Litigio por el Silala. Curso del agua, obras hidráulicas y pagos, claves que definirán el fallo
Por lo menos cinco factores son fundamentales para el fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya sobre el diferendo de las aguas del Silala que enfrenta a Bolivia y Chile. En 2016, la nación mapochina demandó al país ante la alta Corte pidiendo que declarara al Silala como un río internacional, pero recibió una contrademanda en 2018, por la que Bolivia argumentaba la soberanía sobre los canales artificiales, el flujo de agua artificial por el que debe recibir una compensación económica.
En lo que va de los alegatos orales en el tribunal internacional, salieron a luz aspectos cruciales que incidirán en la decisión que vayan a tomar los jueces, misma que no se conocerá de manera inmediata, sino a la conclusión de las exposiciones de las partes, y se prevé que por lo menos tarde como mínimo seis meses.
1. Curso de agua, ¿internacional?
La demanda inicial chilena se activó ante la declaración del 23 de marzo de 2016, del entonces presidente Evo Morales: “He instruido a Diremar que estudie las alternativas jurídicas para asumir la defensa de nuestras aguas del Silala ante las instancias internacionales”.
Sin embargo, La Moneda se adelantó y planteó la demanda para evitar que se impidiera el flujo de las aguas del Silala, además que se trata de un río internacional.
Ante esto, Morales, mediante sus redes sociales, atacó a Chile y escribió tres mensajes duros: 1.- “Robar es apropiarse de lo ajeno, como se lo hace con los recursos de un pueblo vecino”. 2.- “Canalizan nuestros manantiales del #Silala sin permiso. Concluye la concesión y continúa el saqueo”. Y 3.- “Además de que nos roban, nos demandan. ¡Que lo sepan los pueblos del mundo!”.
Bolivia defiende que las aguas del Silala eran originalmente unos manantiales nacidos en su territorio, pero que fueron canalizadas hacia la frontera debido a unas obras hechas por una empresa chilena de ferrocarriles, Bolivian Antofagasta Railway, en los años 20 del siglo XX.
2. Reconocimiento
Sin embargo, la teoría de los manantiales netamente bolivianos fue cuestionada por las mismas autoridades bolivianas.
Durante los alegatos, el agente boliviano ante La Haya, Roberto Calzadilla, dijo que Chile sostuvo que las aguas del Silala son un curso de agua internacional, por lo que tiene derecho al uso que realiza actualmente de las mismas.
Pero, para sorpresa, acotó: “A lo largo de este proceso que lleva años de desarrollo, Bolivia sostuvo, primero, que el Silala es un curso de agua internacional artificialmente mejorado, que nace en Bolivia de varios manantiales y fluye aguas abajo”.
“Parecería que el propio agente Calzadilla lo ha reconocido y lo que está exigiendo Bolivia es que la canalización ha aumentado el flujo, de alguna manera cambia el paradigma del Silala porque los bolivianos habíamos estado al menos acostumbrados que las aguas éstas eran manantiales y que en ningún caso deberían considerarse río. Ahí creo que hay un nuevo escenario de Bolivia con cierto reconocimiento a otra naturaleza de estas aguas”, sostiene el analista internacional Álvaro del Pozo.
El informe de DHI en esa línea refiere que el “Silala es de naturaleza compleja y comprende un sistema acoplado de aguas subterráneas y superficiales que se origina en territorio boliviano (aguas arriba) y se extiende hasta Chile (aguas abajo)”.
El principal argumento chileno es que el Silala llega a Chile atravesando una quebrada que tiene una pendiente de entre un 4 por ciento y un 5 por ciento de desnivel, que se ha formado de manera natural en los últimos 8.400 años.
Convención de 1997
Chile sostiene que el Silala es un río (fronterizo y binacional) y, por tanto, rigen las normas que se aplican al uso de las aguas en el caso de los ríos fronterizos.
Según la Organización de Naciones Unidas (ONU) y el principio de derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano a explotar los recursos que se encuentran en sus territorios, según sus propias políticas de desarrollo. Pero al mismo tiempo tienen que velar porque las actividades que desarrollen en su jurisdicción no causen daño a otro Estado.
Ahora, la Convención de 1997 se aplica a los usos de los cursos de agua internacionales y de sus aguas para fines distintos de la navegación y a las medidas de protección, preservación y ordenación relacionadas con los usos de esos cursos de agua y de sus aguas.
Chile incide de manera continua en la Convención e indica que “los Estados del curso de agua utilizarán en sus territorios respectivos un curso de agua internacional de manera equitativa y razonable”.
3. Compensación
En 1990, Bolivia acusó a su vecino de utilizar indebidamente las aguas del río y amenazó con desviar su cauce.
En 1996, el Gobierno boliviano, ante versiones de que las aguas han sido “artificialmente desviadas a Chile”, desmintió tal extremo y se indica que “es un río que fluye a territorio chileno”.
Entre idas y venidas, en abril de 2009, Bolivia convenció a Chile de que pagara el 50 por ciento de esas aguas, a precios internacionales.
Sin embargo, este preacuerdo no prosperó debido a que Bolivia incorporó el requerimiento de que Chile pague la deuda histórica del uso del agua. La vecina nación utilizó las aguas por más de 100 años, sin compensación alguna.
En ese contexto, el diplomático boliviano Javier Vizcarra refirió que, al parecer, el objetivo final de Bolivia es arrancar una compensación por el uso de las aguas.
En ese contexto, refirió que el legista Mathias Forteau, que representa a Bolivia en sus alegatos, aseguró que si el tribunal aceptará la contrademanda tres, sobre compensación económica y acuerdos, se aplicaría “a futuro”.
“Es decir, que la deuda histórica que Potosí y el país reclaman queda en nada. Sobre la deuda histórica, en los alegatos de Forteau ha indicado claramente en su dúplica que en esta tercera contrademanda se dirige más bien de cara al futuro y no con vistas al pasado, implícitamente eso es la deuda histórica”, manifestó.
Del Pozo indicó que la posición boliviana está dirigida a lograr una compensación por el uso de los recurso hídricos por parte de Chile.
“Parecería que se está concentrando en la compensación, porque obviamente esta derrota, que estamos perdiendo cursos naturales eran de soberanía boliviana absoluta, pero la compensación parecería ser la misma de la posición boliviana, es lamentable porque todo este escenario se había modificado a lo que nosotros entendíamos por la naturaleza de esas aguas”, dijo.
Agregó que “hay una voluntad de Chile de no acceder a ningún pago”, pero que considera que Chile está jugando a una máxima, es decir empujar a Bolivia a negociar.
4. Obras hidráulicas
La definición de la soberanía de las canalizaciones será de importancia para el fallo. Bolivia, en su contrademanda, pide a la Corte soberanía de “los canales instalados” en el Silala y el “derecho a decidir” sobre esas aguas de Bolivia, además de “la soberanía sobre el flujo”.
Chile ha reconocido la soberanía de Bolivia sobre la infraestructura, hasta incluso referir que puede proceder con el desmantelamiento o no de las obras, pero que en todo caso la afectación será mínima.
5. Estudios
Los jueces tomarán como un elemento para el fallo los estudios presentados por las partes, que en principio dirimirán el curso, el incremento del caudal y la afectación al ecosistema, entre otros.
FRACASO DE OBRAS DE BOLIVIA EN SILALA
En un momento determinado, el Gobierno y la Gobernación de Potosí apostaron a la crianza de truchas, proyectos como una hidroeléctrica, un programa de riego, la cría de camélidos y una embotelladora que cortarán en un 30 por ciento a 40 por ciento el caudal del Silala que nace en Bolivia y que Chile aprovecha en la frontera de manera artificial y sin pago alguno.
Sin embargo, tales proyectos no prosperaron y quedaron en la nada.
POSIBLES ESCENARIOS EN EL FALLO DEL ALTO TRIBUNAL
REDACCIÓN CENTRAL
El analista de política internacional Álvaro del Pozo adelantó que la controversia entre Bolivia y Chile sobre las aguas del Silala podría tener el fallo en tres escenarios, y que el camino final del proceso sería una posible negociación.
“En principio, que se declare que estas aguas son de soberanía propia de Bolivia, cuando es territorial, es soberanía plena e indivisible”, explica.
Agrega que un posible segundo escenario es que “ciertos cursos, bofedales, evidentemente y naturalmente, van por curso a Chile. Ahí sí igual tenemos que sentarnos a negociar, porque en materia de agua, tanto en la ley internacional consuetudinaria y la Convención del 97, de la que no somos parte, habla del uso equitativo y razonable, y Chile ha aumentado su curso actual, queriendo consagrar un derecho para sí de estos cursos con los caudales existentes”.
La última decisión podría ser que “Bolivia está pidiendo a la Corte que le permita usar soberanía para desmantelar o me parece bien que lo que busca Bolivia sea la compensación por esa elevación del flujo”.
Pedidos
Lo que el equipo chileno plantea ante la Corte Internacional es que el Silala es un curso de agua internacional y su uso, por tanto, se rige por el derecho internacional consuetudinario. Asimismo, tiene derecho al uso equitativo y razonable de las aguas del río.
Además, argumentará que Bolivia tiene la obligación de tomar todas las medidas para prevenir y controlar la contaminación y otras maneras de daño a Chile que deriven de sus actividades en Silala.
ANTES DE LLEGAR A LA CIJ, HUBO VARIOS ACUERDOS
REDACCIÓN CENTRAL
Antes de que el caso Silala llegara a la justicia internacional hubo muchas conversaciones previas: reuniones entre ambos países y hasta labores en terreno.
En 2004, Chile y Bolivia crearon Grupo de Trabajo por el Silala. En 2006, el tema se incluyó en la agenda bilateral.
Pero en 2010 un hecho cambió el curso de esos diálogos. Fue cuando Bolivia planteó el pago de una compensación por el uso “histórico” de Chile del Silala. Y reiteró que el río era completamente de su propiedad.
Seis años más tarde, el 23 de marzo de 2016, durante su discurso por el Día de Mar, el entonces presidente de Bolivia, Evo Morales, anunció que se encontraba en “estudio” una demanda contra Chile por el uso del Silala.