médicos a La Paz deben ser precondiciones inmediatas. Una negociación horizontal exige que ambas partes cedan: el Gobierno flexibilizando las formas de la comparecencia judicial y los sectores movilizados renunciando de inmediato a la asfixia de la población civil. No se puede dialogar con una pistola apuntando a la cabeza de las ciudades.
El realismo político es necesario, pero debe ser un realismo institucional y con autoridad. La paz social no será duradera si se sostiene sobre el resentimiento de los ciudadanos que sufren el cerco ni sobre la capitulación de la justicia.
Es posible sentar a los actores a la mesa sin dinamitar las instituciones; la clave está en cambiar la capitulación judicial por una salida política reglada, donde el diálogo sea el puente, el bienestar ciudadano la prioridad, y la Constitución el límite absoluto. Vale.
El autor es economista y filósofo
Columnas de GUSTAVO V. GARCÍA





















