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<p class="rtejustify"> El Tribunal Supremo Electoral (TSE) tiene un Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde) que, según reza el artículo 6 de la Ley 026, ha sido concebido para impulsar “el conocimiento y ejercicio de los derechos y deberes políticos de las bolivianas y los bolivianos como base para la consolidación de una cultura democrática intercultural en todos los ámbitos de la sociedad y el Estado”.</p> <p class="rtejustify"> Como no me gustan los eufemismos, soy malo para la pomposidad en el lenguaje y todavía peor en el uso del retruécano, voy a poner ese artículo “en facilito”: el Sifde debe velar por el cumplimiento de deberes y derechos para una mejor democracia.</p> <p class="rtejustify"> Eso ya queda claro. Lo que está oscura es la intención que tiene el Sifde al haber calificado de faltas electorales a difusiones de algunos medios de comunicación social en el periodo de silencio electoral; es decir, cuando estaba prohibido difundir propaganda vinculada a las elecciones.</p> <p class="rtejustify"> De inicio, los medios supuestamente infractores eran cuatro (dos periódicos y dos portales digitales), pero luego se supo que había una lista de decenas de radioemisoras por más o menos los mismos motivos.</p> <p class="rtejustify"> Como tampoco me gusta hablar de lo que no conozco, me voy a referir específicamente a aquel del que tengo detalles, el de<em> Correo del Sur</em>, de Sucre.</p> <p class="rtejustify"> Ese periódico publicó, el domingo 17 de agosto, un artículo de Carlos Valverde titulado “Elecciones, voto con miedo y una absurda recomendación” que, en criterio del Sifde, vulnera la prohibición establecida por el artículo 122 de la Ley 026, en concordancia con el artículo 39 del Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral para las Elecciones Generales 2025.</p> <p class="rtejustify"> Para entender el asunto, hay que revisar el citado artículo 122 que dice que está prohibido “difundir cualquier contenido propagandístico, informativo o de opinión que pueda favorecer o perjudicar a una organización política o candidatura” desde 48 horas antes de la elección.</p> <p class="rtejustify"> Cabe hacer notar que, cuando se trataba esta ley, que es del Régimen Electoral, las organizaciones de periodistas advirtieron que era inconstitucional porque estaba prohibiendo opiniones y eso es una vulneración de dos derechos, a la libertad de expresión y a la libertad de opinión, garantizados por el parágrafo II del artículo 106 de la Constitución Política del Estado.</p> <p class="rtejustify"> Como el masismo “le metió nomás”, la Ley 026 fue sancionada y promulgada, pero todavía no existe una resolución respecto a la constitucionalidad de su artículo 122.</p> <p class="rtejustify"> Soy periodista y abogado, con título para ambas condiciones, y he revisado el artículo de Carlos al derecho y al revés, sin encontrar que se hayan vulnerado los derechos de ningún actor del actual proceso electoral, pero el informe del Sifde revela la verdadera razón de este intento de sanción: en su reporte de monitoreo dice, textualmente, que “en la página digital del medio de comunicación <em>Correo del Sur</em> se publicó un artículo de opinión en el cual se hace referencia al Movimiento Al Socialismo (MAS) y Alianza Popular”.</p> <p class="rtejustify"> Es decir, para ponerlo “en facilito”, el Sifde está saliendo en defensa de los excandidatos oficialistas Eduardo del Castillo y Andrónico Rodríguez, por razones fácilmente deducibles, y, al hacerlo, está cometiendo una estupidez porque, en lugar de defender derechos, están atropellando dos que tienen rango constitucional: libertad de expresión y libertad de opinión.</p> <p class="rtejustify"> Será todavía más estúpido insistir con el castigo porque, como ya manifestaron otros abogados, hay varios argumentos de censura e inconstitucionalidad y, si esto sigue adelante, y se agotan todas las vías previas, lo siguiente será acudir al Tribunal Constitucional.</p> <p class="rtejustify"> La multa no será pagada y, por culpa del Sifde, el TSE resultará muy mal parado.</p> <p class="rtejustify"> </p> <p class="rtejustify"> <strong><em>El autor es Premio Nacional en Historia del Periodismo</em></strong></p>
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