Renuncia colectiva de jugadores a la Copa Centenario

Fútbol
Publicado el 05/04/2016 a las 0h45
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Los jugadores de ocho equipos de la Liga del Fútbol Profesional Boliviano (LFPB) ya firmaron la resolución para la renuncia colectiva a la convocatoria de la Copa América Centenario de Estados Unidos 2016, que se llevará adelante del 3 al 26 de junio. Los representantes de Futbolistas Agremiados de Bolivia (Fabol) irán hoy (09:00) al entrenamiento de Wilstermann para que éste se sume al voto resolutivo. Se espera que en las siguientes semanas se integren los futbolistas de: Bolívar, The Strongest y Ciclón.

David Paniagua, secretario general de Fabol, explicó que esta determinación es "firme y taxativa". Resaltó que está avalada en todos los fundamentos y razones que los obligan a adoptar este tipo de mecanismos de presión hacia la   Federación Boliviana de Fútbol  (FBF) por el incumplimiento a los  más de 30 fallos ejecutoriados, existentes hasta la fecha, del Tribunal de Resolución y Disputas (TRD).

Por ello, este organismo visitó a diferentes clubes ligueros para buscar el apoyo de sus representados.  Por el momento ya rubricaron su firma jugadores de Petrolero, San José, Nacional Potosí, Real Potosí, Blooming, Oriente Petrolero, Sport Boys y Universitario. Restan: Wilstermann, The Strongest, Bolívar y Ciclón.

Paniagua argumentó que hoy se reunirá con los jugadores del Rojo y la siguiente semana tiene planificado viajar a la ciudad de La Paz y Tarija para reunirse con el resto. Agregó que una vez tenga las firmas de los futbolistas de los 12 equipos, anunciará la postura en una conferencia de prensa.

Asimismo, aclaró que según los estatutos de la FIFA los jugadores no pueden ser sancionados por su renuncia colectiva a una convocatoria a la selección, ya que están en el marco de sus "derechos".

"Dentro de los derechos de los jugadores está que si renuncian a la selección antes de ser convocados, no amerita castigo", recalcó.

Luego, apuntó que el único en el que  los futbolistas son sancionados es cuando se retiran o no asisten a una convocatoria sin razón justificada. "Pero cuando no hay convocatoria y el jugador hace conocer antes su deseo de no asistir, es un derecho fundamental", dijo.

Pronunciamiento FIFA

El pasado 31 de marzo, la comisión de la FIFA debió emitir un pronunciamiento respecto a la denuncia que llevó a Zúrich, Paniagua, representante de Fabol.

En este sentido, el cruceño explicó que el organismo pidió un plazo hasta el 10 de abril por la llegada de Gianni Infantino a Cochabamba.

"Ellos nos piden que esperemos y se pusieron esa fecha tope. La gente de FIFA es formal y escueta, ellos jamás van a adelantar criterios. Pero consideraron todos los fundamentos de nuestra demanda. Pidieron a la FBF los estatutos y reglamentos", acotó. No es la primera vez que Fabol recurre a instancias de FIFA para solucionar un problema de incumplimientos a fallos del TRD.

Paniagua recordó que en 2008  acudieron a la Comisión del Estatuto del Jugador, empero esta instancia sólo mandó un llamado de atención a Carlos Chávez, entonces presidente de la FBF,  y éste tampoco dio cumplimiento a las sentencias ejecutoriadas.

Por ello, Fabol tomó sus recaudos y ahora alista la renuncia colectiva de los jugadores profesional a la convocatoria de la selección para la Copa Centenario.

Interpretaciones

Paniagua aseveró que los estatutos y reglamentos de la FBF son claros, por tanto, señaló que el responsable de transferir los fallos ejecutoriados por el TRD al Tribunal Superior de Disciplina Deportiva, para que estos apliquen sanciones por incumplimiento, es el Comité Ejecutivo federativo que está compuesto por cinco miembros: Rolando López, presidente; Marco Ortega, primer vicepresidente; Freddy Cortez, segundo vicepresidente, Wálter Torrico, secretario general; y Wálter Zuleta, tesorero.

Por su parte, Freddy Cortez reconoció que su ejecutivo es el responsable de mandar los fallos al Tribunal; sin embargo, acusó que hasta la fecha no les dieron a conocer de forma oficial el detalle de cuántos dictámenes existen. "No lo hemos tratado, no nos han dado detalle. Nos han dicho que hay fallos pero no los metieron a la reunión (en el orden del día), ¿dónde está la falla?, no sé. Se comentó sobre los fallos pero no se dio a conocer de forma oficial", mencionó.

Mientras, López explicó, hace semanas, que para la FBF es difícil saber si en algunos casos las partes ya entraron en conciliación. Por ello, comentó que el afectado debería ser quien apele de forma directa al Tribunal para que éste corra con las sanciones.

"Es responsabilidad del demandante y el demandado y el Tribunal Superior de Disciplina de la FBF es el que sanciona, no el Comité Ejecutivo ni el presidente. No puedo sancionar con puntos ni desafectar a un club de la Liga. En los casos que no les han pagado (a los jugadores), el afectado, el damnificado, debe solicitar que nosotros enviemos al Tribunal o directamente el jugador acudir a esa instancia", señaló en esa ocasión.

Procedimientos

Una vez que el TRD emite el fallo inapelable, se notifica a las partes afectadas, a la FBF y Fabol. Luego, si en 30 días el demandado no cumple con lo que dice la resolución, la FBF debe actuar para derivar esos fallos ejecutoriados al Tribunal, para que esta instancia se encargue de dar cumplimiento con la quita de puntos, en el primer recordatorio; seis, en el segundo y la desafiliación, en el tercero.

Está claro que hay un vacío en cuanto al seguimiento del plazo de 30 días para que el documento sea enviado al Tribunal, ya que en este tiempo las partes pueden entrar a acuerdos que están fuera de conocimiento del TRD, ya que su función termina al dictar sentencia.

 

APUNTES

Justicia ordinaria

David Paniagua anunció que en caso de que la renuncia de jugadores a la convocatoria no traiga resultados, analizará la posibilidad de acudir a la  justicia ordinaria. "Porque si esta gente no cumple los pactos, no hace caso a la ley del deporte, a la normativa FIFA, entonces nosotros tenemos que buscar todos los mecanismos para defender los derechos de los futbolistas. Nosotros no entramos al campo ordinario porque pactamos con los dirigentes que todas las controversias vayan al TRD", dijo.

Requisitos

David Paniagua comentó que según el acuerdo con los dirigentes de la FBF, desde el siguiente torneo se pondrán en marcha los requisitos que deben cumplir los clubes para ser profesionales. "Es lo único que hará que nuestro futbol mejore. Que existan verdaderos dirigentes que firmen lo que puedan pagar. Que tengan infraestructura y masa societaria mínima. Y que su presupuesto lo garanticen hasta con sus propios bienes, sino será una chacota" apuntó.

 

CÓDIGO DISCIPLINARIO

Art. 92. (INCUMPLIMIENTO  DE  UN  CLUB  A  RESOLUCIONES  DEL  TRD)

El  club  que incumpla  las resoluciones  emitidas  por  el  TRD  dentro  de  los  plazos  establecidos  en  la resolución, a pesar de los requerimientos y recordatorios que le hiciere la instancia encargada  de su ejecución; el Comité Ejecutivo de la FBF pondrá en conocimiento del Tribunal Superior de Disciplina Deportiva para que aplique las sanciones establecidas en el Art.  90 del Código Disciplinario.

Art. 90 (INCUMPLIMIENTO  DE  UN  CLUB)

El  club  que  obligado  al  pago  de  un  monto económico  como  efecto  de  una  norma  reglamentaria,  resolución  de  un  Tribunal  u  órganos superiores de  la  FBF  y  sus  miembros;  o  multa  derivada  de  una  sanción,  no  lo  hiciere  en  el  plazo  y  forma  determinados,  no  obstante  el  requerimiento  recordatorio  que  pudiere  hacer  la  instancia  encargada  de  su  ejecución;  será  sancionado  por  el  Tribunal  Superior  de  Disciplina  Deportiva  de  la  FBF  con  la  pérdida  de  tres  puntos  de  la  tabla  valorativa  del  campeonato  en  disputa  o por disputarse, que no beneficiarán a nadie por una primera vez. La pérdida de seis puntos  por  el  segundo  requerimiento,  y  en  caso  de  resistencia  a  estas  conminatorias  se sancionará con la pérdida de categoría del ente infractor.

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