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<p>LA PAZ |</p><p>El presidente Evo Morales Ayma promulgó el miércoles el Decreto Supremo que reglamenta el uso de los símbolos patrios: La bandera tricolor, el escudo, el himno, las flores kantunta y patujú y la whipala.</p><p>El Decreto fue dado a conocer por el Ministro de Culturas, Pablo Groux, en el intermedio de la celebración del gabinete Ministerial realizado en el palacio de Gobierno dirigido por el Primer Mandatario.</p><p> Los símbolos patrios están incluídos en el artículo sexto de la Constitución Política del Estado y son la bandera tricolor, el himno, el escudo, la bandera wiphala, la flor de la kantuta y la flor del patujú.</p><p> "El Decreto sistematiza y norma el uso de esos símbolos en un marco de civismo y de respeto", dijo Groux.</p><p> La medida establece que, a partir de la fecha, la bandera tricolor deberá guardar una relación en cuadrados de 7.5 cuadrados de alto por once cuadrados de alto. Debe incluir en el anverso y reverso de la franja amarilla el escudo de armas del estado plurinacional de Bolivia.</p><p> Cuando la enseña patria sea utilizada por las Fuerzas Armadas debe incluir en su parte central el escudo de armas flanqueado de una rama de laurel y otra de olivo.</p><p> En lo que se refiere al himno nacional, el Decreto reglamenta la inclusión de las partituras de José Ignacio Sanjinés y Benedicto Vincentti.</p><p> Igualmente el himno nacional debe ser entonado con fervor en sus cuatro estrofas de manera obligatoria en los actos oficiales los días 6 y 7 de agosto, en los que se conmemoran los Días de la Patria y de las Fuerzas Armadas,; y el 18 de noviembre, Día del Himno Nacional.</p><p> Groux informó que el Decreto subraya que el Himno deberá ser entonado en otros actos cívicos, deportivos, de instituciones tutelares cuando menos en sus dos primeras partes.</p><p> Con relación al Escudo de Armas, la disposición legal enfatiza que la imagen de este símbolo patrio debe incluir las figuras del cóndor de los andes, la corona de laurel y olivo, los pabellones, los fusiles, el hacha, los cañones, el gorro de la libertad, el cerro rico de Potosí, el cerro menor, la capilla del Sagrado Corazón de Jesús, el sol y celaje, la llama, el haz d trigo, la palmera y las estrellas.</p><p> En lo que se refiere a la bandera chipara, el Decreto enfatiza que está compuesta por 49 cuadrados repartidos en siete filas y siete columnas con la diagonal central de color blanco de forman descendente de izquierda a derecha.</p><p> El Decreto también subraya que en los actos la bandera chipara debe ser colocada a la izquierda de la bandera tricolor en los actos oficiales.</p><p> Con relación a la escarapela, la cantuta y la flor de patujú también forman parte estructural de este decreto reglamentario de símbolos patrios.</p><p> El gabinete ha dispuesto que las carteras de Estado de Educación, Gobierno, Defensa, Relaciones Exteriores, Salud y Deportes, Autonomía y Culturas deben incluir en sus presupuestos de la gestión 2010 los recursos necesarios para entregar de manera gratuita a aquellas instituciones dependientes de su sector las banderas tricolor y chipara en actos cívicos que contarán con la participación de las autoridades de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.</p>
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