Copa Libertadores: Conmebol confirma sanción económica al club Wilstermann
La Conmebol sancionó con $us 5.000 al club Wilstermann por los incidentes que se suscitaron antes del partido con el chileno Colo Colo, por la fase de grupos de Copa Libertadores de América, el pasado 4 de marzo.
En la previa a la contienda hinchas del cuadro aviador protagonizaron un enfrentamiento con sus pares del cuadro Cacique, con el saldo de un herido de consideración y varios detenidos. La gresca se produjo en el sector de la Recoleta la noche del miércoles 3 de marzo, antes del cotejo que disputaron bolivianos y chilenos en el estadio Félix Capriles, de donde emergió como vencedor el plantel Rojo por 2-0, con anotaciones de Ricardo Pedriel y Bryan Cortéz (en contra).
La sanción económica a Wilstermann se ampara en los artículos 9.3 y 10.1 inciso d), del Código Disciplinario de la Conmebol, como también en el artículo 25, incisos e), i), g) y n), del Reglamento de Seguridad de la entidad del fútbol sudamericano.
Colo Colo también fue multado con $us 20.000. En ambos casos, se les debitará del importe total que recibirán por concepto de derechos de televisión por su participación en la sexagésima primera edición la Copa Libertadores de América, con la advertencia de que si son reincidentes, recibirán una pena más rigurosa.
ARTÍCULO 9: RESPONSABILIDAD OBJETIVA
INC. 3: Las Asociaciones Miembro y clubes son responsables de la seguridad y del orden tanto en el interior como en las inmediaciones del estadio, antes, durante y después del partido del cual sean anfitriones u organizadores. Esta responsabilidad se extiende a todos los incidentes que de cualquier naturaleza pudieran suceder, encontrándose por ello expuestos a la imposición de las sanciones disciplinarias y cumplimiento de las órdenes e instrucciones que pudieran adoptarse por los órganos judiciales.
ARTÍCULO 10. ORDEN Y SEGURIDAD EN LOS PARTIDOS
INC. 1. Las Asociaciones Miembro y los clubes que jueguen como locales deberán:
d) garantizar el orden en los estadios y en sus inmediaciones, así como la correcta organización de los partidos.
REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONMEBOL 2020
ARTÍCULO 25: SEGURIDAD
INC. 1: Está prohibido el ingreso al estadio y/o manipulación antes, durante y después de los partidos, de los siguientes objetos:
e) Juego pirotécnicos de cualquier tipo y/o forma de activación, incluso dentro de los anillos de seguridad.
g) Bombas de estruendo.
i) Iluminación laser.
n) Trapos, frentes, banderas, banner o elemento similar que en tamaño y cantidad: (i) Tapen la visual de las tribunas. (ii) Impidan el monitoreo y control del espectáculo deportivo e identificación de personas y sus conductas. (iii) Obstruyan puertas de entrada, de evacuación, bocas tribunas (vomitorios) y salidas de emergencias entre otros. (iv) Obstruyan elementos publicitarios