MAS quiere a Morales que se quede hasta 2018
Sucre | Grupo Líder
La tesis de la "segunda república" resurgió ayer, en la Asamblea Constituyente. Para los representantes del Movimiento Al Socialismo (MAS), la aprobación de la nueva Constitución Política del Estado refundará el país y derivará en la reelección de toda autoridad existente y las que cree la Asamblea. Así lo aseguraron los voceros del oficialismo en una conferencia de prensa ofrecida ayer.
Lo que no se dijo de manera manifiesta es que la próxima elección presidencial nombrará al primer mandato de la nueva república de Bolivia, por lo que Evo Morales tendrá la posibilidad de presentarse para dos periodos presidenciales más, ya que en los planes del MAS y de otras tiendas políticas está constitucionalizar la reelección consecutiva, es decir, sin esperar un periodo. Esta situación, informada por fuentes masistas, fue confirmada en la noche por el vocero Marco Carrillo.
Con ello y de respetarse el actual periodo constitucional de cinco años, el actual Presidente de la República podría estar en la primera magistratura hasta 2018.
"Como partido creemos que el único que puede llevar adelante la aplicación de la nueva Constitución es el presidente Evo Morales. Por eso trataremos de viabilizar que se presente a las elecciones de 2008", dijo Marco Carrillo, uno de los voceros oficialistas.
También justificaron la convocatoria a elecciones. Otro portavoz, René Navarro, explicó que todas las autoridades deberán adecuarse a la nueva Constitución y a los cambios que ésta provocará.
Esto causó el rechazo inmediato de la oposición. Gamal Serham (Podemos) aseguró que esto confirma que la Constituyente para Evo Morales es sólo la réplica del modelo chavista en Bolivia, utilizando el cónclave para cambiar la Constitución Política del Estado con el único fin de perpetuarse en el poder.
El subjefe de la agrupación ciudadana, Edwin Velásquez, es del mismo criterio: el MAS pretende perpetuarse en el Palacio Quemado "a la cabeza de su caudillo, cerrando toda posibilidad a sus propios compañeros de partido. Eso significa una actitud dictatorial, antidemocrática, prorroguista y que en vez de gobernar ha ingresado a un proceso preelectoral descuidando la administración del país".
En la propuesta de Constitución de Podemos se plantea mantener el actual sistema de reelección de presidente y vicepresidente. Es decir, los mandatarios deberían esperar un nuevo periodo constitucional para postularse.
En la propuesta del Movimiento Nacionalista Revolucionario, esta posibilidad no está contemplada. Guillermo Richter recuerda que fue la ambición de una reelección la que cortó el proceso de la revolución nacional, cuando René Barrientos dio el golpe de Estado a Víctor Paz Estenssoro.
Por su parte, Ricardo Cuevas, de Camino Al Cambio, explicó que en su propuesta sí se contempla la reelección, pero enfatiza en que el Presidente debería renunciar seis meses antes de los comicios para no aprovecharse de los bienes estatales en su campaña.
Impugnan artículo 70
Cinco asambleístas de oposición y representantes del departamento de Santa Cruz demandaron ante el Tribunal Constitucional, la inconstitucionalidad del artículo 70 del reglamento general de la Asamblea Constituyente, que fue modificado el 14 de febrero pasado tras 190 días de discusiones.
Los asambleístas Javier Limpias Chavez (Podemos), Hormando Vaca Díez (Alianza Andrés Ibáñez), Mariano Aguilera Tarradelles (Autonomía para Bolivia) y Freddy Soruco Melgar (A3-MNR) fueron los que firmaron el "Recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad" el pasado 6 de marzo. En dicho documento se pide que sea respetado el principio de la Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente, que establece los dos tercios de voto para la aprobación del texto Constitucional y no hace diferenciación de las fases de aprobación (grande, detalle y revisión).
Después de varios meses de disputa, la plenaria de la Asamblea logró un acuerdo en febrero pasado que estableció que los artículos de la nueva Constitución serán aprobados bajo un sistema mixto. También se objeta el artículo d) del mencionado artículo. En él se establece que si los artículos no alcanzan los dos tercios de votos se deberá recurrir a una consulta ciudadana. Ésta posibilidad no está contemplada en la Ley de Convocatoria.