El reparto de escaños considera equidad, población y grado de desarrollo humano

País
Publicado el 01/04/2024 a las 2h44
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Una vez que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) reciba los datos oficiales del Censo Nacional de Población y Vivienda 2024, procederá con la elaboración de una ley modificatoria de la distribución de escaños bajo los criterios de ‘población, equidad y el Índice de Desarrollo Humano (IDH)’. Analistas consideran que es casi un hecho, que se producirá un cambio en el número de espacios parlamentarios o representación política de los departamentos en la Cámara de

Diputados

En días pasados, el vicepresidente del TSE, Francisco Vargas, señaló que la entidad electoral requiere la información hasta septiembre para proceder con la nueva redistribución parlamentaria.

“Hasta septiembre el INE debe hacer entrega de la información general de población para llevar adelante la primera fase que tiene que ver con la distribución de escaños parlamentarios”, sostuvo.

En noviembre de 2022, el presidente del TSE, Oscar Hassenteufel Salazar, ya adelantaba la necesidad de contar con los datos de la población hasta septiembre de 2024.

“Con esta información oficial del Censo, idealmente en el mes de septiembre del año 2024, se podrá efectuar un trabajo oportuno, con calidad, transparencia y técnicamente solvente”, aseguraba.

El Censo de 2012, estableció que el 71 por ciento de la población del país se concentraba en el eje central, es decir, La Paz, Cochabamba y Santa Cruz.

La información de esta consulta ciudadana, ya determinó la distribución de los escaños, a través de la Ley 421, oportunidad en que Santa Cruz logró mayor representación política.

Constitucionalistas refieren que, si bien la distribución de las diputaciones entre los nueve departamentos se realiza, en principio, por población, la Constitución también establece que ‘por equidad la ley asignará un número mínimo de escaños a los departamentos con menor población y menor grado de desarrollo económico’.

Esto significa que los seis departamentos con menor población, parten con una base de cuatro diputados cada uno y Potosí obtiene uno más, al ser el departamento con menor Índice de Desarrollo Humano (IDH).

Entonces, es sobre la base de los 105 restantes que se aplica el criterio de distribución por población.

Normativa

En ese contexto, la Ley 421 que modifica e incorpora aspectos a la Ley 026 de junio de 2010, para establecer el procedimiento de distribución de los 130 escaños entre los nueve departamentos.

- Asignación mínima de escaños a los departamentos con menor población.

Es este aspecto se identifica una línea base para identificar a los departamentos que tienen menor población y aquellos con mayor número de habitantes. Se obtiene la media poblacional y la razón electoral.

“Se vincula el número de escaños totales a distribuir (130) con la razón electoral, operación que permite calcular la cantidad de escaños que se debe asignar a los departamentos con menor población”, refiere la actual norma.

- Asignación mínima de escaños a los departamentos con menor grado de desarrollo económico.

Para este aspecto, se identifica los números índices y se los relaciona con los datos que se tiene: el Índice de Desarrollo Humano (IDH) de Bolivia como índice sub-cero y el Índice de Desarrollo Humano (IDH) del Departamento con menor Índice de Desarrollo Humano como índice sub-uno.

- Asignación de escaños por el principio de proporcionalidad.

En este principio se considera el número de habitantes que tiene cada departamento.

“Esta modalidad de distribución genera el fenómeno de la sobre y la subrepresentación. Eso provoca, por ejemplo, que en Pando el valor de un voto emitido por un ciudadano, sea mayor en La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, pero es lo que se ha establecido”, cuestionó en su momento el constitucionalista José Antonio Rivera.

Circunscripciones

Por otra parte, la politóloga Patricia Velasco Burgos señala que los resultados del censo “también generan la revisión de las circunscripciones electorales”, lo que significa que eventualmente deben modificarse con la reasignación de escaños.

Explicó que de acuerdo a la información del INE también permite al TSE y su equipo técnico la ‘delimitación de las circunscripciones’.

Actualmente, están ‘circunscripciones uninominales para diputadas y diputados uninominales, definidas por Ley’.

Además, están las ‘circunscripciones especiales para diputadas y diputados indígena originario campesinos’.

Según Velasco, la ley señala que las ‘circunscripciones uninominales, son las que se organizan sobre la base de la unión de varias provincias o municipios que tengan continuidad geográfica y armonía territorial, como señala la ley’.

“Este criterio también se aplica para los barrios o diferentes zonas en las ciudades capitales. Y para delimitarlas, se establece una media poblacional departamental”.

Diferencias

Es importante referir que la Cámara de Senadores tiene 36 integrantes, cuatro por departamento. Aquí se aplica el principio de igualdad territorial.

En tanto, en la Cámara de Diputados, lo que se aplica es un principio de equidad poblacional.

Sin embargo, todo este proceso de distribución de escaños debe ser incorporada en una normativa en reemplazo de la Ley 421.

 

130

La Paz cuenta con 29 curules, Santa Cruz, 28; Cochabamba, 19.

Potosí con 13, Chuquisaca, 10; Oruro con 9, Tarija igual con 9, Beni con 8 y Pando con 5.

 

Circunscripciones y composición

La distribución de escaños también contempla el proceso con la delimitación de circunscripciones uninominales.

Para este efecto se requiere de información oficial sobre la cantidad de habitantes por municipio y manzano en ciudades capitales e intermedias, y de la cantidad de habitantes de pueblos indígenas por localidad y municipio y la cartografía a nivel nacional.

 

En 2012, Santa Cruz gano escaños

El Censo de 2012, ya fue favorable para el departamento de Santa Cruz que logró aumentar su representación política en la Cámara de Diputados.

La encuesta nacional, estableció que la región cruceña incrmentó su población, aspecto que determinó sus escaños paralmentarios suban de 25 a 28, consituyéndose en el segundo departamento con mayor representación política.

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