Comerciantes minoristas podrán pagar impuestos en bancos con CI o NIT
Con el objetivo de modernizar y simplificar el pago de obligaciones tributarias para los comerciantes minoristas, vivanderos y artesanos, inscritos en el Régimen Tributario Simplificado (RTS), el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) aprobó la Resolución 10-0017-16 que facilita el pago de sus impuestos directamente en entidades financieras, sin necesidad de presentar físicamente el formulario 4500.
Una nota de prensa institucional difundida ayer señala que para acceder al beneficio los contribuyentes del Régimen Tributario Simplificado (RTS) deberán dar al cajero el número de Carnet de Identidad (CI) o el Número de Identificación Tributaria (NIT) para que se genere el comprobante de pago.
El SIN añade que el contribuyente podrá pagar su cuota en cualquier entidad bancaria autorizada del país y no requerirá el llenado del formulario, además, tendrá la facilidad de pagar en los plazos establecidos, al contar con un servicio directo de pago.
La modalidad simplificada para el pago de impuestos de los contribuyentes del RTS fue destacada por el presidente del SIN, Mario Cazón, quien señaló que el contribuyente requiere una atención adecuada “con calidad y calidez”.
El pago podrá seguir haciéndose en bancos autorizados a través de boletas de pago físicas.
Nuevos formularios
El SIN también informó ayer que, desde el 1 de julio próximo, pondrá en vigencia los formularios resumidos y simples para declarar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Transacciones (IT), destinados a los contribuyentes del Régimen General clasificados como Resto.
Resto son aquellas personas naturales, empresas unipersonales, personas jurídicas, oficios libres, profesionales, alquileres y comerciantes, entre otros. Se exceptúan de la modalidad resumida exportadores, con tasa cero, con actividades no gravadas por el IVA e IT y otros que requieran el llenado de otras casillas.
Los nuevos formularios resumidos 200 (IVA) y 400 (IT) permitirán ahorrar tiempo en su llenado y están destinados sólo a contribuyentes que realizan operaciones simples de compra y venta, según la Resolución 10-0018-16 aprobada por el SIN.
CERTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
Para facilitar la obtención del “Certificado de no tenencia de Número de Identificación Tributaria (NIT)”, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) habilitó la solicitud en línea a través de la Oficina Virtual.
Basta con ingresar al portal web www.impuestos.gob.bo a través de la Oficina Virtual, buscar la opción “Certificación No Tenencia de NIT, ingresar los datos personales y eligir la opción “Consultar”.
El sistema generará automáticamente la certificación electrónica para su impresión, informó ayer el SIN.