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La Fiscalía Departamental Policial promueve la ley 101
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<p> <strong><em>REGULA EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA BOLIVIANA ESTABLECIENDO LAS FALTAS Y SANCIONES, LAS AUTORIDADES COMPETENTES Y LOS RESPECTIVOS PROCEDIMIENTOS</em></strong><em> | DE ESTA MANERA, GARANTIZA UN PROCESO EFICIENTE, EFICAZ Y RESPETUOSO DE LOS DERECHOS HUMANOS.</em></p> <p> El Cnl. DESP. Faustino Alfonso Mendoza es cochabambino, egresó de la Academia Nacional de Policías con el grado de Subteniente el año 1986. A la fecha lleva 28 años de servicio ininterrumpido al servicio de la sociedad. El año 2001 estudió derecho y obtuvo la titulación de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Políticas, el 2013 obtuvo el título de Magister Scientiarum en Ciencias Policiales y Seguridad Pública por la Universidad Policial, Mcal. Antonio José de Sucre. Trabajó en diferentes áreas desempeñando cargos importantes como: comandante de la EPI COÑA COÑA, Comandante de Radio Patrulla 110, Director Departamental de Fiscalización y Recaudaciones, Director Regional de Tránsito de Quillacollo y actualmente es Fiscal Departamental Policial de Cochabamba.</p> <p> En esta entrevista, Mendoza habla sobre la ley que promueve, la 101 de régimen disciplinario de la Policía Boliviana, bajo la premisa de “Justicia con Transparencia, Cero Corrupción”.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cómo decide ingresar a la Policía Boliviana?</strong></p> <p> Muy joven, en colegio, me gustó la labor de la Policía, de servicio a la sociedad, la protección de los más necesitados y la labor que conlleva el acercamiento con la sociedad.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Cuéntenos su experiencia en la Policía Boliviana.</strong></p> <p> Mi experiencia en la Policía Boliviana se inicia el año 1983 cuando ingresé a la Academia Nacional de Policías donde me inculcaron conocimientos teóricos y prácticos de la labor policial enmarcada en principios éticos, morales, doctrinales, constitucionales, inherentes a la función policial. Egresé el año 1986 con el grado de Subteniente de Policía, es una organización con procesos de funcionamiento complejos y con peculiaridades organizativas que nos distinguen de otras instituciones de servicio público.</p> <p> A lo largo de mi carrera fui becado a Puerto Rico al curso de Capacitación en el juicio oral, observación del sistema acusatorio oral, grupo multidisciplinario de jueces, fiscales, defensores públicos y oficiales de Policía, la experiencia laboral me motivó a estudiar Derecho en la Universidad Mayor de San Simón, de donde salí licenciado en Ciencias Jurídicas y Políticas el año 2001. En la gestión 2013, obtuve el título de Magister Scientiarum en Ciencias Policiales y Seguridad Pública. Actualmente desempeño el cargo de Fiscal Policial Departamental de Cochabamba.</p> <p> En más de 29 años de vida institucional, enfatizo mí la labor operativa, preventiva y de auxilio, de acercamiento a la sociedad.</p> <p> A lo largo de la experiencia institucional de años de servicio ininterrumpido las 24 horas del día y los 365 días del año, no es menos cierto afirmar el refrán que dice: “soy aprendiz de mucho y maestro de nada”. En nuestra profesión nunca terminamos de aprender, después de haber vivido un abanico de experiencias policiales, observando, evaluando, decidiendo y actuando, mucha gente nos critica por nuestros desaciertos o algunos malos policías que vulneran disposiciones normativas internas o la comisión de delitos, pero creo que damos nuestro mejor esfuerzo en el desempeño de nuestro trabajo y sobre todo, muchas veces arriesgamos nuestra vida para defender la de otros, en el cumplimiento de nuestra misión constitucional.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuáles son las dificultades de su profesión en Bolivia?</strong></p> <p> La falta de legitimidad social, por hechos aislados que atentan contra la imagen institucional, protagonizados por algunos malos policías; la corrupción es como una piedra filosofal, todo lo que toca se corroe, estamos trabajando en estos aspectos, está en vigencia la ley 101 de régimen disciplinario de la Policía Boliviana. La imposición de sanciones ejemplarizadoras que sirvan para enmendar y reencaminar la conducta de malos servidores públicos policiales. La ética social es el fundamento de la ética policial y de una moderna deontología profesional, la función ética y lícita que realizamos se sustenta precisamente en el respeto de la dignidad y los derechos humanos, es el pilar ontológico y deontológico, base sobre la cual se construye una identidad social acorde con la dimensión de servicio público, tan propia de la función policial. En consecuencia, la ética policial busca transformarse en una ética utilitarista, ética de las virtudes.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuál es la finalidad y funciones de la Fiscalía Policial Departamental?</strong></p> <p> La Fiscalía Policial tiene por finalidad defender los intereses institucionales, su prestigio, imagen, principios y normas, en todo el territorio del Estado. Asimismo, promover la acción disciplinaria administrativa, dirigir las investigaciones velando por su legalidad, con independencia funcional, objetividad, celeridad y transparencia, respetando los derechos humanos y garantías constitucionales de los procesados.</p> <p> Se ejerce la dirección, orientación y supervisión general de la Fiscalía Policial Departamental, se ordena iniciar, dirigir y coordinar investigaciones en el departamento, exigiendo a los fiscales policiales la correcta, pronta y transparente investigación de los casos y sustanciación de los procesos evitando su retardación, la supervisión, orientación, exigiendo en todo momento la legalidad de las actividades que realizan los Fiscales Policiales. </p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué cualidades debe tener un buen policía?</strong></p> <p> Un buen policía debe ser honesto, pulcro, tolerante, cortez, digno, virtuoso, con liderazgo policial y trabajo en equipo.</p> <p> Deberá tener valores y virtudes que parten de su integridad personal fortalecida por todo un conjunto de cualidades éticas, morales y espirituales, de tal forma que su representación transmita la confianza suficiente para conseguir que las personas le propicien franca y espontáneamente manifestaciones de consideración, respeto y aceptación como persona y más aún en la actividad y su condición de servidor público, acorde al rol que le corresponda desempeñar.</p> <p> El Policía tiene bajo su responsabilidad el mandato constitucional de velar por el orden y la seguridad de sus semejantes, por lo tanto siendo una de las profesiones más dignas y nobles, está legal y moralmente obligado a ser sumamente eficiente en el cumplimiento de su deber; sin embargo, su trabajo sacrificado e incomprendido le provoca situaciones por demás difíciles, que solo podrán resolverse mediante un adecuado equilibrio entre lo profesional y los valores morales, éticos y espirituales que fortalecen su temperamento. En resumen, los valores personales y profesionales, son virtudes que se constituyen en los verdaderos conductores para salir adelante de cualquier circunstancia por complicada que sea.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Háblenos sobre la ley 101.</strong></p> <p> La ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana regula, en esencia, el Régimen disciplinario de la Policía Boliviana, estableciendo las faltas y sanciones, las autoridades competentes y los respectivos procedimientos, garantizando un proceso disciplinario eficiente, eficaz y respetuoso de los derechos humanos, en resguardo de la dignidad de las servidoras y los servidores públicos policiales. La imagen y los intereses institucionales en la función pública, se basa en la sujeción de principios como el honor, la ética, el deber de obediencia, la disciplina, la autoridad, la jerarquía policial, la cooperación, la lealtad, la solidaridad, la responsabilidad, el secreto profesional, su aplicación es a todas y todos los servidores públicos policiales del servicio activo, sin distinción de grados o jerarquía, y a las policías y los policías recién egresados de las Unidades Académicas de Pregrado de la Universidad Policial o sus similares en el exterior, que aún no hubieran sido incorporados al escalafón. Toda servidora y servidor público policial responderán de los resultados emergentes del desempeño de sus funciones, deberes y atribuciones que podrán ser administrativos, ejecutivos, civiles y penales, cualquier hecho o acciones que constituyen posibles delitos, son de jurisdicción y competencia de la justicia ordinaria, sin perjuicio de la acción disciplinaria cuando los hechos también constituyan falta disciplinaria.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Durante su gestión, ¿a cuántos policías se ha procesado?</strong></p> <p> Del 05.11.2014 al 30.06.2015 son 12 los casos con requerimiento de acusación; del 01.07.2015 al 31.12.2015, existen 40 casos con requerimiento acusatorio y del 01.01.2016 al 29.02.2016 son 6 las acusaciones a servidores públicos policiales en diferentes grados y faltas cometidas, las cuales se encuentran contempladas en la ley 101. En la presente gestión existe el decremento sustancial de casos con relación a gestiones pasadas.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuáles son las sanciones?</strong></p> <p> Estas podrán ser: Llamada de Atención Verbal, es la reprensión verbal del superior jerárquico hacia el subalterno por la comisión de una falta leve. Llamada de Atención Escrita, es la reprensión mediante memorando del superior jerárquico hacia el subalterno por la comisión de una falta leve. Arresto, es la permanencia obligada y sin salida del recinto policial de la servidora o servidor público policial por la comisión de una falta leve. Trabajo en fines de semana y feriados, es la prestación de trabajo en días de descanso por la comisión de una falta leve, en su lugar de trabajo. Retiro temporal con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes, es la suspensión temporal del ejercicio de la función pública policial, sin cómputo de antigüedad para fines de ascenso, sin goce de haberes, que se impone por la comisión de faltas graves señaladas en los Artículos 12 y 13 de la presente Ley. y retiro o baja definitiva de la institución sin derecho a reincorporación, es la desvinculación final del ejercicio de la función pública policial con pérdida de grado, que se impone por la comisión de las faltas graves señalado en el artículo 14 de la Ley 101.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué se está haciendo para promover la ley 101?</strong></p> <p> Gracias a la iniciativa del Cnl. DESP. Esteban Pereyra Sánchez, Fiscal General Policial, en la gestión 2015 se realiza el primer Seminario Taller Nacional de la Ley 101 con la participación de todos los operadores de justicia de la Policía Boliviana, Tribunales Disciplinarios Departamentales, Direcciones Departamentales de Investigación Interna (DIDIPI), y Fiscales Departamentales del Estado Plurinacional. El evento se realizó en el Departamento de Cochabamba los días 28, 29 y 30 de mayo, en ambientes del Centro de Adiestramiento de Canes Detectores de Droga, en la localidad de El Paso, en mérito a la Reestructuración de los Órganos Disciplinarios de la Policía Boliviana. En dicho seminario se realizó el análisis de la ley 101, se unificaron procedimientos y sobre todo se logró que el sistema disciplinario realice un trabajo de equipo, la representación de la Fiscalía de Cochabamba empuñó el eslogan “Justicia con transparencia”, bajo la premisa “Cero corrupción”.</p> <p> La antedicha actividad se viene replicando mediante el programa de Socialización “Ley 101 del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, al personal Policial de la Guarnición de Cochabamba”, se han realizado a la fecha cinco eventos, en los que han participado el 80% de los servidores públicos policiales en todos los grados, esta actividad va a concluir el mes de marzo con la participación del Comando Regional de Quillacollo, Comando Regional del Valle Alto, Comando Regional del Trópico y la Dirección Provincial de Sacaba, concluyendo con el 100% de la Guarnición.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué planes tiene a corto?</strong></p> <p> A corto plazo se pretende concluir con la socialización de la ley 101 el mes de abril; en el plan de trabajo para la gestión 2016, se busca como objetivo la aplicación de procedimientos normativos insertos en la ley 101, del régimen disciplinario de la Policía Boliviana, mediante la investigación idónea de faltas cometidas por servidores públicos policiales en el ejercicio de sus funciones, a cargo de fiscales policiales capacitados en los procedimientos normativos, garantizando un proceso disciplinario eficaz y eficiente, enmarcado en la justicia con transparencia y la premisa cero corrupción. La preparación de los señores. Fiscales Policiales sobre los temas de la Legalidad de la Prueba, el dibujo de Ejecución, garantías Constitucionales y el Debido proceso, coloquio en Derecho Administrativo, Oratoria, DD. HH., Relaciones Públicas, evaluaciones Psicológicas a servidores públicos de la Fiscalía Policial Departamental, y otras actividades, con la participación de connotados profesionales en su especialidad, labores que a fin de año permitirán la realización de la Rendición de Cuentas Públicas, de la labor de gestión.</p> <p> </p>
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Esteban Pereyra Sánchez, Fiscal General Policial, en la gestión 2015 se realiza el primer Seminario Taller Nacional de la Ley 101 con la participación de todos los operadores de justicia de la Policía Boliviana, Tribunales Disciplinarios Departamentales, Direcciones Departamentales de Investigación Interna (DIDIPI), y Fiscales Departamentales del Estado Plurinacional. El evento se realizó en el Departamento de Cochabamba los días 28, 29 y 30 de mayo, en ambientes del Centro de Adiestramiento de Canes Detectores de Droga, en la localidad de El Paso, en mérito a la Reestructuración de los Órganos Disciplinarios de la Policía Boliviana. 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El Cnl. DESP. Faustino Alfonso Mendoza es cochabambino, egresó de la Academia Nacional de Policías con el grado de Subteniente el año 1986. A la fecha lleva 28 años de servicio ininterrumpido al servicio de la sociedad. El año 2001 estudió derecho y obtuvo la titulación de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Políticas, el 2013 obtuvo el título de Magister Scientiarum en Ciencias Policiales y Seguridad Pública por la Universidad Policial, Mcal. Antonio José de Sucre. Trabajó en diferentes áreas desempeñando cargos importantes como: comandante de la EPI COÑA COÑA
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El Cnl. DESP. Faustino Alfonso Mendoza es cochabambino, egresó de la Academia Nacional de Policías con el grado de Subteniente el año 1986. A la fecha lleva 28 años de servicio ininterrumpido al servicio de la sociedad. El año 2001 estudió derecho y obtuvo la titulación de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Políticas, el 2013 obtuvo el título de Magister Scientiarum en Ciencias Policiales y Seguridad Pública por la Universidad Policial, Mcal. Antonio José de Sucre. Trabajó en diferentes áreas desempeñando cargos importantes como: comandante de la EPI COÑA COÑA
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<p> En una profunda inmersión en el mundo de la economía creativa, hemos tenido el privilegio de conversar con Roberto Araníbar, el incansable artista y prestigioso diseñador encargado de la Red Cultural Mercosur en Bolivia. Con una experiencia de más de dos décadas en la gestión cultural, Araníbar ha impulsado la bandera de la economía naranja en Cochabamba, sembrando las bases para un desarrollo sostenible e innovador. A lo largo de esta conversación, exploraremos su trayectoria, sus proyectos emblemáticos, sus reflexiones sobre el presente y futuro de la economía creativa en la región.</p> <p> La historia de Roberto Araníbar en la gestión cultural se remonta a sus primeros pasos que lo elevaron a la temprana edad de 21 años, cuando asumió la responsabilidad del Premio Nacional del Teatro Peter Travesi. “Fue en ese momento que comprendí la necesidad de una gestión cultural efectiva”, comparte Araníbar mientras reflexiona sobre sus inicios. Su dedicación y pasión se vieron fortalecidas tras un revelador viaje a Santiago de Chile en 2007, donde descubrió el concepto de economía naranja, un término que resonaría profundamente en sus futuros empeños.</p> <p> <b>Trayectoria</b></p> <p> Bueno, mi involucramiento en la gestión cultural comenzó hace 21 años cuando asumí la responsabilidad del Premio Nacional del Teatro Peter Travesí. Durante mi tiempo como presidente, descubrí la necesidad de una gestión cultural más sólida. En 2007, fui invitado para formar parte de la Red Cultural Mercosur, escuché por primera vez sobre la economía naranja en Santiago de Chile, y eso resonó con lo que siempre había abogado en términos de revalorizar las ramas creativas y culturales.</p> <p> <b>¿Cómo nació el proyecto Pulso Naranja y qué impulso inicial tuvo?</b></p> <p> El proyecto Pulso Naranja comenzó en 2015 después de mi viaje a Santiago. Me inspiré al ver la experiencia de Culta en Chile. Bolivia, con su riqueza cultural y artística, tenía un potencial único. La idea era aprovechar esa creatividad como fuente de desarrollo económico. Así que comencé a forjar alianzas con expertos internacionales de la Unesco y el BID.</p> <p> <b>Economía creativa en Cochabamba. ¿Cómo se define su significado y relevancia en la región?</b></p> <p> La economía creativa en Cochabamba es esencialmente un motor de desarrollo económico y social basado en la creatividad. El término “economía naranja” fue acuñado por Iván Duque en 2013, y representa la cultura y la creatividad. Bolivia, siendo un país con recursos naturales agotados, como el gas, por ejemplo, encuentra en la creatividad una fuente inagotable de desarrollo. Mientras existan seres humanos, existirá la creatividad y Bolivia es un país de gente joven, gente emprendedora que tiene mucha riqueza cultural. </p> <p> <b>¿Por qué se asocia a la economía creativa con el color naranja?</b></p> <p> Se la llama economía naranja, porque es el color que representa desde tiempos inmemoriales a la cultura, a la creatividad y al arte, en los jeroglíficos egipcios, siempre que se hablaba de arte, de cultura, se pintaba con el color naranja. Entonces, viene desde esa noción y además la idea de que la naranja la puedes exprimir y sacar todo el jugo, y es así con la creatividad, siempre se puede aprovechar hasta la última gota de innovación.</p> <p> Considerando tu trayectoria, ¿cuál consideras que ha sido tu mayor contribución al panorama cultural de Cochabamba?</p> <p> Creo que mi mayor contribución ha sido promover la economía creativa en Bolivia. Desde 2015, he estado trabajando incansablemente para que este enfoque se reconozca y se traduzca en acciones concretas. Además, impulsar y coescribir la primera ley municipal de economía creativa en Bolivia ha sido un hito significativo.</p> <p> <b>Sobre la Ley de economía creativa ¿Cuáles son los puntos clave y los temas que se abordarán en el futuro?</b></p> <p> La ley recientemente promulgada necesita reglamentación. Estamos trabajando estrechamente con expertos, tanto nacionales como internacionales, para garantizar que la ley sea un paraguas que abarque la inversión del sector privado, la colaboración pública y privada, y la formación de la academia. También será crucial en la reglamentación establecer cómo cada parte contribuirá al desarrollo económico a través de la creatividad.</p> <p> <b>Perspectivas para 2024 y más allá, ¿qué anticipas para la economía creativa en Cochabamba?</b></p> <p> Después de años de teorización y promoción, creo que es hora de pasar a la acción. Como sociedad civil, hemos sembrado la semilla, y ahora es el momento de cosechar resultados tangibles. Estamos trabajando en proyectos que enseñarán a los creativos a vender sus productos y servicios, ya que la economía creativa también es sobre negocios y emprendimiento. La idea es impulsar acciones concretas que generen desarrollo económico.</p> <p> <b>¿Cómo ves la colaboración entre la sociedad civil, el sector privado y el sector público en este camino hacia la economía creativa?</b></p> <p> La colaboración es fundamental. La sociedad civil, el sector privado y el sector público deben trabajar en conjunto. La inversión privada debe ir de la mano con acciones del sector público, como consideraciones impositivas. Es un esfuerzo conjunto para impulsar el desarrollo económico a través de la creatividad.</p> <p> Enseñar a los creativos a vender. ¿Facilitar a los miembros del Universo Naranja las herramientas necesarias para emprender y consolidar un negocio contribuirá a mejorar las relaciones comerciales?</p> <p> Claro, estamos trabajando en un proyecto en colaboración con la Universidad Cultural Mercosur y la Cámara Argentina de Entidades Culturales. El objetivo es proporcionar a los creativos las herramientas necesarias para vender sus productos y servicios. A menudo, los creativos son excelentes en la creación, pero carecen de habilidades para comercializar sus trabajos. Este proyecto busca cerrar esa brecha y promover el aspecto empresarial dentro de la economía creativa en Bolivia para abrir nuevos mercados hacia el exterior.</p> <p> <b>¿Cuál es el mensaje para la comunidad creativa y empresarial en Cochabamba?</b></p> <p> Mi mensaje es claro: Bolivia tiene un tesoro cultural y artístico que merece ser conocido en todo el mundo. La economía creativa no solo es una fuente de desarrollo económico, sino también un puente cultural hacia un futuro próspero y diversificado. Es hora de tomar acción y aprovechar nuestra creatividad para construir un mejor mañana.</p>
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<p> <strong><em>REGULA EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA BOLIVIANA ESTABLECIENDO LAS FALTAS Y SANCIONES, LAS AUTORIDADES COMPETENTES Y LOS RESPECTIVOS PROCEDIMIENTOS</em></strong><em> | DE ESTA MANERA, GARANTIZA UN PROCESO EFICIENTE, EFICAZ Y RESPETUOSO DE LOS DERECHOS HUMANOS.</em></p> <p> El Cnl. DESP. Faustino Alfonso Mendoza es cochabambino, egresó de la Academia Nacional de Policías con el grado de Subteniente el año 1986. A la fecha lleva 28 años de servicio ininterrumpido al servicio de la sociedad. El año 2001 estudió derecho y obtuvo la titulación de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Políticas, el 2013 obtuvo el título de Magister Scientiarum en Ciencias Policiales y Seguridad Pública por la Universidad Policial, Mcal. Antonio José de Sucre. Trabajó en diferentes áreas desempeñando cargos importantes como: comandante de la EPI COÑA COÑA, Comandante de Radio Patrulla 110, Director Departamental de Fiscalización y Recaudaciones, Director Regional de Tránsito de Quillacollo y actualmente es Fiscal Departamental Policial de Cochabamba.</p> <p> En esta entrevista, Mendoza habla sobre la ley que promueve, la 101 de régimen disciplinario de la Policía Boliviana, bajo la premisa de “Justicia con Transparencia, Cero Corrupción”.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cómo decide ingresar a la Policía Boliviana?</strong></p> <p> Muy joven, en colegio, me gustó la labor de la Policía, de servicio a la sociedad, la protección de los más necesitados y la labor que conlleva el acercamiento con la sociedad.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Cuéntenos su experiencia en la Policía Boliviana.</strong></p> <p> Mi experiencia en la Policía Boliviana se inicia el año 1983 cuando ingresé a la Academia Nacional de Policías donde me inculcaron conocimientos teóricos y prácticos de la labor policial enmarcada en principios éticos, morales, doctrinales, constitucionales, inherentes a la función policial. Egresé el año 1986 con el grado de Subteniente de Policía, es una organización con procesos de funcionamiento complejos y con peculiaridades organizativas que nos distinguen de otras instituciones de servicio público.</p> <p> A lo largo de mi carrera fui becado a Puerto Rico al curso de Capacitación en el juicio oral, observación del sistema acusatorio oral, grupo multidisciplinario de jueces, fiscales, defensores públicos y oficiales de Policía, la experiencia laboral me motivó a estudiar Derecho en la Universidad Mayor de San Simón, de donde salí licenciado en Ciencias Jurídicas y Políticas el año 2001. En la gestión 2013, obtuve el título de Magister Scientiarum en Ciencias Policiales y Seguridad Pública. Actualmente desempeño el cargo de Fiscal Policial Departamental de Cochabamba.</p> <p> En más de 29 años de vida institucional, enfatizo mí la labor operativa, preventiva y de auxilio, de acercamiento a la sociedad.</p> <p> A lo largo de la experiencia institucional de años de servicio ininterrumpido las 24 horas del día y los 365 días del año, no es menos cierto afirmar el refrán que dice: “soy aprendiz de mucho y maestro de nada”. En nuestra profesión nunca terminamos de aprender, después de haber vivido un abanico de experiencias policiales, observando, evaluando, decidiendo y actuando, mucha gente nos critica por nuestros desaciertos o algunos malos policías que vulneran disposiciones normativas internas o la comisión de delitos, pero creo que damos nuestro mejor esfuerzo en el desempeño de nuestro trabajo y sobre todo, muchas veces arriesgamos nuestra vida para defender la de otros, en el cumplimiento de nuestra misión constitucional.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuáles son las dificultades de su profesión en Bolivia?</strong></p> <p> La falta de legitimidad social, por hechos aislados que atentan contra la imagen institucional, protagonizados por algunos malos policías; la corrupción es como una piedra filosofal, todo lo que toca se corroe, estamos trabajando en estos aspectos, está en vigencia la ley 101 de régimen disciplinario de la Policía Boliviana. La imposición de sanciones ejemplarizadoras que sirvan para enmendar y reencaminar la conducta de malos servidores públicos policiales. La ética social es el fundamento de la ética policial y de una moderna deontología profesional, la función ética y lícita que realizamos se sustenta precisamente en el respeto de la dignidad y los derechos humanos, es el pilar ontológico y deontológico, base sobre la cual se construye una identidad social acorde con la dimensión de servicio público, tan propia de la función policial. En consecuencia, la ética policial busca transformarse en una ética utilitarista, ética de las virtudes.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuál es la finalidad y funciones de la Fiscalía Policial Departamental?</strong></p> <p> La Fiscalía Policial tiene por finalidad defender los intereses institucionales, su prestigio, imagen, principios y normas, en todo el territorio del Estado. Asimismo, promover la acción disciplinaria administrativa, dirigir las investigaciones velando por su legalidad, con independencia funcional, objetividad, celeridad y transparencia, respetando los derechos humanos y garantías constitucionales de los procesados.</p> <p> Se ejerce la dirección, orientación y supervisión general de la Fiscalía Policial Departamental, se ordena iniciar, dirigir y coordinar investigaciones en el departamento, exigiendo a los fiscales policiales la correcta, pronta y transparente investigación de los casos y sustanciación de los procesos evitando su retardación, la supervisión, orientación, exigiendo en todo momento la legalidad de las actividades que realizan los Fiscales Policiales. </p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué cualidades debe tener un buen policía?</strong></p> <p> Un buen policía debe ser honesto, pulcro, tolerante, cortez, digno, virtuoso, con liderazgo policial y trabajo en equipo.</p> <p> Deberá tener valores y virtudes que parten de su integridad personal fortalecida por todo un conjunto de cualidades éticas, morales y espirituales, de tal forma que su representación transmita la confianza suficiente para conseguir que las personas le propicien franca y espontáneamente manifestaciones de consideración, respeto y aceptación como persona y más aún en la actividad y su condición de servidor público, acorde al rol que le corresponda desempeñar.</p> <p> El Policía tiene bajo su responsabilidad el mandato constitucional de velar por el orden y la seguridad de sus semejantes, por lo tanto siendo una de las profesiones más dignas y nobles, está legal y moralmente obligado a ser sumamente eficiente en el cumplimiento de su deber; sin embargo, su trabajo sacrificado e incomprendido le provoca situaciones por demás difíciles, que solo podrán resolverse mediante un adecuado equilibrio entre lo profesional y los valores morales, éticos y espirituales que fortalecen su temperamento. En resumen, los valores personales y profesionales, son virtudes que se constituyen en los verdaderos conductores para salir adelante de cualquier circunstancia por complicada que sea.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Háblenos sobre la ley 101.</strong></p> <p> La ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana regula, en esencia, el Régimen disciplinario de la Policía Boliviana, estableciendo las faltas y sanciones, las autoridades competentes y los respectivos procedimientos, garantizando un proceso disciplinario eficiente, eficaz y respetuoso de los derechos humanos, en resguardo de la dignidad de las servidoras y los servidores públicos policiales. La imagen y los intereses institucionales en la función pública, se basa en la sujeción de principios como el honor, la ética, el deber de obediencia, la disciplina, la autoridad, la jerarquía policial, la cooperación, la lealtad, la solidaridad, la responsabilidad, el secreto profesional, su aplicación es a todas y todos los servidores públicos policiales del servicio activo, sin distinción de grados o jerarquía, y a las policías y los policías recién egresados de las Unidades Académicas de Pregrado de la Universidad Policial o sus similares en el exterior, que aún no hubieran sido incorporados al escalafón. Toda servidora y servidor público policial responderán de los resultados emergentes del desempeño de sus funciones, deberes y atribuciones que podrán ser administrativos, ejecutivos, civiles y penales, cualquier hecho o acciones que constituyen posibles delitos, son de jurisdicción y competencia de la justicia ordinaria, sin perjuicio de la acción disciplinaria cuando los hechos también constituyan falta disciplinaria.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Durante su gestión, ¿a cuántos policías se ha procesado?</strong></p> <p> Del 05.11.2014 al 30.06.2015 son 12 los casos con requerimiento de acusación; del 01.07.2015 al 31.12.2015, existen 40 casos con requerimiento acusatorio y del 01.01.2016 al 29.02.2016 son 6 las acusaciones a servidores públicos policiales en diferentes grados y faltas cometidas, las cuales se encuentran contempladas en la ley 101. En la presente gestión existe el decremento sustancial de casos con relación a gestiones pasadas.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuáles son las sanciones?</strong></p> <p> Estas podrán ser: Llamada de Atención Verbal, es la reprensión verbal del superior jerárquico hacia el subalterno por la comisión de una falta leve. Llamada de Atención Escrita, es la reprensión mediante memorando del superior jerárquico hacia el subalterno por la comisión de una falta leve. Arresto, es la permanencia obligada y sin salida del recinto policial de la servidora o servidor público policial por la comisión de una falta leve. Trabajo en fines de semana y feriados, es la prestación de trabajo en días de descanso por la comisión de una falta leve, en su lugar de trabajo. Retiro temporal con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes, es la suspensión temporal del ejercicio de la función pública policial, sin cómputo de antigüedad para fines de ascenso, sin goce de haberes, que se impone por la comisión de faltas graves señaladas en los Artículos 12 y 13 de la presente Ley. y retiro o baja definitiva de la institución sin derecho a reincorporación, es la desvinculación final del ejercicio de la función pública policial con pérdida de grado, que se impone por la comisión de las faltas graves señalado en el artículo 14 de la Ley 101.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué se está haciendo para promover la ley 101?</strong></p> <p> Gracias a la iniciativa del Cnl. DESP. Esteban Pereyra Sánchez, Fiscal General Policial, en la gestión 2015 se realiza el primer Seminario Taller Nacional de la Ley 101 con la participación de todos los operadores de justicia de la Policía Boliviana, Tribunales Disciplinarios Departamentales, Direcciones Departamentales de Investigación Interna (DIDIPI), y Fiscales Departamentales del Estado Plurinacional. El evento se realizó en el Departamento de Cochabamba los días 28, 29 y 30 de mayo, en ambientes del Centro de Adiestramiento de Canes Detectores de Droga, en la localidad de El Paso, en mérito a la Reestructuración de los Órganos Disciplinarios de la Policía Boliviana. En dicho seminario se realizó el análisis de la ley 101, se unificaron procedimientos y sobre todo se logró que el sistema disciplinario realice un trabajo de equipo, la representación de la Fiscalía de Cochabamba empuñó el eslogan “Justicia con transparencia”, bajo la premisa “Cero corrupción”.</p> <p> La antedicha actividad se viene replicando mediante el programa de Socialización “Ley 101 del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, al personal Policial de la Guarnición de Cochabamba”, se han realizado a la fecha cinco eventos, en los que han participado el 80% de los servidores públicos policiales en todos los grados, esta actividad va a concluir el mes de marzo con la participación del Comando Regional de Quillacollo, Comando Regional del Valle Alto, Comando Regional del Trópico y la Dirección Provincial de Sacaba, concluyendo con el 100% de la Guarnición.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué planes tiene a corto?</strong></p> <p> A corto plazo se pretende concluir con la socialización de la ley 101 el mes de abril; en el plan de trabajo para la gestión 2016, se busca como objetivo la aplicación de procedimientos normativos insertos en la ley 101, del régimen disciplinario de la Policía Boliviana, mediante la investigación idónea de faltas cometidas por servidores públicos policiales en el ejercicio de sus funciones, a cargo de fiscales policiales capacitados en los procedimientos normativos, garantizando un proceso disciplinario eficaz y eficiente, enmarcado en la justicia con transparencia y la premisa cero corrupción. La preparación de los señores. Fiscales Policiales sobre los temas de la Legalidad de la Prueba, el dibujo de Ejecución, garantías Constitucionales y el Debido proceso, coloquio en Derecho Administrativo, Oratoria, DD. HH., Relaciones Públicas, evaluaciones Psicológicas a servidores públicos de la Fiscalía Policial Departamental, y otras actividades, con la participación de connotados profesionales en su especialidad, labores que a fin de año permitirán la realización de la Rendición de Cuentas Públicas, de la labor de gestión.</p> <p> </p>
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<p> <strong><em>REGULA EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA BOLIVIANA ESTABLECIENDO LAS FALTAS Y SANCIONES, LAS AUTORIDADES COMPETENTES Y LOS RESPECTIVOS PROCEDIMIENTOS</em></strong><em> | DE ESTA MANERA, GARANTIZA UN PROCESO EFICIENTE, EFICAZ Y RESPETUOSO DE LOS DERECHOS HUMANOS.</em></p> <p> El Cnl. DESP. Faustino Alfonso Mendoza es cochabambino, egresó de la Academia Nacional de Policías con el grado de Subteniente el año 1986. A la fecha lleva 28 años de servicio ininterrumpido al servicio de la sociedad. El año 2001 estudió derecho y obtuvo la titulación de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Políticas, el 2013 obtuvo el título de Magister Scientiarum en Ciencias Policiales y Seguridad Pública por la Universidad Policial, Mcal. Antonio José de Sucre. Trabajó en diferentes áreas desempeñando cargos importantes como: comandante de la EPI COÑA COÑA, Comandante de Radio Patrulla 110, Director Departamental de Fiscalización y Recaudaciones, Director Regional de Tránsito de Quillacollo y actualmente es Fiscal Departamental Policial de Cochabamba.</p> <p> En esta entrevista, Mendoza habla sobre la ley que promueve, la 101 de régimen disciplinario de la Policía Boliviana, bajo la premisa de “Justicia con Transparencia, Cero Corrupción”.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cómo decide ingresar a la Policía Boliviana?</strong></p> <p> Muy joven, en colegio, me gustó la labor de la Policía, de servicio a la sociedad, la protección de los más necesitados y la labor que conlleva el acercamiento con la sociedad.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Cuéntenos su experiencia en la Policía Boliviana.</strong></p> <p> Mi experiencia en la Policía Boliviana se inicia el año 1983 cuando ingresé a la Academia Nacional de Policías donde me inculcaron conocimientos teóricos y prácticos de la labor policial enmarcada en principios éticos, morales, doctrinales, constitucionales, inherentes a la función policial. Egresé el año 1986 con el grado de Subteniente de Policía, es una organización con procesos de funcionamiento complejos y con peculiaridades organizativas que nos distinguen de otras instituciones de servicio público.</p> <p> A lo largo de mi carrera fui becado a Puerto Rico al curso de Capacitación en el juicio oral, observación del sistema acusatorio oral, grupo multidisciplinario de jueces, fiscales, defensores públicos y oficiales de Policía, la experiencia laboral me motivó a estudiar Derecho en la Universidad Mayor de San Simón, de donde salí licenciado en Ciencias Jurídicas y Políticas el año 2001. En la gestión 2013, obtuve el título de Magister Scientiarum en Ciencias Policiales y Seguridad Pública. Actualmente desempeño el cargo de Fiscal Policial Departamental de Cochabamba.</p> <p> En más de 29 años de vida institucional, enfatizo mí la labor operativa, preventiva y de auxilio, de acercamiento a la sociedad.</p> <p> A lo largo de la experiencia institucional de años de servicio ininterrumpido las 24 horas del día y los 365 días del año, no es menos cierto afirmar el refrán que dice: “soy aprendiz de mucho y maestro de nada”. En nuestra profesión nunca terminamos de aprender, después de haber vivido un abanico de experiencias policiales, observando, evaluando, decidiendo y actuando, mucha gente nos critica por nuestros desaciertos o algunos malos policías que vulneran disposiciones normativas internas o la comisión de delitos, pero creo que damos nuestro mejor esfuerzo en el desempeño de nuestro trabajo y sobre todo, muchas veces arriesgamos nuestra vida para defender la de otros, en el cumplimiento de nuestra misión constitucional.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuáles son las dificultades de su profesión en Bolivia?</strong></p> <p> La falta de legitimidad social, por hechos aislados que atentan contra la imagen institucional, protagonizados por algunos malos policías; la corrupción es como una piedra filosofal, todo lo que toca se corroe, estamos trabajando en estos aspectos, está en vigencia la ley 101 de régimen disciplinario de la Policía Boliviana. La imposición de sanciones ejemplarizadoras que sirvan para enmendar y reencaminar la conducta de malos servidores públicos policiales. La ética social es el fundamento de la ética policial y de una moderna deontología profesional, la función ética y lícita que realizamos se sustenta precisamente en el respeto de la dignidad y los derechos humanos, es el pilar ontológico y deontológico, base sobre la cual se construye una identidad social acorde con la dimensión de servicio público, tan propia de la función policial. En consecuencia, la ética policial busca transformarse en una ética utilitarista, ética de las virtudes.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuál es la finalidad y funciones de la Fiscalía Policial Departamental?</strong></p> <p> La Fiscalía Policial tiene por finalidad defender los intereses institucionales, su prestigio, imagen, principios y normas, en todo el territorio del Estado. Asimismo, promover la acción disciplinaria administrativa, dirigir las investigaciones velando por su legalidad, con independencia funcional, objetividad, celeridad y transparencia, respetando los derechos humanos y garantías constitucionales de los procesados.</p> <p> Se ejerce la dirección, orientación y supervisión general de la Fiscalía Policial Departamental, se ordena iniciar, dirigir y coordinar investigaciones en el departamento, exigiendo a los fiscales policiales la correcta, pronta y transparente investigación de los casos y sustanciación de los procesos evitando su retardación, la supervisión, orientación, exigiendo en todo momento la legalidad de las actividades que realizan los Fiscales Policiales. </p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué cualidades debe tener un buen policía?</strong></p> <p> Un buen policía debe ser honesto, pulcro, tolerante, cortez, digno, virtuoso, con liderazgo policial y trabajo en equipo.</p> <p> Deberá tener valores y virtudes que parten de su integridad personal fortalecida por todo un conjunto de cualidades éticas, morales y espirituales, de tal forma que su representación transmita la confianza suficiente para conseguir que las personas le propicien franca y espontáneamente manifestaciones de consideración, respeto y aceptación como persona y más aún en la actividad y su condición de servidor público, acorde al rol que le corresponda desempeñar.</p> <p> El Policía tiene bajo su responsabilidad el mandato constitucional de velar por el orden y la seguridad de sus semejantes, por lo tanto siendo una de las profesiones más dignas y nobles, está legal y moralmente obligado a ser sumamente eficiente en el cumplimiento de su deber; sin embargo, su trabajo sacrificado e incomprendido le provoca situaciones por demás difíciles, que solo podrán resolverse mediante un adecuado equilibrio entre lo profesional y los valores morales, éticos y espirituales que fortalecen su temperamento. En resumen, los valores personales y profesionales, son virtudes que se constituyen en los verdaderos conductores para salir adelante de cualquier circunstancia por complicada que sea.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Háblenos sobre la ley 101.</strong></p> <p> La ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana regula, en esencia, el Régimen disciplinario de la Policía Boliviana, estableciendo las faltas y sanciones, las autoridades competentes y los respectivos procedimientos, garantizando un proceso disciplinario eficiente, eficaz y respetuoso de los derechos humanos, en resguardo de la dignidad de las servidoras y los servidores públicos policiales. La imagen y los intereses institucionales en la función pública, se basa en la sujeción de principios como el honor, la ética, el deber de obediencia, la disciplina, la autoridad, la jerarquía policial, la cooperación, la lealtad, la solidaridad, la responsabilidad, el secreto profesional, su aplicación es a todas y todos los servidores públicos policiales del servicio activo, sin distinción de grados o jerarquía, y a las policías y los policías recién egresados de las Unidades Académicas de Pregrado de la Universidad Policial o sus similares en el exterior, que aún no hubieran sido incorporados al escalafón. Toda servidora y servidor público policial responderán de los resultados emergentes del desempeño de sus funciones, deberes y atribuciones que podrán ser administrativos, ejecutivos, civiles y penales, cualquier hecho o acciones que constituyen posibles delitos, son de jurisdicción y competencia de la justicia ordinaria, sin perjuicio de la acción disciplinaria cuando los hechos también constituyan falta disciplinaria.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Durante su gestión, ¿a cuántos policías se ha procesado?</strong></p> <p> Del 05.11.2014 al 30.06.2015 son 12 los casos con requerimiento de acusación; del 01.07.2015 al 31.12.2015, existen 40 casos con requerimiento acusatorio y del 01.01.2016 al 29.02.2016 son 6 las acusaciones a servidores públicos policiales en diferentes grados y faltas cometidas, las cuales se encuentran contempladas en la ley 101. En la presente gestión existe el decremento sustancial de casos con relación a gestiones pasadas.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuáles son las sanciones?</strong></p> <p> Estas podrán ser: Llamada de Atención Verbal, es la reprensión verbal del superior jerárquico hacia el subalterno por la comisión de una falta leve. Llamada de Atención Escrita, es la reprensión mediante memorando del superior jerárquico hacia el subalterno por la comisión de una falta leve. Arresto, es la permanencia obligada y sin salida del recinto policial de la servidora o servidor público policial por la comisión de una falta leve. Trabajo en fines de semana y feriados, es la prestación de trabajo en días de descanso por la comisión de una falta leve, en su lugar de trabajo. Retiro temporal con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes, es la suspensión temporal del ejercicio de la función pública policial, sin cómputo de antigüedad para fines de ascenso, sin goce de haberes, que se impone por la comisión de faltas graves señaladas en los Artículos 12 y 13 de la presente Ley. y retiro o baja definitiva de la institución sin derecho a reincorporación, es la desvinculación final del ejercicio de la función pública policial con pérdida de grado, que se impone por la comisión de las faltas graves señalado en el artículo 14 de la Ley 101.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué se está haciendo para promover la ley 101?</strong></p> <p> Gracias a la iniciativa del Cnl. DESP. Esteban Pereyra Sánchez, Fiscal General Policial, en la gestión 2015 se realiza el primer Seminario Taller Nacional de la Ley 101 con la participación de todos los operadores de justicia de la Policía Boliviana, Tribunales Disciplinarios Departamentales, Direcciones Departamentales de Investigación Interna (DIDIPI), y Fiscales Departamentales del Estado Plurinacional. El evento se realizó en el Departamento de Cochabamba los días 28, 29 y 30 de mayo, en ambientes del Centro de Adiestramiento de Canes Detectores de Droga, en la localidad de El Paso, en mérito a la Reestructuración de los Órganos Disciplinarios de la Policía Boliviana. En dicho seminario se realizó el análisis de la ley 101, se unificaron procedimientos y sobre todo se logró que el sistema disciplinario realice un trabajo de equipo, la representación de la Fiscalía de Cochabamba empuñó el eslogan “Justicia con transparencia”, bajo la premisa “Cero corrupción”.</p> <p> La antedicha actividad se viene replicando mediante el programa de Socialización “Ley 101 del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, al personal Policial de la Guarnición de Cochabamba”, se han realizado a la fecha cinco eventos, en los que han participado el 80% de los servidores públicos policiales en todos los grados, esta actividad va a concluir el mes de marzo con la participación del Comando Regional de Quillacollo, Comando Regional del Valle Alto, Comando Regional del Trópico y la Dirección Provincial de Sacaba, concluyendo con el 100% de la Guarnición.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué planes tiene a corto?</strong></p> <p> A corto plazo se pretende concluir con la socialización de la ley 101 el mes de abril; en el plan de trabajo para la gestión 2016, se busca como objetivo la aplicación de procedimientos normativos insertos en la ley 101, del régimen disciplinario de la Policía Boliviana, mediante la investigación idónea de faltas cometidas por servidores públicos policiales en el ejercicio de sus funciones, a cargo de fiscales policiales capacitados en los procedimientos normativos, garantizando un proceso disciplinario eficaz y eficiente, enmarcado en la justicia con transparencia y la premisa cero corrupción. La preparación de los señores. Fiscales Policiales sobre los temas de la Legalidad de la Prueba, el dibujo de Ejecución, garantías Constitucionales y el Debido proceso, coloquio en Derecho Administrativo, Oratoria, DD. HH., Relaciones Públicas, evaluaciones Psicológicas a servidores públicos de la Fiscalía Policial Departamental, y otras actividades, con la participación de connotados profesionales en su especialidad, labores que a fin de año permitirán la realización de la Rendición de Cuentas Públicas, de la labor de gestión.</p> <p> </p>
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<p> <strong><em>REGULA EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA BOLIVIANA ESTABLECIENDO LAS FALTAS Y SANCIONES, LAS AUTORIDADES COMPETENTES Y LOS RESPECTIVOS PROCEDIMIENTOS</em></strong><em> | DE ESTA MANERA, GARANTIZA UN PROCESO EFICIENTE, EFICAZ Y RESPETUOSO DE LOS DERECHOS HUMANOS.</em></p> <p> El Cnl. DESP. Faustino Alfonso Mendoza es cochabambino, egresó de la Academia Nacional de Policías con el grado de Subteniente el año 1986. A la fecha lleva 28 años de servicio ininterrumpido al servicio de la sociedad. El año 2001 estudió derecho y obtuvo la titulación de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Políticas, el 2013 obtuvo el título de Magister Scientiarum en Ciencias Policiales y Seguridad Pública por la Universidad Policial, Mcal. Antonio José de Sucre. Trabajó en diferentes áreas desempeñando cargos importantes como: comandante de la EPI COÑA COÑA, Comandante de Radio Patrulla 110, Director Departamental de Fiscalización y Recaudaciones, Director Regional de Tránsito de Quillacollo y actualmente es Fiscal Departamental Policial de Cochabamba.</p> <p> En esta entrevista, Mendoza habla sobre la ley que promueve, la 101 de régimen disciplinario de la Policía Boliviana, bajo la premisa de “Justicia con Transparencia, Cero Corrupción”.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cómo decide ingresar a la Policía Boliviana?</strong></p> <p> Muy joven, en colegio, me gustó la labor de la Policía, de servicio a la sociedad, la protección de los más necesitados y la labor que conlleva el acercamiento con la sociedad.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Cuéntenos su experiencia en la Policía Boliviana.</strong></p> <p> Mi experiencia en la Policía Boliviana se inicia el año 1983 cuando ingresé a la Academia Nacional de Policías donde me inculcaron conocimientos teóricos y prácticos de la labor policial enmarcada en principios éticos, morales, doctrinales, constitucionales, inherentes a la función policial. Egresé el año 1986 con el grado de Subteniente de Policía, es una organización con procesos de funcionamiento complejos y con peculiaridades organizativas que nos distinguen de otras instituciones de servicio público.</p> <p> A lo largo de mi carrera fui becado a Puerto Rico al curso de Capacitación en el juicio oral, observación del sistema acusatorio oral, grupo multidisciplinario de jueces, fiscales, defensores públicos y oficiales de Policía, la experiencia laboral me motivó a estudiar Derecho en la Universidad Mayor de San Simón, de donde salí licenciado en Ciencias Jurídicas y Políticas el año 2001. En la gestión 2013, obtuve el título de Magister Scientiarum en Ciencias Policiales y Seguridad Pública. Actualmente desempeño el cargo de Fiscal Policial Departamental de Cochabamba.</p> <p> En más de 29 años de vida institucional, enfatizo mí la labor operativa, preventiva y de auxilio, de acercamiento a la sociedad.</p> <p> A lo largo de la experiencia institucional de años de servicio ininterrumpido las 24 horas del día y los 365 días del año, no es menos cierto afirmar el refrán que dice: “soy aprendiz de mucho y maestro de nada”. En nuestra profesión nunca terminamos de aprender, después de haber vivido un abanico de experiencias policiales, observando, evaluando, decidiendo y actuando, mucha gente nos critica por nuestros desaciertos o algunos malos policías que vulneran disposiciones normativas internas o la comisión de delitos, pero creo que damos nuestro mejor esfuerzo en el desempeño de nuestro trabajo y sobre todo, muchas veces arriesgamos nuestra vida para defender la de otros, en el cumplimiento de nuestra misión constitucional.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuáles son las dificultades de su profesión en Bolivia?</strong></p> <p> La falta de legitimidad social, por hechos aislados que atentan contra la imagen institucional, protagonizados por algunos malos policías; la corrupción es como una piedra filosofal, todo lo que toca se corroe, estamos trabajando en estos aspectos, está en vigencia la ley 101 de régimen disciplinario de la Policía Boliviana. La imposición de sanciones ejemplarizadoras que sirvan para enmendar y reencaminar la conducta de malos servidores públicos policiales. La ética social es el fundamento de la ética policial y de una moderna deontología profesional, la función ética y lícita que realizamos se sustenta precisamente en el respeto de la dignidad y los derechos humanos, es el pilar ontológico y deontológico, base sobre la cual se construye una identidad social acorde con la dimensión de servicio público, tan propia de la función policial. En consecuencia, la ética policial busca transformarse en una ética utilitarista, ética de las virtudes.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuál es la finalidad y funciones de la Fiscalía Policial Departamental?</strong></p> <p> La Fiscalía Policial tiene por finalidad defender los intereses institucionales, su prestigio, imagen, principios y normas, en todo el territorio del Estado. Asimismo, promover la acción disciplinaria administrativa, dirigir las investigaciones velando por su legalidad, con independencia funcional, objetividad, celeridad y transparencia, respetando los derechos humanos y garantías constitucionales de los procesados.</p> <p> Se ejerce la dirección, orientación y supervisión general de la Fiscalía Policial Departamental, se ordena iniciar, dirigir y coordinar investigaciones en el departamento, exigiendo a los fiscales policiales la correcta, pronta y transparente investigación de los casos y sustanciación de los procesos evitando su retardación, la supervisión, orientación, exigiendo en todo momento la legalidad de las actividades que realizan los Fiscales Policiales. </p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué cualidades debe tener un buen policía?</strong></p> <p> Un buen policía debe ser honesto, pulcro, tolerante, cortez, digno, virtuoso, con liderazgo policial y trabajo en equipo.</p> <p> Deberá tener valores y virtudes que parten de su integridad personal fortalecida por todo un conjunto de cualidades éticas, morales y espirituales, de tal forma que su representación transmita la confianza suficiente para conseguir que las personas le propicien franca y espontáneamente manifestaciones de consideración, respeto y aceptación como persona y más aún en la actividad y su condición de servidor público, acorde al rol que le corresponda desempeñar.</p> <p> El Policía tiene bajo su responsabilidad el mandato constitucional de velar por el orden y la seguridad de sus semejantes, por lo tanto siendo una de las profesiones más dignas y nobles, está legal y moralmente obligado a ser sumamente eficiente en el cumplimiento de su deber; sin embargo, su trabajo sacrificado e incomprendido le provoca situaciones por demás difíciles, que solo podrán resolverse mediante un adecuado equilibrio entre lo profesional y los valores morales, éticos y espirituales que fortalecen su temperamento. En resumen, los valores personales y profesionales, son virtudes que se constituyen en los verdaderos conductores para salir adelante de cualquier circunstancia por complicada que sea.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Háblenos sobre la ley 101.</strong></p> <p> La ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana regula, en esencia, el Régimen disciplinario de la Policía Boliviana, estableciendo las faltas y sanciones, las autoridades competentes y los respectivos procedimientos, garantizando un proceso disciplinario eficiente, eficaz y respetuoso de los derechos humanos, en resguardo de la dignidad de las servidoras y los servidores públicos policiales. 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Toda servidora y servidor público policial responderán de los resultados emergentes del desempeño de sus funciones, deberes y atribuciones que podrán ser administrativos, ejecutivos, civiles y penales, cualquier hecho o acciones que constituyen posibles delitos, son de jurisdicción y competencia de la justicia ordinaria, sin perjuicio de la acción disciplinaria cuando los hechos también constituyan falta disciplinaria.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: Durante su gestión, ¿a cuántos policías se ha procesado?</strong></p> <p> Del 05.11.2014 al 30.06.2015 son 12 los casos con requerimiento de acusación; del 01.07.2015 al 31.12.2015, existen 40 casos con requerimiento acusatorio y del 01.01.2016 al 29.02.2016 son 6 las acusaciones a servidores públicos policiales en diferentes grados y faltas cometidas, las cuales se encuentran contempladas en la ley 101. En la presente gestión existe el decremento sustancial de casos con relación a gestiones pasadas.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Cuáles son las sanciones?</strong></p> <p> Estas podrán ser: Llamada de Atención Verbal, es la reprensión verbal del superior jerárquico hacia el subalterno por la comisión de una falta leve. Llamada de Atención Escrita, es la reprensión mediante memorando del superior jerárquico hacia el subalterno por la comisión de una falta leve. Arresto, es la permanencia obligada y sin salida del recinto policial de la servidora o servidor público policial por la comisión de una falta leve. Trabajo en fines de semana y feriados, es la prestación de trabajo en días de descanso por la comisión de una falta leve, en su lugar de trabajo. Retiro temporal con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes, es la suspensión temporal del ejercicio de la función pública policial, sin cómputo de antigüedad para fines de ascenso, sin goce de haberes, que se impone por la comisión de faltas graves señaladas en los Artículos 12 y 13 de la presente Ley. y retiro o baja definitiva de la institución sin derecho a reincorporación, es la desvinculación final del ejercicio de la función pública policial con pérdida de grado, que se impone por la comisión de las faltas graves señalado en el artículo 14 de la Ley 101.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué se está haciendo para promover la ley 101?</strong></p> <p> Gracias a la iniciativa del Cnl. DESP. Esteban Pereyra Sánchez, Fiscal General Policial, en la gestión 2015 se realiza el primer Seminario Taller Nacional de la Ley 101 con la participación de todos los operadores de justicia de la Policía Boliviana, Tribunales Disciplinarios Departamentales, Direcciones Departamentales de Investigación Interna (DIDIPI), y Fiscales Departamentales del Estado Plurinacional. El evento se realizó en el Departamento de Cochabamba los días 28, 29 y 30 de mayo, en ambientes del Centro de Adiestramiento de Canes Detectores de Droga, en la localidad de El Paso, en mérito a la Reestructuración de los Órganos Disciplinarios de la Policía Boliviana. En dicho seminario se realizó el análisis de la ley 101, se unificaron procedimientos y sobre todo se logró que el sistema disciplinario realice un trabajo de equipo, la representación de la Fiscalía de Cochabamba empuñó el eslogan “Justicia con transparencia”, bajo la premisa “Cero corrupción”.</p> <p> La antedicha actividad se viene replicando mediante el programa de Socialización “Ley 101 del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, al personal Policial de la Guarnición de Cochabamba”, se han realizado a la fecha cinco eventos, en los que han participado el 80% de los servidores públicos policiales en todos los grados, esta actividad va a concluir el mes de marzo con la participación del Comando Regional de Quillacollo, Comando Regional del Valle Alto, Comando Regional del Trópico y la Dirección Provincial de Sacaba, concluyendo con el 100% de la Guarnición.</p> <p> </p> <p> <strong>OH!: ¿Qué planes tiene a corto?</strong></p> <p> A corto plazo se pretende concluir con la socialización de la ley 101 el mes de abril; en el plan de trabajo para la gestión 2016, se busca como objetivo la aplicación de procedimientos normativos insertos en la ley 101, del régimen disciplinario de la Policía Boliviana, mediante la investigación idónea de faltas cometidas por servidores públicos policiales en el ejercicio de sus funciones, a cargo de fiscales policiales capacitados en los procedimientos normativos, garantizando un proceso disciplinario eficaz y eficiente, enmarcado en la justicia con transparencia y la premisa cero corrupción. La preparación de los señores. Fiscales Policiales sobre los temas de la Legalidad de la Prueba, el dibujo de Ejecución, garantías Constitucionales y el Debido proceso, coloquio en Derecho Administrativo, Oratoria, DD. HH., Relaciones Públicas, evaluaciones Psicológicas a servidores públicos de la Fiscalía Policial Departamental, y otras actividades, con la participación de connotados profesionales en su especialidad, labores que a fin de año permitirán la realización de la Rendición de Cuentas Públicas, de la labor de gestión.</p> <p> </p>
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