El Colegio de Abogados de La Paz (ICALP), luego de un análisis jurídico realizado al artículo 205 de la Ley del Código del Sistema Penal, concluyó que su aplicación atenta a los derechos fundamentales de las personas por ser inconstitucional, ya que no responde a una clara política criminal que debe estar expresada en la propia ley para poder determinar sus alcances. Recomienda su inaplicabilidad hasta que sea sometido a un control constitucional.