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<p class="rtejustify"> Conforme el artículo 4, parágrafo I, de la Resolución Ministerial 0001/2024 “Normas Generales para la Gestión Educativa”, el segundo trimestre en el subsistema de educación regular se inició oficialmente el 13 de mayo y deberá culminar el 21 de agosto del año en curso. </p> <p class="rtejustify"> En ese marco, el segundo trimestre en unidades educativas fiscales, privadas y de convenio del nivel inicial, primaria y secundaria deberá abarcar 67 días hábiles de desarrollo y evaluación de contenidos curriculares de acuerdo al año de escolaridad (curso), sin tomar en cuenta el descanso pedagógico (vacaciones invernales) programado del 1 al 12 de julio de los corrientes.</p> <p class="rtejustify"> Empero, como ya es costumbre, todo hace vaticinar que el descanso pedagógico se ampliará una semana en todo el país y probablemente dos en contextos educativos del altiplano boliviano; vale decir, en los departamentos de La Paz, Oruro y Potosí, lo que obviamente repercutirá en la reprogramación del “calendario escolar de la gestión educativa 2024”.</p> <p class="rtejustify"> Ante tales precedentes, para que se cumplan de mejor manera los objetivos holísticos programados en el segundo y tercer trimestre, es imperante el desarrollo de la evaluación comunitaria en las unidades educativas bajo los principios de la tolerancia, empatía, corresponsabilidad y principalmente respecto entre todos los actores educativos.</p> <p class="rtejustify"> Al respecto, en sujeción al artículo 28 del reglamento de evaluación de desarrollo curricular del subsistema de educación regular, aprobado mediante Resolución Ministerial 0190/2024 el 12 de marzo de la presente gestión, la evaluación comunitaria se debe efectuar necesariamente de manera trimestral, una vez concluido el desarrollo y evaluación curricular de un determinado trimestre.</p> <p class="rtejustify"> En tal razón, la evaluación comunitaria en el nivel inicial y primario se materializará a convocatoria expresa de la o el maestro del año de escolaridad, con la participación de la o el director, maestros, madres y padres de familia, tutores, estudiantes y la comisión técnico pedagógica.<br> </p>
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<p class="rtejustify"> Conforme el artículo 4, parágrafo I, de la Resolución Ministerial 0001/2024 “Normas Generales para la Gestión Educativa”, el segundo trimestre en el subsistema de educación regular se inició oficialmente el 13 de mayo y deberá culminar el 21 de agosto del año en curso. </p> <p class="rtejustify"> En ese marco, el segundo trimestre en unidades educativas fiscales, privadas y de convenio del nivel inicial, primaria y secundaria deberá abarcar 67 días hábiles de desarrollo y evaluación de contenidos curriculares de acuerdo al año de escolaridad (curso), sin tomar en cuenta el descanso pedagógico (vacaciones invernales) programado del 1 al 12 de julio de los corrientes.</p> <p class="rtejustify"> Empero, como ya es costumbre, todo hace vaticinar que el descanso pedagógico se ampliará una semana en todo el país y probablemente dos en contextos educativos del altiplano boliviano; vale decir, en los departamentos de La Paz, Oruro y Potosí, lo que obviamente repercutirá en la reprogramación del “calendario escolar de la gestión educativa 2024”.</p> <p class="rtejustify"> Ante tales precedentes, para que se cumplan de mejor manera los objetivos holísticos programados en el segundo y tercer trimestre, es imperante el desarrollo de la evaluación comunitaria en las unidades educativas bajo los principios de la tolerancia, empatía, corresponsabilidad y principalmente respecto entre todos los actores educativos.</p> <p class="rtejustify"> Al respecto, en sujeción al artículo 28 del reglamento de evaluación de desarrollo curricular del subsistema de educación regular, aprobado mediante Resolución Ministerial 0190/2024 el 12 de marzo de la presente gestión, la evaluación comunitaria se debe efectuar necesariamente de manera trimestral, una vez concluido el desarrollo y evaluación curricular de un determinado trimestre.</p> <p class="rtejustify"> En tal razón, la evaluación comunitaria en el nivel inicial y primario se materializará a convocatoria expresa de la o el maestro del año de escolaridad, con la participación de la o el director, maestros, madres y padres de familia, tutores, estudiantes y la comisión técnico pedagógica.<br /><br /> </p>
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