Reelección indefinida ya no está vigente en Bolivia, según Lima
El ministro de Justicia, Iván Lima, aseguró ayer que en Bolivia ya no hay reelección indefinida porque la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) ya fijó un límite de postulaciones con las leyes de convocatoria a elecciones nacionales y subnacionales en 2020 y 2021, respectivamente.
“La reelección indefinida ya ha sido definida por la ALP que la prohíbe legalmente. Bolivia ya ha resuelto el problema, solamente se permite una reelección y no así una reelección indefinida, por lo tanto, la opinión consultiva habría llegado ya fuera de tiempo, Bolivia, por ley, ha establecido que no puede haber reelección indefinida”, explicó en El Deber Radio.
Lima aseveró que la opinión consultiva que cursa en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre si la reelección es un derecho humano “llega tarde” porque el país ya resolvió ese tema; sin embargo, será el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) el órgano que defina los alcances de ese fallo, que aún no fue publicado por el organismo internacional.
La opinión consultiva fue solicitada por el Gobierno colombiano de Iván Duque en octubre de 2019, ante varios casos de reelección indefinida en la región.
“Lo más probable es que sea nuestro Tribunal Constitucional el que determine qué alcance de aplicación va a tener, en el país, esta opinión por un principio de soberanía”, dijo.
Detalló que no se trata de una opinión específica ni exclusiva para Bolivia, por lo que no es probable que se juzgue a los exmagistrados que aprobaron la Sentencia Constitucional que dio curso a la reelección indefinida de Evo Morales en 2017.
“Lo que hará es marcar jurisprudencia a nivel regional. No se ha juzgado a Evo Morales ni a Bolivia”, aseguró, a tiempo de recalcar que lo se está bajo la lupa de la corte es la figura de la reelección indefinida, no de la reelección limitada.
Sin embargo, detalló que la Constitución boliviana reconoce los derechos humanos mientras sean más progresivos, es decir, que, si el estándar de protección de los derechos humanos es mayor que el boliviano, se aplica el estándar internacional.
Los fallos de la corte se aplican en adelante y no generan obligación en los estados, aseguró.
“Lo que defina la Corte-IDH se aplicará para lo sucesivo. Como Gobierno, vamos a opinar una vez que conozcamos la Opinión Consultiva. En Argentina, la Corte Suprema determinó que la Corte-IDH no es una cuarta instancia de decisión y por lo tanto sus fallos no son vinculantes”, mencionó, advirtiendo que es probable que suceda lo mismo en el país.
Ya el procurador general del Estado, Wilfredo Chávez, había adelantado que cualquier decisión de la corte no es vinculante y en caso de serlo, no es retroactivo.
Del 24 de mayo al 25 de junio, la Corte IDH llevó adelante su 142 período ordinario de sesiones, en el que se agendó la deliberación de la Opinión Consultiva que solicitó Colombia en octubre de 2019 en busca de dilucidar si la reelección presidencial indefinida es un derecho humano protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
¿Qué dice la ley?
Según Lima, las leyes de convocatoria a las elecciones de 2020 ya anularon la reelección indefinida.
La Ley 1266 de Régimen Excepcional y Transitorio para la Realización de Elecciones Generales, del 24 de noviembre de 2019, promulgada por la presidenta transitoria Jeanine Áñez, señala en su artículo 19, parágrafo II, que “las y los ciudadanos que hubieran sido reelectos de forma continua a un cargo electivo durante los dos periodos constitucionales anteriores, no podrán postularse como candidatos al mismo cargo electivo”.
En tanto, la Ley 1353 de Régimen Excepcional y Transitorio para la realización de las elecciones subnacionales 2021, del 14 de diciembre de 2020, promulgada por el presidente Luis Arce, señala en su artículo 2, que “para las elecciones subnacionales 2021 se aplicarán los criterios de composición y forma de elección utilizados en el proceso electoral de las elecciones de 29 de marzo de 2015”, es decir, cuando no estaba vigente la Sentencia Constitucional 0084/2017, que habilitó la reelección indefinida.
OPOSICIÓN PIDE PROCESO PARA EXMAGISTRADOS
Para la oposición el inminente fallo de la Corte-IDH contra la reelección debe ser un antecedente para iniciar procesos penales contra los exmagistrados constitucionales que aprobaron la repostulación indefinida en 2017.
El diputado Alejandro Reyes, de Comunidad Ciudadana (CC) aseguró que esos fallos son retroactivos y que el Gobierno deberá cumplir porque es vinculante.
“Toda la gente que ha participado de esa reelección debe responder al país y no podemos permitir que un caudillo se escude en los derechos humanos”, dijo.
El gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho (Creemos), aseveró que no sólo los exmagistrados sino el expresidente Evo Morales deben ser procesados.
En tanto, el diputado del MAS, Juanito Angulo, opinó que el fallo de la Corte-IDH marcará una jurisprudencia a nivel regional que todos los países asumirán de manera sucesiva, pero “no es una decisión específica y exclusiva en contra de Evo Morales o el Estado Plurinacional”.























