Jaime Aparicio: “Evo Morales y todos los que avalaron su candidatura están en un gran problema”

País
Publicado el 15/08/2021 a las 16h41
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El revuelo político sin precedentes que está provocando el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) recién empieza y todavía dará mucho que hablar. Lo menos que se puede decir es que el expresidente Evo Morales y todos los funcionarios que en su momento avalaron su “reelección indefinida” están metidos en un gran problema.

La Corte IDH emitió su dictamen el viernes y, en pocas palabras, dijo que la reelección indefinida no es un derecho humano. Evo Morales y el Movimiento Al Socialismo (MAS) pretendieron hacer creer todo lo contrario a Bolivia.

“La reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos ni por el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos. La prohibición de la reelección indefinida es compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y la Carta Democrática Interamericana”, dice textualmente el fallo.

Para dilucidar la importancia y las consecuencias de este dictamen para Bolivia y América Latina, conversamos con el exdiplomático y exembajador boliviano ante la Organización de Estados Americanos (OEA) Jaime Aparicio.

Aparicio está convencido de que Morales jamás debió ser candidato para un cuarto mandato y lo que hizo el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), al interpretar la Convención Interamericana de Derechos Humanos, es una violación a la Constitución que merece sanción.

En lo que sigue, el exdiplomático que reside en EEUU da sus argumentos.

—¿Cuáles son las funciones de la Corte IDH y, en este marco, cómo llega a conocer el caso boliviano de la reelección indefinida?

—Es un tribunal que tiene dos competencias fundamentales: la primera es recibir las denuncias de violaciones individuales de derechos humanos que se presentan en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Por ejemplo, una víctima de DDHH primero va a la Comisión y, una vez que pasa ese filtro, pasa a la Corte IDH. Entonces se convierte en un verdadero juicio que concluye con una sentencia de cumplimiento obligatorio.

La segunda es la opinión consultiva de cuestiones que le plantean los Estados o la propia OEA.

La Comisión u otros órganos de la OEA pueden hacer consultas a la Corte sobre temas de derecho internacional y ésta las resuelve.

En el caso que nos ocupa, estamos hablando de una opinión consultiva que le hizo Colombia a raíz de que se estaban planteando en dos o tres países de la región, sentencias constitucionales en sentido de que la reelección indefinida era un derecho humano.

Y aquí viene algo importante: el único órgano que puede interpretar a la Convención Americana de Derechos Humanos es la Corte IDH.

—Entonces parece que el Gobierno de Morales o no sabía ese detalle o simplemente lo pasó por alto.

—El entonces Gobierno de Bolivia tuvo toda la posibilidad de hacer su consulta antes de incorporar a su líder Evo Morales como candidato.

Tenía todo el derecho de preguntarle a la Corte IDH si efectivamente es un derecho humano la elección indefinida. Pero como sabían que en la Corte les dirían que no, porque había antecedentes de jurisprudencia, obligaron al Tribunal Constitucional de Bolivia a fallar y tomar decisiones. Ahí está el primer problema.

El TCP no tenía la posibilidad ni la jurisdicción para interpretar lo que dictamina la Convención Interamericana, en sentido de que estaba por encima de la Constitución Política del Estado (CPE) de Bolivia.

El TCP no puede interpretar si es o no un derecho humano porque simplemente no es su competencia; sólo la Corte puede interpretar.

El TCP determinó que la reelección sí es un derecho humano y el Tribunal Supremo Electoral (TSE) de la época de Morales acepta el dictamen del TCP y habilita a Evo Morales como candidato. Eso también es una ilegalidad.

—Cuando la Corte IDH dictamina que la reelección indefinida no es un derecho humano, ¿qué le está diciendo al TCP?

—Básicamente, que no tiene competencia para interpretar la Convención Americana y, por tanto, tenía que haberse aplicado la Constitución de Bolivia y que la decisión de hacer candidato a Evo Morales viola la propia Carta Magna.

Evo Morales jamás pudo haber sido candidato por cuarta vez, eso es totalmente violatorio porque en la CPE estaba claramente explicado que no era posible reelegirse. A partir del segundo mandato terminaba su posibilidad.

Es un mensaje muy contundente y en un país con leyes y reglas de juego que se respetan, el TCP y TSE deberían ser sometidos a un proceso por haber ejercido actos para los cuales no estaban facultados.

Incluso va más allá, al haber sido inscrito como candidato de forma inconstitucional e ilegal no se puede hablar ni siquiera del supuesto “golpe de Estado”.

Y esto mismo se aplica, por ejemplo, al presidente de Nicaragua, porque a partir de este fallo también Daniel Ortega es un presidente ilegal e inconstitucional, porque usaron el mismo truco.

—En caso de que los hechos de octubre de 2019 no hubiesen sucedido, es decir que el fraude no se hubiese consolidado y Morales fuera presidente, se emite ahora este fallo de la Corte, ¿en qué quedaría el cuarto mandato de Morales?

—Hubiera sido claramente un Gobierno ilegítimo e inconstitucional, como es el de Ortega en Nicaragua. Seguramente se quedaría en el poder con el uso de la fuerza, pero en una situación precaria porque muchos países no reconocerían su legalidad ni legitimidad.

Este fallo pondría en cuestión su legitimidad como presidente.

—Los funcionarios que avalaron la candidatura de Morales podrían ser sometidos a juicio. ¿Qué instancias serían las responsables de los procesos?

—Serían juicios en Bolivia por haber violado la Constitución. Eso está dentro de nuestras leyes. Cualquier juez o persona que viola la Constitución está sujeto a proceso.

La CPE era muy clara, no necesitaba interpretación porque dice que una persona puede acceder a la presidencia sólo por dos mandatos continuos.

Eso está claramente establecido. Ellos han interpretado a su medida y antojo una norma de la Convención Americana que dice que todos tienen derecho a ocupar funciones públicas. Eso han interpretado como si Morales tuviera el derecho de presentarse indefinidamente a la Presidencia, lo cual era absurdo, pero lo hicieron.

Usaron esa argucia, pero no les ha resultado porque la Corte les ha dicho que no es así. Es un delito en cualquier lugar del mundo.

—Ahora, Evo Morales está en una etapa de preparación para las elecciones de 2025. ¿En qué medida le afecta este fallo para esa pretensión?

—Si él no se hubiese presentado ilegalmente para dos mandatos, era claro que podía esperar para un tercero y presentarse posteriormente, pero ahora queda la figura que se ha presentado ilegalmente.

Entonces, en un país con reglas que se respeten y donde hubiese Estado de derecho, alguien que viola la Constitución e impone una candidatura de forma inconstitucional, debería ser sancionado con la prohibición de reelegirse.

Es como cuando se le quita la personería jurídica a un partido político que comete delitos en un proceso electoral.

De la misma manera, la persona que comete este tipo de delito debería ser sancionada con la prohibición a ser candidato por haber intentado reelegirse violando la Constitución.

Lamentablemente, ya sabemos cómo funciona la justicia en Bolivia: eso es algo que no va a ocurrir.

—Tomando en cuenta lo que dice de la justicia boliviana, de que difícilmente esta podría llevar adelante un juicio contra Morales, ¿hay alguna instancia internacional a la que se pueda recurrir?

—Podría ser. En el sistema interamericano de Derechos Humanos se presentan víctimas cuyos derechos fueron vulnerados. En este caso, por ejemplo, quienes podrían presentar la denuncia ante la Comisión, no ante la Corte, pueden ser los damnificados en la elección, Carlos Mesa. Él puede presentarse como víctima de una violación en el sentido de que su candidatura legítima se vio dañada por la presencia de un candidato ilegal.

Otras personas también pueden presentarse argumentando que esa candidatura ilegal también les ha afectado.

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