Transición: Se vienen grandes cambios
La toma de mando del presidente electo de Bolivia, Rodrigo Paz Pereira, el próximo 8 de noviembre, reúne una serie de particularidades que llaman la atención porque ya eran inusuales en el país desde hace al menos 20 años.
Por ejemplo, la presencia de la figura de la Primera Dama. El pasado jueves la esposa e hija de Rodrigo Paz visitaron los ambientes de la Asamblea Legislativa para observar la disponibilidad de espacios.
Otra es la conformación de comisiones de transición de Gobierno que no se veían en los últimos cambios de mando presidencial.
El pasado 22 de octubre el Tribunal Supremo Electoral (TSE) publicó los resultados finales (ver infografía) de la segunda vuelta electoral realizada el 19 de este mes y decretó oficialmente que Rodrigo Paz es el presidente electo de Bolivia y Edmand Lara, el vicepresidente.
Días después se conformó un despacho del presidente electo que usa como logotipo el escudo de Bolivia,cuando en los papeles membretados del Gobierno se usó por muchos años la cruz de la chacana, detalle que muestra los cambios que emprenderá el nuevo Gobierno en cuanto al uso de símbolos.
Legislación
Si bien el proceso de transición de un periodo presidencial a otro no está regulado por una ley específica que abarque todos los aspectos de manera detallada, existen varias normas y decretos que abordan y regulan la transmisión de mando presidencial y los actos protocolares de la transición entre gobiernos.
El Decreto Supremo N.º 28444, del 17 de noviembre de 2005, crea un “Comité de Transición” responsable de organizar, coordinar y ejecutar los actos protocolares de la transmisión de mando presidencial.
Este comité ya viene trabajando desde hace varios días y está conformado por una delegación del Partido Demócrata Cristiano (PDC) y funcionarios de varios ministerios.
Otra normativa emitida recientemente por el Gobierno es el Decreto Supremo N 5475 (octubre de 2025) que establece los lineamientos para la “transición de gobierno y la transmisión de mando presidencial de manera ordenada y transparente.
Ese decreto incluye disposiciones como la entrega de documentación institucional, coordinación entre ministerios, cronograma de visitas a ministerios para la transición, los actos protocolares de posesión, y autorización para la contratación directa de bienes y servicios específicos para estos actos.


























