Derecho propietario: Ley permitirá regularizar predios que fueron “loteados” hasta 2011

País
Publicado el 16/09/2019 a las 2h02
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El proyecto de Ley 064 de modificación a la Ley 247 que modifica la Ley 803 y la Ley 905 de Regularización del Derecho propietario sobre Bienes Inmuebles Destinados a Vivienda permitirá que se regularicen los predios ilegales que se asentaron en terrenos privados o públicos hasta antes del 31 de diciembre de 2011.

Según el proyecto de ley, que fue aprobado por el Senado el pasado 5 de septiembre y que pasó a la Cámara de Diputados, la regularizqación del derecho propietario será posible si se cumple una serie de requisitos, entre los que destaca que el predio sea habitado de forma pacífica y continua hasta antes del 31 de diciembre de 2011.

La anterior normativa permitía la regulación de predios urbanos asentados hasta el 31 de diciembre de 2007.

La norma también permitirá que quienes tengan observaciones en los títulos propiedad de algún terreno por algún error en el nombre del titular o en los planos del terreno podrán realizar un trámite administrativo para hacer la modificación del mismo, evitando así los procesos judiciales que se realizaban y agilizando el procedimiento.

El abogado y exmagistrado del Tribunal Agroambiental Luis Arratia explicó que esta ley permitirá algo que hasta ahora no se había hecho, que es que los predios ilegales en terrenos del Estado sean regularizados.

“Se está dando la posibilidad de que se entreguen títulos de propiedad sobre asentamientos ilegales en propiedades públicas, o sea, la ley establece que aquellas personas que estén asentadas desde 2011 en propiedades que pertenecen al Estado pueden solicitar que se les venda terrenos para que puedan obtener su derecho de propiedad. Eso nunca se ha visto”, señaló Arratia.

El exmagistrado explicó que estas modificaciones pueden ser consideradas como un “exceso, porque es legalizar un acto irregular, hasta delincuencial, porque se han entrado a terrenos que pertenecían al Estado”.

Uno de los impulsores de este proyecto, el senador Efraín Chambi (MAS), participó el viernes en una reunión de socialización de la ley y explicó que la regularización será para los “asentamientos humanos continuos y discontinuos”.

“Esta normativa emerge porque se ha entendido que el derecho a la vivienda es un derecho básico y prioritario para todo boliviano y boliviana, que además tienen derecho a acceder a los servicios básicos (sin derecho propietario no pueden hacerlo)”, dijo.

El senador aclaró que la intención no es beneficiar a los loteadores y avasalladores.

Según explicó el presidente de la Cámara de Diputados, Víctor Borda (MAS), los Gobiernos descentralizados “podrán vender esos terrenos a personas que ya se encuentran viviendo en bienes inmuebles, debiendo entregar los documentos y un plano aprobado”.

La misma se debe hacer a través de una ley municipal que luego debe ser aprobada por la Asamblea Legislativa.

El legislador aseguró que esta ley no es para legalizar los loteamientos.

La ley también indica que por el crecimiento urbano, las alcaldías tendrán un periodo para homologar las nuevas manchas y delimitaciones.

 

No se pagarán multas. Cuando una vivienda sea regularizada, deberá cumplir con los impuestos, pero no pagará las multas.

 

LOS INQUILINOS NO PUEDEN REGULARIZAR

Para evitar problemas con quienes no son propietarios del inmueble a regularizar, la ley contempla que los anticresistas, inquilinos, cuidadores o vigilantes de una vivienda no pueden presentar la demanda para la regularización del derecho propietario, según explicó el presidente de la Cámara de Diputados, Víctor Borda.

“Los inquilinos, anticresistas, cuidadores, vigilantes, por más que presenten la demanda, no se procederá a la regularización porque el demandante no tiene esa posibilidad de ser poseedor.

La ley está absolutamente clara respecto a estos hechos”, explicó el diputado durante la aprobación de las modificaciones.

 

POSESIÓN PACÍFICA Y CONTINUA, UNO DE LOS REQUISITOS A CUMPLIR PARA LA REGULARIZACIÓN

REDACCIÓN CENTRAL

Nueve requisitos están establecidos para la presentación de la demanda de regularización de derecho propietario. Entre ellos, la posesión pacífica y continua es el que más destaca, según detalló el presidente de la Cámara de Diputados, Víctor Borda.

Las modificaciones a la Ley 247 permitirán que los propietarios que no cuenten con título de sus viviendas puedan acceder a la misma, cumpliendo con la presentación de varios documentos.

“Quienes pueden acogerse a la regularización, primero una posesión pacífica y continua sin disturbio, no puedo entrar con violencia. El segundo requisito es que se encuentre dentro del radio urbano, no se puede aplicar esta ley en área rural”, apuntó.

La presentación de documentos que acrediten la titularidad o antecedente dominial (se debe adjuntar declaración jurada ante notario de fe pública), el certificado técnico catastral emitido por el Gobierno Autónomo Municipal, el certificado de no propiedad urbana a nivel nacional emitido por Derechos Reales, la declaración testifical de dos vecinos colindantes, fotocopia de cédula de identidad y croquis de la ubicación actual de la vivienda, además de un documento que demuestre la posesión anterior al 31 de diciembre de 2011, son los documentos que deben adjuntar a la demanda.

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