CC denuncia que Procurador ejerce ilegalmente el cargo
La alianza Comunidad Ciudadana (CC) solicitó este lunes al vicepresidente David Choquehuanca convocar a una Sesión del Pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para considerar “la objeción de la designación del Procurador General del Estado”.
El jefe de bancada de CC en la Cámara de Diputados, Carlos Alarcón, en conferencia de prensa, manifestó la necesidad de analizar la denuncia presentada contra el procurador Wilfredo Chávez, sindicado de haber actuado contra el Estado.
“Lo que queremos es que se respete el cumplimento de la ley, que se haga esta sesión y que, a diferencia del caso del anterior procurador, en la nota que dirijo al Vicepresidente del Estado le digo que se lo cite al Procurador para que nos explique lo que responde, que no patrocinó ningún caso y está en los antecedentes un caso en el que figura su nombre”, refirió.
En pasados años, Chávez, en ejercicio libre de la abogacía, representó a entidades privadas en casos contra el Estado, lo que le impediría ser elegido y menos designado como procurador.
Chávez fue abogado de la empresa china CAMC en una acusación presentada por el Estado. La ley establece que un abogado que haya actuado contra los intereses estatales no puede ser elegido como procurador, una oficina que precisamente se dedica a defender los intereses públicos.
Asimismo, fue abogado del expresidente Evo Morales y se cree que su designación fue inducida por el exmandatario.
“(El presidente Arce) hizo una designación ilegal de un procurador que no cumple los requisitos que establece la ley”, y señaló que el vicepresidente Choquehuanca intenta dilatar los requerimientos para que no se sesione sobre este caso. Arce posesionó el 12 de noviembre a Chávez como el nuevo procurador general del Estado.
Objeción a designación
El artículo 14 de la Ley 064 de la Procuraduría General del Estado sobre la “objeción de la designación de la Procuradora o el Procurador General del Estado”, la ALP en un plazo no mayor de 60 días podrá objetar la designación de la autoridad, por dos tercios de votos de los miembros presentes.
Para que la objeción sea procedente, deberán mediar las causales de inhabilitación. El procedimiento de impugnación en la ALP se establecerá conforme a la normativa vigente.
El inciso 11 del artículo 12 de la 064 entre los requisitos se establece “no haber tenido ni patrocinado procesos judiciales y acciones en contra del Estado durante los últimos cinco años anteriores a su nombramiento”.