Cusi recusará a los senadores bocones
La Paz |
El magistrado suspendido del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Gualberto Cusi, anunció ayer que recusará a los senadores que no pudieron evitar “abrir su bocota” y emitieron criterios anticipados sobre su responsabilidad en el caso de la Ley del Notariado.
“Han emitido un criterio, opinión anticipada. Nos han prejuzgado. Ellos (los senadores) han pensado que son políticos y pueden hablar, abrir su bocota como quieran, pero cuando uno es juez tiene que aguantarse de hablar”, afirmó el Magistrado. Añadió que está analizando presentar una decena de recusaciones, sin embargo, esa cifra dependerá de la disponibilidad que tenga de recursos económicos puesto que el pedido cuesta Bs 1.400.
El 4 de diciembre, Cusi y sus colegas Soraida Chanez y Ligia Velásquez se presentarán ante el tribunal compuesto por senadores. Los magistrados suspendidos están acusados de incumplimiento de deberes, resoluciones contrarias a la Constitución y prevaricato por suspender la aplicación de la Ley del Notariado con la admisión de un recurso de inconstitucionalidad en su contra.
El martes el Vicepresidente anunció que se reformará la Ley 044 con el objetivo de que el Senado no pueda emitir una sentencia condenatoria contra magistrados y que esta potestad pase al Órgano Judicial.
Al respecto, Cusi indicó que el oficialismo se dio cuenta de que esa norma estaba fuera del marco de la Constitución, los tratados y la jurisprudencia.
“Si seguían iba a implicar una responsabilidad del Estado boliviano, iban a tener que reparar daños y perjuicios, en otras palabras escupir ‘platita’. Entonces, como no quieren gastar un solo centavo, como cobardes se están escapando”, declaró.
En tanto, el presidente de la Cámara de Diputados, Marcelo Elío, informó ayer que en materia penal las leyes pueden tener aplicación retroactiva, razón por la que consideró viable la modificación de la Ley 044, de Juicio de Responsabilidades a Altas Autoridades del Estado.
“Las leyes son siempre hacia adelante, sin embargo, siempre que beneficien al imputado o al procesado o a los procesados se pueden aplicar”, argumentó.